Documentos para MINERIA :: Garantías
Año   Documento   Restrictor  
2001   Ley 685 de 2001 Congreso de la República de Colombia  

Se establecen las clases de garantías mineras tales como; la hipoteca convencional sobre minas reconocidas, prenda minera, prenda sobre muebles, efectividad de la prenda minera, continuidad de la explotación, prenda del establecimiento minero, habilitación de las minas, inscripción de prenda, y prelación de créditos.
 

 
2018   Sentencia 110010 de 2018 Consejo de Estado - Sección Segunda  

La Sección Segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado confirmó la sentencia proferida por la Sección Cuarta del Consejo de Estado que negó una solicitud de amparo contra el Tribunal Administrativo del Meta, toda vez que dicho ente administrativo no incurrió en un defecto por desconocimiento de precedente ni fáctico al emitir la decisión cuestionada y que lo que se encuentra es una inconformidad con el resultado del análisis jurisprudencial y la posición adoptada por el juez natural, lo cual no es atacable vía tutela en la medida en que aquella cuenta con soporte y está debidamente razonada y justificada, por lo que, reiteran, este mecanismo no puede convertirse en una tercera instancia para continuar con el debate presentado en sede contenciosa.
 

 
2019   Ley 1955 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 - "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad". Con ocasión de las actividades de exploración y explotación minera, para la presentación de la información de los recursos y reservas existentes en el área concesionada, se adopta el Estándar Colombiano para el Reporte Público de Resultados de Exploración, Recursos y Reservas Minerales de la Comisión Colombiana de Recursos y Reservas Minerales, o cualquier otro estándar internacionalmente reconocido por Committe for Mineral Reserves International Reporting Standards (Crirsco), para su presentación. La información sobre los recursos y reservas existentes en el área concesionada estructurada en las condiciones previstas en el mencionado estándar, debe presentarse por el titular minero junto con el Programa de Trabajos y Obras o el documento técnico correspondiente o su actualización, sin perjuicio de que dicha información pueda ser requerida por la autoridad minera en cualquier momento durante la etapa de explotación. (Artículo 328)
 

 
2022   Decreto 944 de 2022 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto 1886 de 2015, en su ámbito de aplicación precisando que Las siguientes personas naturales y jurídicas que autorizadas por la ley desarrollen labores mineras subterráneas, en el Territorio Nacional: (i) Titular Minero, su operador o subcontratista; (ii) Solicitantes de programas de legalización o de formalización minera siempre y cuando cuenten con autorización legal para su resolución; (iii) Beneficiarios de áreas de reserva especial,' (iv) Beneficiarios de autorizaciones temporales; (v) Beneficiarios de mecanismos para el trabajo bajo el amparo de un título en la pequeña minería; en sus definiciones, en las obligaciones del empleador minero, capacitación, entrenamiento y actualización, en el plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, entre otros.
 

 

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