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ACUERDO 016 DE 2005 (Septiembre 14) Por el cual se ajustan unos empleos en la planta global de personal del HOSPITAL DEL SUR E.S.E., a la nomenclatura y clasificación de empleos, dispuesta en el Decreto Ley 785 de 2005 LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL DEL SUR, E.S.E. En ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias y demás normas concordantes en especial las conferidas por el artículo 15 del Acuerdo No. 02 de fecha 7 de septiembre de 2.000, y CONSIDERANDO Que la Ley 909 de 2005, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las Entidades Distritales. Que el Decreto 785 del 2005 establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de las entidades territoriales. Que el Decreto 785 del 17 de marzo de 2005, Artículo 21, Parágrafo 2, determina que la equivalencia en la nomenclatura en ningún caso podrá conllevar incrementos salariales. Que el Decreto 2539 del 22 de julio de 2005, artículo 10, señala que los Manuales Específicos de Funciones y Requisitos de los empleos que se van convocar a concurso, se ajustarán con fundamento en los criterios aquí establecidos, a más tardar el 15 de septiembre de 2005. Que mediante Acuerdo 006 del 6 de Octubre de 2000 se adecuó la planta de personal del Hospital del Sur Empresa Social del Estado. Que el Hospital realizó un estudio técnico para ajustar parcialmente la planta de personal a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos correspondiente al nivel profesional, técnico, asistencial de los cargos provisionales y/o vacantes. Que para poder cumplir con lo establecido es necesario ajustar parcialmente la planta de empleos. Que mediante oficio No. 3721-05 del 13 de septiembre de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió el Concepto Técnico favorable, como requisito para el ajuste parcial de la Planta de empleos del Hospital del Sur E.S.E. Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO 1°. Ajustar parcialmente la planta de personal del HOSPITAL DEL SUR E.S.E., a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos, así: HOSPITAL DEL SUR PLANTA DE PERSONAL
ARTÍCULO 2°. La Gerencia del HOSPITAL DEL SUR E.S.E., incorporará a los funcionarios, a los empleos que se ajustan mediante el presente Acuerdo y realizará la respectiva distribución de cargos de la planta global.PARÁGRAFO: Los empleados que al momento del ajuste se encuentren prestando sus servicios en el HOSPITAL DEL SUR E.S.E., deberán ser incorporados a los cargos de la planta del personal sin que se les exijan requisitos a los ya acreditados y sólo requerirán de la firma del acta correspondiente, conforme lo establece el artículo 30 del Decreto 785 de 2005. Dicha incorporación en el caso de los funcionarios de carácter provisional no genera derechos de carrera. ARTÍCULO 3°. La observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar para la ejecución del presente Acuerdo, serán responsabilidad y competencia exclusiva de la Administración del Hospital. ARTÍCULO 4°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Acuerdo No. 006 de fecha 6 de Octubre de 2000, proferido por la Junta Directiva del Hospital del Sur. COMUNÍQUESE Y CÚMPLESE Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días de septiembre de 2005. GABRIEL ENRIQUE CASTILLA CASTILLO Presidente de la Junta Directiva. |
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