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RESOLUCIÓN 694 DE 2001 (Diciembre 19) Por la cual se adiciona el Manual Específico de Funciones y Requisitos de los empleos de la planta global del Instituto Distrital de Cultura y Turismo LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE CULTURA Y TURISMO En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los Acuerdos No. 01 y 02 de 2001, y CONSIDERANDO: Que es necesario efectuar adiciones al Manual de Funciones y Requisitos, expedido por la Resolución No. 410 de 2001, en la medida en que algunas disciplinas académicas no fueron tenidas en cuenta al momento de definir los perfiles de los cargos que integran la planta de personal de la entidad y algunas funciones deben ser adicionadas y precisadas para que se ajusten a las necesidades reales del Instituto; Que el Numeral 8 del Artículo 8 del Acuerdo 01 de 2001 y el Numeral 8 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2001, de la Junta Directiva de la entidad, facultan al Director General, para establecer las funciones y procedimientos y expedir las reglamentaciones que requieran las dependencias y cargos de la entidad. RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Modificar el Manual de Funciones y Requisitos, en las funciones y requisitos que se señalan a continuación para el cargo Profesional especializado Código 335 Grado 03 de la planta de personal del Instituto, de acuerdo con su ubicación en la estructura organizacional así: NIVEL PROFESIONAL IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Denominación del Empleo: Profesional Especializado Código: 335 Grado: 03 Naturaleza del Cargo: De Carrera Administrativa SUBDIRECCIÓN DE EVENTOS Y ESCENARIOS 1. Desarrollar e implementar la política logística del escenario en relación con los servicios de vigilancia, aseo, cafetería y mantenimiento en general de equipos, muebles de oficina y parque automotor, supervisando y verificando el cumplimiento adecuado de los contratos celebrados. 2. Elaborar y efectuar el seguimiento de los planes de acción, programas de trabajo y proyectos de presupuesto e inversión de los escenarios. 3. Obtener y suministrar la información necesaria para la elaboración de los boletines, afiches y fichas técnicas de programación del escenario. 4. Diseñar, preparar y coordinar la reproducción de material didáctico o de divulgación de actividades astronomitas, astronáutica, ciencias naturales o científicas en general o cultura del escenario. 5. Organizar, realizar y/o dictar talleres de carácter científico o cultura dirigidos a docentes estudiantes y público en general. 6. Proponer y ejecutar actividades orientadas a la difusión didáctica y recreativa de la astronomía y los avances tecnológicos del área en general, enfocados a docentes, niños, jóvenes y público en general. 7. Atender y absolver las consultas que de tipo científico o cultural efectué el público asistente al escenario y los habitantes y turistas del Distrito Capital. 8. Establecer contactos con entidades que prestan servicios análogos o afines a los del escenario para la obtención e intercambio e información y productos, y desarrollar los trámites del caso. 9. Participar y apoyar la optimización de los procesos administrativos, técnicos y operativos de la dependencia y área de trabajo, realizando análisis y detectando las deficiencias de dicho proceso, y proponiendo los ajustes que estime conveniente introducir a los mismos para su mejoramiento. 10. Desarrollar labores de organización de un grupo o área de acuerdo a las asignaciones que efectué la Dirección General de la entidad. 11. Representar al jefe de la dependencia en los asuntos y eventos que éste determine, y asistir a las reuniones de los consejos, juntas o comités de los cuales sea miembro por reglamentación o por delegación o designación expresa del superior inmediato. 12. Realizar el control interno sobre las funciones propias del cargo. 13. Fomentar la aplicación de indicadores de gestión, estándares de desempeño y mecanismos de evaluación y control de los procesos a cargo de la dependencia. 14. Cumplir los procedimientos administrativos establecidos para los distintos procesos en los que deba intervenir, desarrollando las actividades especificas que le correspondan en relación con los mismos. 15. Rendir los informes de gestión sobre su cargo que le sean requeridos por el superior jerárquico o el Director General. 16. Desempeñar las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño. REQUISITOS DEL CARGO EDUCACIÓN Título Universitario en Administración de Sistemas de Información o Administración de Información o Contaduría Pública o Comercio Exterior o Ingeniería de Sistemas o Gestión Empresarial o Ingeniería Industrial o Negocios Internacionales o Ingeniería Financiera o Administración Pública o Administración de Empresas o Administración Empresarial y Pública o Económica o Ingeniería Administrativa o Ciencia Política o Estadístico o Psicología o Psicología Organizacional o Finanzas y Relaciones Internacionales o Relaciones Internacionales o Comercio Internacional o Derecho o Artes Plásticas o Diseño Gráfico o Arquitectura o Música o Licenciatura en Música o Licenciatura en Artes Visuales o Licenciatura en Arte Escénico o Artes Dramático o Diseño Industrial o Diseño Visual o Ejecución Instrumental o Ballet o Dirección Musical o Pedagogía Musical o Lenguas Modernas o Idiomas o Comunicación Social o Periodismo o Publicidad o Trabajo Social o Antropología o Sociología o Filosofía o Historia o Ingeniería Geográfica o Ingeniería Catastral o Física o Matemática o Biología y titulo especializado en disciplinas académicas relacionadas con las distintas funciones del cargo. EXPERIENCIA Dos años de experiencia profesional REQUERIMIENTOS ESPECIALES Acreditar tarjeta, matricula o licencia profesional en los cargos reglamentados por la ley. EQUIVALENCIAS ESPECIALES Cuando las funciones de un empleo comprendan la dirección, asesoría, coordinación y ejecución de actividades en el campo de las artes, los requisitos exigibles podrán ser compensados por la comprobación de experiencia y producción artística, en los términos definidos en las normas legales vigentes. ARTÍCULO 2°. Remítase copia de la presente Resolución a la Oficina Asesora de Planeación, Subdirección Administrativa y Financiera y al Grupo de Recursos Humanos. ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de Diciembre ROCIO LONDOÑO BOTERO Directora General |