Documentos para FONDOS NACIONALES :: Fondo Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 Nivel Nacional  

La cuenta especial creada por el artículo 20 de la Ley 985 de 2005 se denominará Fondo Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas, y funcionará sin personería jurídica y como un sistema separado de cuenta a cargo del Ministerio del Interior. La inversión de los recursos del Fondo tendrá como objetivo atender gastos tendientes a propiciar la prevención, protección y asistencia de las víctimas y posibles víctimas de la trata de personas, el fortalecimiento de la investigación judicial y la acción policiva y el fortalecimiento de la cooperación internacional. El Ministerio del Interior adelantará los trámites contractuales, contables, presupuestales y demás propios de la administración del Fondo, a través de sus dependencias competentes, de acuerdo con los manuales internos de procedimientos. (Artículo 2.7.1.3.1 al 2.7.1.3.6)
 

 

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