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Documento |
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Restrictor |
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2013 |
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Resolución 388 de 2013 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
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Adopta el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas de conformidad con lo establecido en los artículos 194 de la Ley 1448, 285 del Decreto 4800 de 2011 y demás normas concordantes. Tiene por objeto generar el marco en el cual se garantice la participación efectiva de las víctimas en la planeación, ejecución y control de las políticas públicas, dentro del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, del artículo 159 de la Ley 1448 de 2011. Así, como garantizar a las víctimas su intervención real y efectiva en los espacios de participación ciudadana local, regional y nacional. |
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2013 |
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Sentencia C-156 de 2013 Corte Constitucional de Colombia
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La Corte Constitucional se ha referido, en un amplio conjunto de sentencias, a la atribución de funciones jurisdiccionales a autoridades administrativas. Así, desde la providencia C-592 de 1992 la Corporación abordó el tema, destacando que ese tipo de asignación de competencias constituye una tendencia común en el derecho comparado actual, destinada a la descongestión de la administración de justicia, y cuya validez depende de la excepcionalidad y el origen legislativo de la atribución en los términos del artículo 116 de la Constitución Política. En los fallos se destaca: (i) la consideración según la cual la existencia de un control judicial hace parte del marco de configuración legislativa, siempre que no suponga una restricción desproporcionada del acceso a la administración de justicia, como ocurriría se impidiera el acceso a la acción de tutela; y (ii) la regla según la cual, en caso de que exista una duda sobre la naturaleza administrativa o jurisdiccional de una función asignada a un órgano administrativo, debe interpretarse que se trata de una competencia administrativa, para así preservar la excepcionalidad en el ejercicio de funciones jurisdiccionales por parte de órganos no judiciales. |
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2016 |
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Resolución 1249 de 2016 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
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Establece los criterios, mecanismos y requisitos bajo los cuales la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas aplicará, en coordinación con los departamentos, los principios de subsidiariedad a los municipios y distritos que no cuenten con la capacidad técnica, administrativa y financiera, con ocasión a la dinámica territorial, las necesidades específicas evidenciadas en el tablero PAT y las crisis humanitarias recurrentes, exclusivamente en el cumplimiento de las competencias de ayuda y atención humanitaria inmediata -AHÍ- conforme a lo establecido en el parágrafo 1º del artículo 47 modificado por la Ley 1753 de 2015 y el artículo 63 de la Ley 1448 de 2011 y los artículos 2.2.6.4.1, 2.2.6.5.1.11 y 2.2.6.5.2.1, del decreto 1084 de 2015, en el marco de la estrategia de corresponsabilidad. |
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2018 |
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Decreto 1415 de 2018 Nivel Nacional
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La formalización de la inscripción, actualización y solicitud de cancelación en el Registro Único Tributario (RUT), consiste en el proceso de autenticación, validación e incorporación de la información, suministrada virtual o físicamente, por el obligado ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), o demás entidades autorizadas, y la expedición del respectivo certificado. |
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Funciones
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