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Decreto 1049 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/12/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/12/1998
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1799 del 14 de diciembre de 1998
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1049 DE 1998

DECRETO 1049 DE 1998

(diciembre 14)

Ver el Decreto Distrital 270 de 2001

por el cual se modifica la denominación de las dependencias de la Secretaría de Hacienda de Santa Fe de Bogotá.

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO

Que la Ley 443 de 1998 sobre carrera administrativa, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las Entidades Distritales.

Que los artículo 8 y 9 del Decreto Ley 1569 de 1998 establecen la nomenclatura y clasificación de empleos.

Que con el fin de cumplir técnicamente con el ajuste de la nomenclatura prevista en el Decreto 1569 de 1998, se requiere modificar la denominación de las dependencias.

Que en mérito de lo expuesto.

DECRETA

Artículo 1º.- Modificar la denominación de las dependencias de la Secretaría de Hacienda de Santa Fe de Bogotá D.C., así:

Modificado por los Decretos Distritales 278 de 1999, 362 de 1999, 581 de 1999, 828 de 1999

SECRETARÍA DE HACIENDA

1. Despacho del Secretario de Hacienda

1.1. Oficina Asesora de Estudios Económicos, Fiscales y Estadísticos. Modificada por el Decreto Distrital 362 de 1999

1.2. Oficina Asesora de Investigaciones Disciplinarias

1.3. Oficina Asesora de Control Interno

Modificado por el Decreto 581 de 1999. Se creó la Dirección de Procuraduría de Bienes dependiente de la Secretaría de Hacienda, así mismo las subdirecciones de Certificaciones y Administración de bienes inmuebles, las cuales dependerán de la Dirección.

SUBSECRETARÍA DE HACIENDA

2. Despacho del Subsecretario de Hacienda

2.1. Subdirección de Procuraduría de Bienes. Suprimida por el art. 1 del Decreto Distrital 581 de 1999

2.2. Unidad de Proyectos Especiales. Modificado por el Decreto 278 de 1999.

DIRECCIÓN JURÍDICA

3. Despacho del Director Jurídico

3.1. Subdirección Jurídica Administrativa

3.2. Subdirección Jurídica de Hacienda

DIRECCIÓN DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

4. Despacho del Director de Sistemas e Informática

4.1. Subdirección de Ingeniería de Software

4.2. Subdirección de Operación y Administración de Recursos informáticos

4.3. Subdirección de Redes y Telecomunicaciones

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

5. Despacho del Director Administrativo y Financiero

5.1. Oficina de quejas y reclamos

5.2. Subdirección Administrativa

5.2.1. Unidad de Finanzas y adquisiciones

5.2.2. Unidad de Servicios Generales

5.2.3. Unidad de Archivo y Correspondencia

5.3. Subdirección de Recursos Humanos

5.3.1. Unidad de Registro y Control y Nóminas

5.3.2. Unidad de Desarrollo de Personal

DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS

6. Despacho del Director de Impuestos

6.1. Subdirección de Cultura Tributaria

6.2. Subdirección Jurídico Tributaria

6.3. Subdirección de Impuestos a la Propiedad

6.3.1. Unidad de Recaudo

6.3.2. Unidad de Determinación

6.3.3. Unidad de Cobranzas

6.4. Subdirección de Impuestos a la Producción y al Consumo

6.4.1. Unidad de Recaudo

6.4.2. Unidad de Determinación

6.4.3. Unidad de Cobranzas

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

7. Despacho del Director Distrital de Presupuesto

7.1. Subdirección de Infraestructura y Administración

7.1.1. Unidad de Infraestructura y Servicios

7.1.2. Unidad de Administración Local

7.1.3. Unidad de Administración General del Distrito

7.2. Subdirección de Desarrollo Social

7.2.1. Unidad del Sector Salud y Promoción Social

7.2.2. Unidad de Educación, Vivienda y Recreación

7.3. Subdirección de Consolidación, normas y procedimientos

7.3.1. Unidad de Consolidación

7.3.2. Unidad de Normas Técnicas y Procedimientos

DIRECCIÓN DISTRITAL DE TESORERÍA

8. Despacho del Tesorero Distrital

8.1. Unidad de Ejecuciones Fiscales

8.2. Subdirección de Planeación Financiera e Inversiones

8.2.1. Unidad de Planeación Financiera

8.2.2. Unidad de Inversiones

8.3. Subdirección de Operación Bancaria

8.3.1. Unidad de Recaudo

8.3.2. Unidad de Pagaduría

8.3.3. Unidad de Contabilidad Financiera

8.4. Subdirección de Crédito Público. Suprimida por el art. 1 del Decreto Distrital 828 de 1999

8.4.1. Unidad de Gestión y Proyectos. Suprimida por el art. 1 del Decreto Distrital 828 de 1999

8.4.2. Unidad de Registro y Control. Suprimida por el art. 1 del Decreto Distrital 828 de 1999

8.5. Subdirección de Obligaciones Pensionales

DIRECCIÓN DISTRITAL DE CONTABILIDAD

9. Despacho del Director Distrital de Contabilidad

9.1. Subdirección de Consolidación de Balance

9.1.1. Unidad del Balance Secretaría de Hacienda

9.1.2. Unidad Administración Central

9.1.3. Unidad Administración Descentralizada

9.2. Subdirección de Gestión Financiera

9.2.1. Unidad de Normas y Procedimientos

9.2.2. Unidad de Auditoría Financiera

ÓRGANOS CONSULTIVOS

  1. Comité de Dirección

11. Comité de coordinación de control interno

Artículo 2º.- Las funciones de cada una de las dependencias señaladas en el artículo 1º del presente Decreto son las establecidas en los Decretos 800 de 1996, 1041 de 1997, 514 y 678 de 1998.

Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 14 de Diciembre de 1998.

El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. El Secretario de Hacienda, CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES. La Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA.

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1799 de Diciembre 14 de 1998