Documentos para SISTEMA GENERAL DE REGALIAS :: Distribución de los recursos
Año   Documento   Restrictor  
2013   Sentencia C-106 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

La reforma en la distribución de las regalías implica un quebrantamiento de la Constitución y esa rotura sustituye dos de los ejes definitorios de la Constitución de 1991 (descentralización y autonomía de las entidades territoriales) que tienen que ver con la estructura institucional acogida por el Constituyente y con los derechos, principios y valores que, siendo en sí misma valiosa, adquiere la plenitud de su sentido cuando los sirve de manera efectiva. El desequilibrio y concentración de poderes en el centro, son elementos totalmente opuestos o contrarios a los originalmente plasmados en la Constitución. Ello quiere decir que la Constitución de 1991 no es reconocible en la reforma en la distribución de las regalías, ya que se están reemplazando la forma política plasmada en la Carta de 1991.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 Nivel Nacional  

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y la Ley 1530 de 2012, los recursos del Sistema General de Regalías sólo se podrán destinar al financiamiento de las funciones y los órganos encargados de la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo; el funcionamiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación; el funcionamiento del Sistema General de Regalías; a la distribución entre los fondos y beneficiarios previamente definidos por la Constitución y la ley; y a las asignaciones para las entidades receptoras de asignaciones directas. (Artículo 2.2.4.1.1.1.1)
 

 
2017   Acto Legislativo 04 de 2017 Congreso de la República de Colombia  

El 50% de los recursos objeto del traslado será destinado a la Asignación para la Paz, para ser definidos por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión de que trata el parágrafo 7° transitorio del presente artículo y el 50% restante al Fondo de Desarrollo Regional, parágrafo 9 transitorio, Los proyectos de inversión a financiarse con los recursos del Sistema General de Regalías y deberán guardar concordancia con el régimen de planeación vigente, parágrafo 9 transitorio, las entidades beneficiarias cuya apropiación bienal de inversión sea menor a 4.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes y que tengan un adecuado desempeño en la gestión de estos recursos, definirán directamente los proyectos de inversión cuando estos tengan como objeto la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
 

 
2017   Acuerdo 045 de 2017 Departamento Nacional de Planeación - Comisión Rectora del Sistema General de Regalías  

Los gastos de funcionamiento del SGR dispondrán de tres componentes: el primero de ellos correspondiente a las asignaciones para los órganos que conforman el Sistema; el segundo relativo a los gastos asignados a las estrategias de capacitación y fortalecimiento de la planeación y el tercero para los gastos requeridos para el sistema de información del SGR. Los órganos que conforman el SGR presentarán a través de la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora, la estimación de los recursos que requieren para el ejercicio de las funciones asignadas. Se excluyen del presente Acuerdo los gastos asociados a las labores de fiscalización previstas en el inciso 5° del artículo 361 de la Constitución Política, y aquellos destinados al monitoreo, seguimiento, control y evaluación del SGR.
 

 
2018   Acuerdo 051 de 2018 Departamento Nacional de Planeación - Comisión Rectora del Sistema General de Regalías  

Establece lineamientos para el uso de los recursos asignados mediante Resolución 2108 de 2018.
 

 
2018   Decreto 413 de 2018 Nivel Nacional  

Define las reglas de priorización de las entidades territoriales beneficiarias de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías (SGR) y dicta disposiciones relacionadas con la aprobación de proyectos de inversión en el Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz (OCAD Paz).
 

 
2018   Decreto 744 de 2018 Nivel Nacional  

Adiciona al Decreto Único Reglamentario del Sector Planeación Nacional, unicamente las entidades territoriales, que hayan reconocido deudas por contratos de aseguramiento suscritos hasta marzo 31 de 2011 con las Entidades Promotoras de Salud (EPS), que administran o administraban el régimen subsidiado, las cuales podrán utilizar los recursos del Sistema General de Regalías.
 

