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Resolución 580 de 2005 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
14/10/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/10/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3424 de octubre 24 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 580 DE 2005

(Octubre 14)

Derogada por el art. 2, Resolución I.D.R.D. 582 de 2008

«Por medio de la cual se delega la facultad de contratar, ordenar el gasto y pago con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local».

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE

En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y estatutarias, en especial las conferidas en los artículos 210 y 211 de la Constitución Política; los artículos 9 a 12 de la ley 489 de 1998; el numeral 3º literal c) del artículo 11 de la ley 80 de 1993; el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995; el Acuerdo 04 de 1978, y

CONSIDERANDO:

Que conforme con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

Que conforme con el numeral 3º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 le corresponde al Alcalde Mayor dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones a cargo del Distrito.

Que según el inciso 2º del artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 el Alcalde Mayor como jefe de la Administración Distrital, ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades Distritales y de acuerdo con el artículo 40 de este mismo decreto, puede delegar estas funciones.

Que mediante el Decreto Distrital 854 de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. delegó funciones y precisó atribuciones propias de algunos empleados de la Administración Distrital.

Que mediante el artículo 35 del Decreto Distrital 854 de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá D.C delegó en los directores de establecimientos públicos la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Locales en los programas, subprogramas y proyectos del Plan de Desarrollo Local.

Que el Decreto Distrital 421 de 2004 modificó el artículo 35 del Decreto 854 de 2001 y asignó la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local, en los programas, subprogramas y proyectos del Plan de Desarrollo Local.

Que mediante la resolución No 620 de 2004, la Directora General del IDRD delegó en el Secretario General y en los Subdirectores la función de tramitar y culminar las actuaciones administrativas propias de la actividad contractual, como son, expedir todos los actos necesarios en las etapas precontractuales, contractuales y post-contractuales.

Que de conformidad con lo anterior, y con el fin de optimizar la gestión de la Oficina de Asuntos Locales es necesario incluir dentro del mencionado acto administrativo los procesos contractuales que se realizarán con cargo a los presupuestos de los Fondos de Desarrollo Local.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Delegase el ejercicio de la facultad de contratar, ordenar los gastos y pagos en la actividad contractual que se adelanten con cargo a los presupuestos de los Fondos de Desarrollo Local en lo que respecta a los programas de construcción de infraestructura de parques y mantenimiento al (la) Subdirector (a) Técnico de Construcciones; y en lo que respecta a los programas recreodeportivos al (la) Subdirector (a) Técnico de Deportes y Recreación.

PARÁGRAFO: La presente delegación se realiza con los alcances y prohibiciones de la resolución No 620 de 2004.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige desde la fecha de su publicación y complementa la resolución No 620 de 2004 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C a los catorce (14) días del mes de octubre de dos mil cinco (2005).

HELENA MARGARITA CARDONA URIBE

Directora General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3424 de octubre 24 de 2005.