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Resolución 6 de 2001 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
27/03/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/03/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2361 de marzo 29 de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 06 DE 2001

(Marzo 27)

"Por la cual se modifica la planta semiglobal de empleos del Instituto de Desarrollo Urbano y se dictan otras disposiciones"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las establecidas en el Decreto 1421 de 1993 y los numerales 9 y 10 del artículo 16 del Acuerdo No. 19 de 1972 del Concejo de Bogotá y,

CONSIDERANDO:

Que dentro de las atribuciones de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá conforme con lo señalado en el Acuerdo 19 de 1972, está la de disponer la organización administrativa del mismo y dentro de ella crear, suprimir y modificar dependencias y cargos y determinar la clasificación y remuneración de los empleos.

Que el artículo 149 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 del mismo año define que la modificación de una planta de personal está fundada en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración cuando de las conclusiones del estudio técnico de la misma deriven en la creación o supresión de empleos.

Que el estudio técnico para la modificación de la planta de empleos públicos del Instituto de Desarrollo Urbano arrojó como resultado la necesidad de crear y suprimir algunos cargos por causas tales como: la supresión o creación de dependencias o modificación de sus funciones; redistribución de funciones y cargas de trabajo; y culminación o cumplimiento de planes, programas o proyectos cuando los perfiles de los empleos involucrados para su ejecución no se ajustan al desarrollo de nuevos planes, programas o proyectos o a las funciones de la entidad.

Que la Constitución Política y la Ley consagran un amparo especial en favor de los trabajadores que gozan de fuero sindical y de las mujeres en estado de embarazo o que se encuentren disfrutando de licencia de maternidad.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C., expidió viabilidad presupuestal número 408 para amparar la modificación a la planta de personal de la entidad.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de personal de la entidad.

Que por razones de modernización de la administración se requiere modificar la planta semiglobal de empleos del Instituto de Desarrollo Urbano y adecuarla a las nuevas metas institucionales.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver la Resolución de la J.D. IDU 10 de 2002

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. Suprimir de la Planta Semiglobal de empleos públicos del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá, los siguientes cargos:

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL:

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

NUMERO DE CARGOS

ASESOR

105

02

DOS (2)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

335

04

UNO (1)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

03

DOS (2)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

01

UNO (1)

SECRETARIO EJECUTIVO

525

04

UNO (1)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

03

UNO (1)

TOTAL CARGOS A SUPRIMIR

 

 

OCHO (8)

PLANTA GLOBAL

 

 

 

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

NUMERO DE CARGOS

GERENTE

039

02

DIEZ (10)

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

01

CUATRO (4)

SUBDIRECTOR TÉCNICO

088

01

SEIS (6)

ASESOR

105

01

UNO (1)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

335

06

DIEZ (10)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

335

05

CINCO (5)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

335

04

DIEZ (10)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

03

DIEZ (10)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

02

CINCO (5)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

01

DIEZ (10)

TÉCNICO

401

03

DIECISEIS (16)

TÉCNICO

401

01

SIETE (7)

SECRETARIO EJECUTIVO

525

05

UNO (1)

SECRETARIO EJECUTIVO

525

04

CINCO (5)

SECRETARIO

540

03

OCHO (8)

SECRETARIO

540

02

TRES (3)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

03

TREINTA Y NUEVE (39)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

02

CINCO (5)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

01

TREINTA Y CUATRO (34)

TOTAL CARGOS A SUPRIMIR

 

 

CIENTO OCHETA Y NUEVE (189)

TOTAL CARGOS A SUPRIMIR PLANTA SEMIGLOBAL

CIENTO NOVENTA Y SIETE (197)

ARTICULO SEGUNDO. Crear los siguientes cargos en la Planta Global de empleos del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá:

PLANTA GLOBAL

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

NUMERO DE CARGOS

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

02

DOS (2)

ASESOR

105

01

CUATRO (4)

SUBDIRECTOR TÉCNICO

088

01

TRES (3)

TOTAL CARGOS A CREAR

 

 

NUEVE (9)

