Documentos para INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES :: Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 Nivel Nacional  

El Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos de que trata el artículo 4 de la Ley 1408 de 2010, tiene como objeto la administración y procesamiento de la información de los perfiles genéticos obtenidos de las personas, cuerpos o restos humanos de las víctimas de desaparición y de las muestras biológicas de referencia tomadas a los familiares de estas. el Banco deberá indexar, organizar, centralizar y almacenar la información de los perfiles genéticos, así como realizar el cruce de información para la identificación de las personas desaparecidas. El aludido banco, estará bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de la Nación. (Artículos 2.2.2.1.4. al 2.2.2.1.5.). La Administración Nacional del Banco estará a cargo del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, y la información primaria será la que actualmente se encuentra registrada en los módulos de la plataforma Combined DNA lndex System -CODIS, referentes a los índices de desaparecidos, grupo familiar y elementos personales. Al respecto, se compila lo referente con funciones del administrador nacional, y administradoras locales. (Artículos 2.2.2.1.7. al 2.2.2.1.9).
 

 

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