Documentos para NAVEGACIÓN FLUVIAL :: Vías Fluviales
Año   Documento   Restrictor  
2008   Ley 1242 de 2008 Congreso de la República de Colombia  

Las vías fluviales pueden ser navegadas libremente por toda clase de embarcaciones, previo el lleno de los requisitos establecidos en la ley, y demás normas expedidas por el Gobierno Nacional en virtud de su soberanía y convenios internacionales. Será responsabilidad de las autoridades fluviales y de todos los usuarios evitar la contaminación de las vías fluviales. Ahora bien, las vías fluviales como sus riberas son bienes de uso público; por lo cual son de libre acceso para los navegantes y sus embarcaciones, salvo los derechos para su uso otorgados por las autoridades competentes.
 

 

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