Documentos para TRANSPORTE PUBLICO - TAXIS :: Pólizas
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto Único Reglamentario 1079 de 2015 Nivel Nacional  

Las empresas de Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi, deberán tomar con una compañía de seguros autorizada para operar en Colombia, las pólizas de seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual que las amparen contra los riesgos inherentes a la actividad transportadora según como señala en este decreto. igualmente, también deberán tomar una póliza de accidentes personales que ampare a los conductores de vehículos taxis con al menos la cobertura de los riesgos que señalan en este decreto. Las pólizas de seguros se exigirán a todas las empresas con licencia de funcionamiento vigente o que se encuentren habilitadas y serán, en todo caso, requisito y condición necesaria para la prestación del servicio público de transporte por parte de sus vehículos propios o vinculados. (Artículo 2.2.1.3.3.1. al 2.2.1.3.3.5.)
 

 

Total: 1 documentos encontrados para TRANSPORTE PUBLICO - TAXIS :: Pólizas