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Resolución Reglamentaria 20 de 2011 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
08/07/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/07/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4690 de junio 13 de 2011.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 020 DE 2011

(Julio 08)

Derogada por el art. 6, Resolución Reglamentaria Contraloria Distrital 005 de 2012

"Por la cual se adopta un nuevo eslogan para la Contraloría de Bogotá D.C."

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 361 de 2009 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Reglamentaria 022 del 11 de junio 2002, se "Adoptó el nuevo Logosímbolo Institucional de la Contraloría de Bogotá, Distrito Capital".

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 015 del 29 de mayo de 2009, como una forma de conmemorar los 80 años de la Entidad se adoptó la utilización de un logosímbolo alusivo a su cumpleaños, por lo cual se ordenó suspender temporalmente el uso del institucional adoptado por la Resolución Reglamentaria antes citada.

Que en los artículos tercero y cuarto de la Resolución Reglamentaria 015 de 2009 se estableció incluir como pie de página la frase "Al rescate de la moral y la ética pública", reforzada en su base con una línea roja y amarilla, la página web, la dirección del edificio donde se localiza la sede central de la Entidad y el PBX.

Que la Contraloría de Bogota D.C. expidió la Resolución Reglamentaria 035 del 30 de diciembre de 2009, mediante la cual se adoptaron los procedimientos para la proyección, envío y recepción de comunicaciones oficiales internas y externas que incluyen el símbolo, logotipo y pié de página institucionales.

Que el 11 de mayo de 2010 se posesionó ante el Concejo de Bogotá el nuevo Contralor elegido por esa Corporación.

Que es procedente incluir en las comunicaciones oficiales internas y externas un mensaje que materialice el compromiso adquirido por el nominador al asumir la dirección de la Contraloría de Bogotá D.C.

Que el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009 "Por la cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", en su Artículo 34, estableció las funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones y en su numeral 1º está la de "Asesorar al Contralor de Bogotá en lo referente a la imagen institucional, la divulgación y el diseño de programas y esquemas de diversos géneros de informacion para todos los medios de comunicación".

Que el citado Acuerdo en su Artículo 38, estableció las funciones a la Dirección de Informática y en su numeral 5º está la de: "Asesorar en el procesamiento de la información que requieran las diferentes dependencias de la Contraloría de Bogotá D.C."

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Utilizar la frase "Credibilidad y confianza en el control", la cual deberá ser incluida para todas las comunicaciones oficiales internas y externas de la Entidad en la parte superior, centrada, abajo del logotipo institucional, en un recuadro entre comillas, letra arial 12 y en negrillas, como se indica a continuación:

"Credibilidad y confianza en el control"

ARTÍCULO SEGUNDO. El pie de página en las comunicaciones oficiales internas y externas irá centrado y estará compuesto por: la página web, la dirección del edificio donde se localiza la sede central de la Entidad y el PBX, como se indica a continuación:

www.contraloriabogota.gov.co

Cra. 32A No. 26A-10

PBX 3358888

ARTÍCULO TERCERO. Corresponde a la Dirección de Informática realizar los ajustes pertinentes en el aplicativo SIGESPRO para la producción de las comunicaciones oficiales internas y externas de la Entidad.

ARTÍCULO CUARTO. Le corresponde a la Oficina Asesora de Comunicaciones velar por el cumplimiento de esta disposición para todos los eventos oficiales que se cumplan en la Entidad.

ARTÍCULO  QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución Reglamentaria No. 015 del 29 de mayo de 2009 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes de julio de dos mil once (2011).

MARIO SOLANO CALDERÓN

Contralor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4690 de julio 13 de 2011.