2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015 Nivel Nacional
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El Comité de Inversión en Infraestructura para Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas (CIEPA), tendrá a su cargo la revisión y calificación de los proyectos de infraestructura de escenarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas que otorga el derecho a la deducción por inversiones de que trata el artículo 4º de la Ley 1493 de 2011. El CIEPA estará integrado por delegados del Ministerio de Cultura y la secretaría Técnica del Comité la ejercerá la Dirección de Artes de este Ministerio o quien haga sus veces. Los proyectos de infraestructura deberán ser inscritos ante el Ministerio de Cultura. Una vez radicados, el CIEPA deberá decidir dentro de los 2 meses siguientes, aprobando u objetando la solicitud. (Artículo 2.6.1.5.3.) |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1080 de 2015 Nivel Nacional
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Se crea el Comité de Inversión en Infraestructura para Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas (CIEPA), que tendrá a su cargo la revisión y calificación de los proyectos de infraestructura de escenarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas que otorga el derecho a la deducción por inversiones de que trata el artículo 4° de la Ley 1493 de 2011. El CIEPA estará integrado por delegados del Ministerio de Cultura y la secretaría Técnica del Comité la ejercerá la Dirección de Artes de este Ministerio. El Comité de Inversión en Infraestructura para Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas (CIEPA), revisará y calificará los proyectos de infraestructura de escenarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas que otorgan derecho a la deducción por inversiones. (Artículo 2.9.2.2. al 2.9.2.3.) |
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