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Resolución 2449 de 2004 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
15/07/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/07/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3041 de julio 22 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2449 DE 2004

(Julio 15)

"Por el cual se delegan algunas de las funciones asignadas a la Secretaria de Educación a través del Decreto Distrital 101 del 13 de abril de 2004"

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ , D.C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 11 del Decreto Distrital 101 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 101 del 13 de abril de 2004, el Alcalde Mayor de Bogotá , Distrito Capital, asignó a las Secretarías de Despacho, la decisión sobre los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo.

Que con el fin de hacer más efectivas las razones de expedición de dicho Decreto, se hace necesario, para el caso de la Secretaría de Educación de Bogotá, Distrito Capital, delegar algunas de las actividades allí atribuidas en un funcionario de alto nivel jerárquico dentro de esta Entidad.

Que de conformidad con el Decreto No 816 del 24 de octubre de 2001, de manera general los asuntos relacionados con la administración de los recursos humanos de esta Secretaría, se encuentra asignado a la Subsecretaría Administrativa, por lo cual, la misma cuenta con la estructura suficiente que le permitiría atender los asuntos que mediante este Acto se le delegan.

Por lo expuesto,

Ver el art. 34, Decreto Distrital 816 de 2001

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Delegar en la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría de Educación de Bogotá, el decidir los asuntos relacionados con administración de personal de los servidores del respectivo organismo, en relación con los siguientes temas:

1. Realizar encargos, prórrogas de nombramientos provisionales y retiros;

2. Conceder licencias y vacaciones;

3. Conceder permisos, con excepción de los sindicales;

4. Realizar traslados de personal administrativo y docente, con excepción de la suscripción de convenios entre entidades territoriales relacionados con el personal docente;

5. Convocar a concursos de ingreso para personal docente y directivo docente, necesarios para los establecimientos educativos oficiales que prestan sus servicios en Bogotá, conforme a la ley y los reglamentos.

6. Tramitar y decidir sobre las inscripciones y ascensos en el escalafón;

7. Expedir las certificaciones de acreditación para el Escalafón Nacional Docente;

8. Decidir las peticiones y reclamaciones de carácter laboral, relacionadas con las funciones que le son delegadas.

ARTICULO SEGUNDO.- La presente resolución no produce ninguna modificación en relación con las restantes atribuciones asignadas por el Decreto 101 de 2004, contenidas en los artículos 1º,2º,3º,4º,5º,6º,8º,9º y 10º, las cuales seguirán siendo ejercidas por el Despacho del Secretario de Educación.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de Julio de 2004

ABEL RODRÍGUEZ CÉSPEDES

Secretario de Educación

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3141 de julio 22 de 2004.