2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015 Nivel Nacional
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Toda persona natural y las jurídicas colombianas podrán solicitar permiso para ejercer la actividad pesquera, mediante la presentación de solicitud que contenga los datos y requisitos que, para cada caso, establezca la AUNAP. La AUNAP otorgará, mediante acto administrativo, los permisos para ejercer la actividad pesquera, para lo cual adoptará los formatos preimpresos que correspondan. En esta materia se compila los permisos de pesca comercial artesanal; pesca comercial industrial; pesca comercial exploratoria; pesca comercial ornamental; pesca de investigación; pesca deportiva; permiso de procesamiento; permiso de comercialización; permiso integrado de pesca; permiso de cultivo; patente de pesca y de las embarcaciones pesqueras; asociación; concesión; tasas y derechos; artes y aparejos de pesca; vedas y áreas de reserva; asistencia técnica pesquera y acuícola. (Artículos 2.16.5.2.1. al 2.16.9.4.) |
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