 
2018   Decreto 1058 de 2018 Nivel Nacional  

Corrige un yerro en el Decreto 744 de 2018 respecto del pago de las deudas reconocidas para la capitalización y saneamiento de las entidades promotoras de servicios de salud en las cuales tengan participación las entidades territoriales con los recursos del SGR (antes refería a "entidades prestadoras de servicios de salud")
 

 
2018   Ley 1923 de 2018 Congreso de la República de Colombia  

Regula lo previsto en el parágrafo 5° del artículo 361 de la Constitución Política, en lo relacionado con los programas y proyectos de inversión que se financiarán con recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías, los cuales serán definidos por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de Ciencia, Tecnología e Innovación, a través de convocatorias públicas, abiertas y competitivas. Solo podrán presentar y ejecutar programas o proyectos de inversión a los que se refiere la presente ley, las entidades que hagan parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 1286 de 2009 o la que la modifique o sustituya.
 

 
2019   Acto Legislativo 05 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Modifica el artículo 361 de la Constitución Política y dicta otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones
 

 
2019   Decreto 1425 de 2019 Nivel Nacional  

Los proyectos de inversión debidamente estructurados y formulados que se pretendan financiar o cofinanciar con recursos del Sistema General de Regalías y respecto de los cuales el Representante Legal de la entidad territorial haya manifestado expresamente su deseo de inclusión dentro del Plan Departamental para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento (PDA), seguirán las reglas generales para los proyectos de inversión contempladas en la Ley 1530 de 2012, sus reglamentos y las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
 

 
2019   Decreto 1426 de 2019 Nivel Nacional  

Serán susceptibles de financiación con los recursos de la asignación para la Paz y del 70% de los ingresos que por rendimientos financieros que se generen en la cuenta única del Sistema General de Regalías, los proyectos de inversión viabilizados por el OCAD Paz y aquellos que contemplen las iniciativas relacionadas en la Hoja de Ruta que para tal fin establezca el Departamento Nacional de Planeación.
 

 
2019   Decreto 1824 de 2019 Nivel Nacional  

Determina el uso de los recursos del Sistema General de Regalías para atender deudas por contratos del Régimen Subsidiado con las Entidades Promotoras de Salud y establece la destinación de los recursos para la financiación de proyectos de inversión que tengan por objeto la capitalización y saneamiento de las EPS en las que tengan participación las entidades territoriales.
 

 
2019   Ley 1955 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 - "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad". Autoriza a las asambleas departamentales y a los concejos distritales y municipales para emitir una estampilla, la cual se llamará Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor, como recurso de obligatorio recaudo para concurrir con las entidades territoriales en la construcción, instalación, mantenimiento, adecuación, dotación y funcionamiento de Centros de Bienestar, Centros de Protección Social, Centros Vida y otras modalidades de atención y desarrollo de programas y servicios sociales dirigidos a las personas adultas mayores, en sus respectivas jurisdicciones. El producto de dichos recursos se destinará en un 70% para la financiación de los Centros Vida y el 30% restante, al financiamiento de los Centros de Bienestar o Centros de Protección Social del adulto mayor, sin perjuicio de los recursos adicionales que puedan gestionarse a través de otras fuentes como el Sistema General de Regalías, el Sistema General de Participaciones, el sector privado y la cooperación internacional, principalmente. (artículo 217).
 

 
2020   Resolución 1527 de 2020 Secretaría Distrital de Planeación  

Define los criterios de priorización de proyectos a ser financiados con recursos de asignaciones directas del Sistema General de Regalías asignados a Bogotá D.C.
 

 
2023   Decreto 618 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Prioriza y aprueba y designa el ejecutor del proyecto de inversión Fortalecimiento de las capacidades científicas de infraestructura, tecnológicas e institucionales para la consolidación del Jardín Botánico de Bogotá como centro de investigación de referencia de la Región y Bogotá. con código BPIN 2023000050005, con cargo a los recursos de la Asignación de Inversión Regional- Departamentos, asignado a Bogotá D.C., mediante el Decreto Nacional 363 del 16 de marzo de 2023.
 

 
2023   Decreto 1050 de 2023 Nivel Nacional  

Precisa y armoniza los aspectos procedimentales del manejo presupuestal de los recursos del Sistema General de Regalías - SGR en el caso que la entidad designada ejecutora corresponda a un departamento y tenga como fin el uso de dichos recursos para proyectos de inversión relacionados con los programas de alimentación escolar (PAE) y de transporte escolar de que trata el parágrafo del artículo 28 de la Ley 2056 de 2020.
 

 

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