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DECRETO 2189 DE 2009 (junio 12) por el cual se modifica el artículo 33 del Decreto 962 del 20 de marzo del 2009. EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, Delegatario de Funciones Presidenciales, mediante Decreto 2045 del 4 de junio de 2009, en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política. DECRETA: Artículo 1°. El artículo 33 del Decreto 962 del 20 de marzo de 2009, quedará así:"Artículo 33. Vigencia. El presente decreto comenzará a regir el 20 de noviembre de 2009". Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2009. FABIO VALENCIA COSSIO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar. El Viceministro de Comercio Exterior, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Gabriel A. Duque Mildenberg. NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47378 de junio 12 de 2009. |