Documentos para CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA Y CONVIVENCIA :: Multas
Año   Documento   Restrictor  
2018   Concepto 2018EE de 2018 Secretaría Distrital de Hacienda  

Concepto Unificador sobre las competencias de las entidades distritales relacionadas con las multas aplicadas por el Código Nacional de Policía y Convivencia. Se establece que le corresponde a la Dirección Distrital de Tesorería recaudar los ingresos corrientes tributarios y no tributarios, dentro de los cuales se encuentran las multas que cancelen los ciudadanos, por la aplicación del Código Nacional de Policía y Convivencia. Los recursos recaudados por concepto de las multas, se les debe dar la destinación específica señalada en la Ley 1801 de 2016 y en el Decreto Nacional 1284 de 2017. La Ley 1801 de 2016 no modificó lo relacionado con la composición del patrimonio de los Fondos de Desarrollo Local señalado en el artículo 88 del Decreto Ley 1421 de 1993, por ser esta última, norma especial. El cobro persuasivo de las multas policivas lo debería realizar la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, por ser el administrador de los recursos y quien podría concentrar dicha función realizándola de manera más eficiente. El cobro coactivo de las multas policivas debe adelantarlo la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Oficina de Gestión de Cobro de la Subdirección de Ejecuciones Fiscales de la Dirección Distrital de Cobro, cuando la competencia no esté asignada otra entidad.
 

 
2018   Decreto 442 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el recaudo y cobro de dineros por concepto de la imposición y/o señalamiento de la medida correctiva de multa establecida en la Ley 1801 de 2016 en el Distrito Capital.
 

 
2018   Decreto 795 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Implementa el programa comunitario del Distrito Capital para el cumplimiento de la medida correctiva de participación en programa comunitario con el objeto de reemplazar o conmutar algunas multas reguladas en el código de policía, con acciones como jornadas de embellecimiento y ornato, preservación del ambiente, patrimonio cultural, convivencia en los sistemas de transporte masivo y apoyo, promoción y protección del bienestar animal.
 

 
2019   Sentencia C-054 de 2019 Corte Constitucional de Colombia  

La Sala determinó que: Del artículo 183 de la Ley 1801 de 2016, los numerales 4 (que impide contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado) y 5) (que restringe la obtención o renovación del registro mercantil en las cámaras de comercio) son exequibles, dado que son medidas idóneas para obtener el pago de las multas, necesarias, ante la ausencia de otras que evidentemente afecten con menor intensidad otros principios, y proporcionadas en sentido estricto, puesto que restringen principios prima facie menos relevantes, como el ejercicio del comercio y la libertad negocial.
 

 
2019   Sentencia C-253 de 2019 Corte Constitucional de Colombia  

La sala recuerda que, en cuanto a las medidas correctivas a las que da lugar el consumo de las sustancias respectivas si existen cambios. En primer lugar, se incluye (i) la multa tipo 2, que es la misma a la que da lugar el comportamiento contemplado en el apartado del Artículo 33 del Código. En segundo lugar, no se contempla la disolución de reunión o actividad que involucra aglomeraciones de público no complejas del Artículo 176, sino (ii) el de destrucción del bien, que consiste en destruir por motivos de interés general un bien mueble cuando implique un riesgo o amenaza a la convivencia o al ambiente, o sea utilizado de manera ilegal con perjuicio a terceros. (&). Además, en esta oportunidad se imponen dos medidas correctivas adicionales. Así, (iii) participar en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia, que consiste en la obligación de participar en una actividad de interés público o programa pedagógico en materia de convivencia, organizado por la administración distrital o municipal, el cual, en todo caso deberá tener una duración de hasta seis (6) horas. La última medida correctiva es (iv) remitir a los Centros de Atención en Drogadicción -CAD y Servicios de Farmacodependencia, la cual no está definida en el Código, pero se hace una remisión normativa para el efecto a la Ley 1566 de 2012.
 

 
2021   Sentencia C-062 de 2021 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte resuelve el problema jurídico de si ¿La imposición de medidas correctivas de multa y asistencia a programas pedagógicos a las personas habitantes de calle que realizan sus necesidades fisiológicas en el espacio público vulnera su dignidad y sus derechos fundamentales a la igualdad, a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad? Declara la exequibilidad condicionada en el entendido de que dichas consecuencias jurídicas de multa no pueden aplicarse respecto de las personas que habitan la calle.
 

 
2022   Resolución 575 de 2022 Secretaría Distrital de Gobierno  

Dispone la subrogación de las multas señaladas en comparendos o impuestas por inspectores de policía que no se encuentren en firme, los infractores podrán reemplazar la multa con participación en el programa comunitario del Distrito Capital.
 

 

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