2015 |
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Sentencia 020 de 2015 Corte Constitucional de Colombia
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El parágrafo 1º del artículo 1, de la Ley 860 de 2003 por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones, pertenece a una disposición reformatoria de la Ley 100 de 1993. El sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 preveía los siguientes como requisitos para acceder a la pensión de invalidez por origen común: i. haber perdido el 50% o más de capacidad laboral por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente; ii. estar cotizando, caso en el cual se requería haber cotizado por lo menos 26 semanas en cualquier tiempo anterior al momento de producirse el estado de invalidez, o haber dejado de cotizar, hipótesis en la cual se condicionaba la pensión a que el afiliado hubiere efectuado aportes durante por lo menos veintiséis (26) semanas del año inmediatamente anterior al momento en que se produzca el estado de invalidez. |
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2021 |
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Sentencia T-376 de 2021 Corte Constitucional de Colombia
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Concede el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y seguridad social en razón a que se trata de un ciudadano en situación de vulnerabilidad, con 71 años de edad, que presenta serios problemas económicos y de salud y quien, pese a su situación personal, adelantó diversas diligencias presentando peticiones con el fin de lograr la corrección de su historia laboral y así poder obtener su pensión de invalidez. |
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