2013 |
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Decreto 3051 de 2013 Nivel Nacional
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Adiciona un parágrafo transitorio al artículo 11 del Decreto 1040 de 2012 y al artículo 7 del Decreto 1639 de 2013, el cual quedará así: "Parágrafo transitorio. Para el proceso de certificación que se adelante en la vigencia 2013, respecto de la vigencia 2012, los resultados del proceso de certificación anual serán expedidos por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios a más tardar el último día hábil del mes de mayo del año de 2014." |
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