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DECRETO 271 DE 2001 (Abril 5) Derogado por el art. 5, Decreto Distrital 356 de 2003 NOTA: El presente Decreto fue declarado NULO por el Consejo de Estado, mediante Fallo de mayo 22 de 2008 (Ref. 250002325000200106142 02) "Por el cual se modifica la Planta de Personal de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones" Modificado por el Decreto Distrital 171 de 2002, Modificado por el Decreto Distrital 497 de 2002 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C. En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 270 del 5 de abril de 2001 se estableció la Planta Global de Personal de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C. Que la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C., en cumplimiento del artículo 41 de la Ley 443 de 1998, reglamentada por los Decretos 1572 y 2504 de 1998, adelantó el estudio técnico pertinente. Que mediante oficio No. 1300 de abril 5 de 2001, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la modificación de la Planta de Personal de la entidad. Que mediante oficio No. 081, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C. expidió viabilidad presupuestal número 81 para amparar la modificación a la Planta de Personal de la entidad. Que en mérito de lo expuesto, Ver el Acuerdo Distrital 59 de 2002 DECRETA: Artículo Primero.- Suprimir, a partir de la vigencia del presente Decreto, los siguientes cargos de la Planta global de Personal de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C.:
Artículo Segundo.- Las funciones propias de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C. serán cumplidas por la Planta Global de Personal que se establece a continuación:
Artículo Tercero.- Los empleados de carrera a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, podrán optar por ser incorporados a empleo equivalente o por recibir indemnización de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998.El procedimiento aplicable a lo consagrado en el presente artículo será el establecido en el Título III del Decreto 1568 de 1998. Parágrafo. La indemnización a que se refiere el inciso primero del presente artículo, se reconocerá y pagará de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998. Artículo Cuarto.- Cuando los servidores públicos que ocupan los cargos suprimidos en virtud de lo dispuesto en el presente decreto se encuentren bajo situaciones jurídicas que hagan imposible su retiro efectivo del servicio, éste se producirá cuando cesen los efectos de tales situaciones. Artículo Quinto.- Facúltase al Secretario de Hacienda de Bogotá D.C., para realizar la incorporación de los funcionarios a la Planta Global de Personal que se adopta mediante el presente decreto. Artículo Sexto.- Autorízase al Secretario de Hacienda de Bogotá D.C., para distribuir los empleos de la Planta Global de Personal, de conformidad con la estructura, naturaleza, necesidades del servicio y los planes y proyectos de la entidad, en armonía con los principios de la Función Pública. Artículo Séptimo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente decreto por concepto de indemnizaciones laborales que se causen con ocasión de la supresión de cargos, se reconocerán y pagarán conforme a lo dispuesto en las normas legales, con cargo al presupuesto de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C., amparadas con la Disponibilidad Presupuestal No. 228 de abril 5 de 2001. Artículo Octavo.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los Decretos números 034, 292 de 1997, 526, 576, 708 de 1998, 301, 599, 874 y 875 de 1999, 027, 169, 457, 545 y 694 de 2000 y deroga las normas que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C., a los cinco (5) días del mes de abril de dos mil uno (2001). ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor ISRAEL FAINBOIM YAKER Secretario de Hacienda Distrital NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. |