2015 |
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Decreto 1743 de 2015 Nivel Distrital
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Salvoconducto para salir del país, en los siguientes casos; cuando el extranjero sea deportado o expulsado, salvo en los casos previstos en el artículo 2.2.1.13.2.2 del presente Decreto, situación en la cual el extranjero deberá salir del país de manera inmediata. En el presente caso, el término de duración del Salvoconducto será de hasta por treinta (30) días calendario. |
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