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Acuerdo 8 de 2001 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. - Hospital Fontibón II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
12/07/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/07/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2797 de enero 14 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 008 DE 2001

(Julio 12)

"Por el cual se Modifica el artículo 37 del Estatuto Orgánico de la Entidad"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL FONTIBON EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO,

en ejercicio de sus facultades legales, estatuarias y,

CONSIDERANDO:

Que es función de la Junta Directiva aprobar el Estatuto de la Entidad como las modificaciones del mismo.

Que mediante el Acuerdo N° 001 del 31 de Agosto de 2000 se aprobó el Estatuto Orgánico de la Entidad.

Que el Decreto N° 1138 del 29 de Diciembre de 2000, proferido por el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. reglamentó el proceso presupuestal de las Empresas y Entidades descentralizadas variando en su artículo 22, el trámite de las Modificaciones Presupuestales.

Que se hace necesario por consiguiente ajustar el artículo 37 del Estatuto de la Entidad a la normatividad vigente.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo 37 del Estatuto Orgánico, Acuerdo 001-00, el cual quedará así:

"ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEPTIMO - MODIFICACIONES DEL PRESUPUESTO: Las adiciones, reducciones, aplazamientos y traslados del presupuesto, serán aprobados por el CONFIS, con sujeción a las normas sobre la materia, previo concepto favorable de la Junta Directiva, con excepción de las modificaciones presupuestales que no modifiquen el valor total de las apropiaciones de Gastos de Funcionamiento, Servicio de la Deuda e Inversión, los cuales requerirán solamente de la aprobación de la Junta Directiva, previamente a la incorporación en el Presupuesto de la Entidad, mediante Resolución proferida por el Gerente del Hospital."

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 12 días del mes de Julio del año 2001

HECTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Presidente

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2797 de enero 14 de 2003.