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Decreto 89 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/04/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 089 DE 2008

(Abril 10)

"Por el cual se prorroga periodo de sesiones extraordinarias del Concejo de Bogotá D.C."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.  Modificado por el Decreto Distrital 114 de 2008. Modifíquese el artículo 1° del Decreto distrital 066 del 18 de Marzo de 2008, en el sentido de prorrogar las sesiones extraordinarias del Honorable Concejo de Bogotá, convocadas por el Gobierno Distrital, hasta el 25 de Abril de 2008, con el propósito de que el cabildo continúe con el estudio del Proyecto de Acuerdo al que se refiere el Artículo segundo del mencionado Decreto.

ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de Abril de 2008

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor