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Resolución 9 de 2008 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

Fecha de Expedición:
15/01/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/01/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3916 de enero 21 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 000009 DE 2008

(Enero 15)

"Por la cual se deroga el artículo segundo (2º) de la Resolución No. 004 de 2008"

LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO (E)

En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en los artículos 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el artículo 5 del Decreto 552 de 2006,

CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de Despacho el 9 de enero de 2008 expidió la Resolución No. 004 "Por la cual se designa el Defensor del Ciudadano en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y se adopta su reglamento".

Que en el artículo segundo (2º) de la mencionada Resolución se designó como Defensora del Ciudadano en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico a la Dra. Claudia Niño Cubides, Asesora de Despacho, Código 105, Grado 05 o quien haga sus veces y como suplente a la Dra. Elena Repetto Marci, Asesora de Despacho, Código 105, grado 05 o quien haga sus veces.

Que teniendo en cuenta las funciones que tienen asignadas las Asesoras de Despacho y la complejidad que demanda la gestión del Defensor del Ciudadano, es pertinente que la Entidad diseñe y estructure un sistema especializado en atender las quejas y reclamos, así como los requerimientos dirigidos al Defensor del Ciudadano.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º. Derogación. Derogar el artículo segundo (2º) de la Resolución No. 004 de 2008.

Artículo 2º. La Dirección de Gestión Corporativa, la Oficina Asesora de Planeación y Sistemas, y la Oficina Asesora Jurídica, elaborarán una propuesta tendiente a estructurar un sistema de atención de requerimientos, quejas y reclamaciones y de Defensoría del Ciudadano, en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, dentro del mes siguiente a la expedición de la presente resolución.

Artículo 3º. Este acto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de enero de dos mil ocho (2008).

MARTHA MADRID MALO DE ANDREIS

Secretaria de Despacho (E)

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3916 de enero 21 de 2008