2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1079 de 2015 Nivel Nacional
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Las empresas legalmente constituidas, interesadas en prestar el Servicio Público de Transporte Terrestre Mixto deberán solicitar y obtener habilitación para operar. La habilitación concedida autoriza a la empresa para prestar el servicio solamente en la modalidad solicitada. Por lo tanto, se compila los plazos para decidir la solicitud de habilitación, la vigencia de la habilitación, suministro de información, y las empresas habilitadas en vigencia de los Decretos 091 y 1558 de 1998. (Artículos 2.2.1.5.3.1. al 2.2.1.5.3.7.) |
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