ARTICULO TERCERO. La nueva Planta Semiglobal de empleos del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá, queda conformada por los empleos creados por medio de esta Resolución y por aquellos que no han sido suprimidos, por lo cual dicha planta quedará así:

PLANTA DESPACHO DIRECTOR GENERAL:

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

NUMERO DE CARGOS

DIRECTOR GENERAL

050

05

UNO (1)

SECRETARIO EJECUTIVO

525

05

DOS (2)

TOTAL CARGOS

 

 

TRES (3)

PLANTA GLOBAL:

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

NUMERO DE CARGOS

SUBDIRECTOR GENERAL

084

04

UNO (1)

DIRECTOR TÉCNICO

026

03

OCHO (8)

GERENTE

039

02

TRES (3)

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

02

DOS (2)

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

01

DOS (2)

ASESOR

105

01

CUATRO (4)

SUBDIRECTOR TÉCNICO

088

01

DIECINUEVE(19)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

335

06

TREINTA Y SIETE (37)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

335

05

VEINTINUEVE (29)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

335

04

CINCUENTA Y SIETE (57)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

03

CUARENTA Y DOS (42)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

02

CUARENTA Y DOS (42)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

01

TREINTA Y CUATRO (34)

TÉCNICO

401

03

CINCUENTA Y NUEVE (59)

TÉCNICO

401

02

DIECIOCHO (18)

TÉCNICO

401

01

TREINTA Y DOS (32)

SECRETARIO EJECUTIVO

525

05

SIETE (7)

SECRETARIO EJECUTIVO

525

04

VEINTISIETE (27)

SECRETARIO

540

03

VEINTIUNO (21)

CONDUCTOR MECÁNICO

601

03

UNO (1)

CONDUCTOR

620

02

TREINTA Y CUATRO (34)

CONDUCTOR

620

01

UNO (1)

TOTAL CARGOS

 

 

CUATROCIENTOS OCHENTA (480)

TOTAL PLANTA SEMIGLOBAL

 

 

CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES (483)

ARTICULO CUARTO. Cuando los servidores públicos que ocupan los cargos suprimidos en virtud de la presente resolución se encuentren bajo situaciones jurídicas que hagan imposible su retiro efectivo del servicio, este se producirá cuando cesen los efectos de tales situaciones.

ARTICULO QUINTO. Modificar la escala salarial del Instituto de Desarrollo Urbano de la vigencia del 2000 de la siguiente manera:

GRADO SALARIAL

NIVEL ASESOR

GASTOS DE REPRESENTACIÓN

02

$3.620.046.00

40% Sobre la asignación básica mensual

ARTICULO SEXTO Facultar al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá, para realizar la incorporación de los funcionarios a los empleos de la planta semiglobal que se adopta mediante la presente resolución.

ARTICULO SÉPTIMO. Autorizar al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá, para distribuir los empleos de la planta global de personal, de conformidad con la estructura, naturaleza, necesidades del servicio, y los planes y proyectos de la entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política, la Ley, los Acuerdos y Decretos.

ARTICULO OCTAVO. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de la presente resolución, tendrán el derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a un empleo equivalente de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998 y el artículo 137 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998, modificado por el decreto 2504 de 1998, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto Ley 1568 de 1998.

ARTICULO NOVENO. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución por concepto de indemnizaciones laborales que se causen con ocasión de la supresión de cargos, se reconocerán y pagarán conforme a lo dispuesto en las normas legales, con cargo al presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá, amparadas con la Disponibilidad Presupuestal No. 1636 de 27 de marzo de 2001.

ARTICULO DÉCIMO. Facultar al Director General para crear y organizar mediante Resolución, grupos internos de trabajo de conformidad con los lineamientos contemplados en la Resolución No. 014 del 5 de noviembre de 1998.

ARTICULO DÉCIMO PRIMERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintisiete (27) días del mes de marzo del año dos

mil uno (2001)

PRESIDENTE

Israel Fainboim Yaker

SECRETARIO

Carlos Morales Rigueros.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No.2361 de Marzo 29 de 2001