2017 |
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Resolución 4373 de 2017 Ministerio de Salud
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La compra de cartera se realiza de acuerdo con el siguiente procedimiento: la IPS acreedora y la EPS o CCF deudora, determinarán el valor de la cartera que puede ser objeto de la operación de compra, la cual deberá ser reconocida por la entidad deudora, reconocida la deuda, la IPS presentará solicitud a la EPS o CCF deudora, mediante el diligenciamiento del Anexo 1 Solicitud de compra de cartera, y los demás allí expresamente señalados. Acto seguido se regula las condiciones de recuperación de los recursos bajo las condiciones aquí reseñadas. |
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2017 |
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Resolución 4609 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social
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Corrige un error por cambio o alteración de palabras, por consiguiente debe entenderse que cuando el parágrafo del artículo 4° y el numeral 3 del artículo 5° de la Resolución número 4373 de 2017 se refieren al parágrafo 2° del artículo 3° de la presente resolución, en realidad hace referencia a parágrafo 2° del artículo 2° de la Resolución número 4373 de 2017, tratándose del tema de la compra de cartera. |
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