Documentos para IMPUESTO PARA LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS :: Normas Aplicables
Año   Documento   Restrictor  
1994   Ley 174 de 1994 Congreso de la República de Colombia  

Establece que el impuesto neto de renta es el resultado de aplicar las tarifas respectivas a la Renta o Utilidad líquida gravable y restar los descuentos tributarios, así mismo modifica y adiciona el Estatuto Tributario frente al disposiciones frente al referido impuesto.
 

 
2011   Decreto 2521 de 2011 Nivel Nacional  

Adiciona el artículo 1° del Decreto 260 de 2001, ya que es necesario reducir la tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta sobre pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes obligados a presentar declaración del impuesto sobre renta y complementarios, por concepto de servicio de licenciamiento o uso de software.Adiciona el artículo 1° del Decreto 260 de 2001, ya que es necesario reducir la tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta sobre pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes obligados a presentar declaración del impuesto sobre renta y complementarios, por concepto de servicio de licenciamiento o uso de software.
 

 
2016   Ley 1819 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

El impuesto sobre la renta y complementarios de las personas naturales residentes en el país, se calculará y ajustará de conformidad con las reglas dispuestas en el presente decreto. La depuración de las rentas correspondientes a cada una de las cédulas se efectuará de manera independiente, siguiendo las reglas establecidas en el artículo 26 de este Estatuto aplicables a cada caso. El resultado constituirá la renta líquida cedular. En el mismo sentido se regula lo relacionado con las rentas: de trabajo, de pensiones , de capital , no laborales , dividendos y participaciones , las tarifas que regulan el mismo entre otros temas relacionados con este impuesto.
 

 
2018   Concepto Unificador 912 de 2018 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

Concepto general unificado que recoge la doctrina proferida por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN hasta la fecha, y revoca todos los conceptos y oficios expedidos relacionados con los impuestos de renta y complementarios, aplicable a personas naturales y sucesiones líquidas residentes y no residentes, en especial los siguientes: El oficio 000358 del 15 de marzo de 2018, 100208221-10628 del 23 de mayo de 2018.
 

 
2019   Decreto 1808 de 2019 Nivel Nacional  

Introdujo modificaciones en materia de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios de las personas naturales.
 

 
2019   Decreto 2345 de 2019 Nivel Nacional  

Reglamenta algunos artículos del estatuto tributario, relacionados con la presentación y pago del impuesto de Renta y Complementarios.
 

 
2020   Decreto 520 de 2020 Nivel Nacional  

Modifica el calendario para el pago de la segunda (2ª) cuota, presentación de la declaración y pago de la tercera (3ª) cuota y el parágrafo del artículo 1.6.1.13.2.11., el inciso 2º y el calendario para el pago de la primera (1ª) cuota y declaración y pago de la segunda (2ª) cuota del artículo 1.6.1.13.2.12. y el calendario de plazos para la presentación de la declaración anual de activos en el exterior de los grandes contribuyentes y personas jurídicas de que trata el artículo 1.6.1.13.2.26. de la Sección 2 Capítulo 13 Título 1 Parte 6 Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.
 

 
2020   Decreto 535 de 2020 Nivel Nacional  

Establece el procedimiento abreviado para la devolución automática de los saldos a favor en el impuesto sobre la renta y complementarios y en el Impuesto sobre las ventas IVA, hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por et Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, a los contribuyentes y responsables del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria se les autorizará la devolución y/o compensación de los respectivos saldos a favor mediante procedimiento abreviado dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de devolución y/o compensación oportunamente y en debida forma. Para efectos de lo dispuesto en este procedimiento no serán aplicables los requisitos establecidos en el parágrafo 5 del artículo 855 del Estatuto Tributario, para las devoluciones automáticas.
 

 
2020   Decreto 807 de 2020 Nivel Nacional  

Adopta medidas tributarias y de control cambiario transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.
 

 
2021   Decreto 1311 de 2021 Nivel Nacional  

El valor del impuesto diferido derivado del cambio de la tarifa del impuesto de renta que deba reflejarse en e resultado del periodo 2021,
 

 
2021   Ley 2133 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Establece que las rentas provenientes del servicio de transporte marítimo internacional, que realicen naves o artefactos navales inscritos en el registro colombiano, estarán gravadas a la tarifa del impuesto sobre la renta del 2%.
 

 

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