2016 |
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Decreto 2147 de 2016 Nivel Nacional
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Los usuarios industriales de bienes y/o usuarios industriales de servicios, deberán estar instalados exclusivamente en las áreas declaradas como zona franca y garantizar que el desarrollo de su objeto social y la actividad generadora de renta se produzca exclusivamente en dichas áreas.
El servicio ofrecido por el usuario industrial de servicios deberá ser prestado exclusivamente dentro o desde el área declarada como zona franca. |
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2016 |
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Decreto 2170 de 2016 Nivel Nacional
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Modifica el régimen de zonas francas. Establece que las personas jurídicas que soliciten la calificación como usuario industrial de bienes o usuario industrial de servicios, deberán estar instalados exclusivamente en las áreas declaradas como zona franca y garantizar que el desarrollo de su objeto social y la actividad generadora de renta se produzca exclusivamente en las áreas declaradas como tal, salvo el procesamiento parcial por fuera de zona franca previsto en el artículo 97. |
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