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DECRETO 425 DE 2013 (Septiembre 27) “Por el cual se prorrogan unos empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda” EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Numeral 9 del Artículo 38 del Decreto- Ley 1421 de 1993 y del artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y CONSIDERANDO: Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales. Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo. Que en cumplimiento de lo establecido, se presentó la justificación técnica ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, para la creación de la planta temporal de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien emitió concepto técnico favorable mediante oficio número 2012EE3484 del 20 de diciembre de 2012. Que mediante Decreto Distrital 586 del 2012, fue creada la planta temporal, con setecientos ochenta (780) empleos, y vigencia del 1° de enero al 30 de septiembre de 2013, para garantizar la continua prestación de los servicios institucionales, así como el logro de los objetivos y metas contempladas en los planes institucionales. Que para efectos de dar continuidad y cumplimiento a las metas propuestas por esa Secretaría, en el marco del nuevo Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”, y con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo, mientras se surten los trámites necesarios para la implementación de la nueva estructura y planta de cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda, en cumplimiento de la política distrital de formalización del empleo, se requiere prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2015 la planta temporal creada mediante Decreto Distrital 586 del 2012, tiempo en el cual se tiene proyectado realizar los trámites pertinentes para la implementación y adecuación de la nueva estructura organizacional y la ejecución del plan de provisión de los cargos creados, ya sea de manera definitiva o transitoria, atendiendo las normas que regulan dicha provisión, sin que se afecte la prestación del servicio. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, de acuerdo a las facultades otorgadas por el Acuerdo 199 de 2005 artículo 6, mediante oficio número 2013EE2118 del 12 de septiembre de 2013, emitió concepto técnico favorable para prorrogar la planta temporal de la Secretaría Distrital de Hacienda en los términos ya expuestos. Que los nombramientos que se efectúen en los cargos de la planta temporal podrán ser prorrogados previa disponibilidad presupuestal y atendiendo el desarrollo del plan de provisión de cargos de la nueva estructura de la entidad, que se dé como resultado de la implementación y de la provisión de la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda. Que para los fines de este Decreto la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal mediante oficio radicado N° 2013EE24272 del 18 de septiembre de 2013. En mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO 1º. Prorróguese hasta el 31 de diciembre de 2015, la vigencia de los empleos de carácter temporal creados mediante Decreto Distrital 586 del 2012, en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda: Ver Resolución Sec. Hacienda 114 de 2015.
ARTÍCULO 2º. Los empleos temporales prorrogados en el presente decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan. ARTÍCULO 3º. La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en los artículos 3º y 4º del Decreto 1227 de 2005. ARTÍCULO 4º. Los nombramientos efectuados podrán ser prorrogados de conformidad con las disponibilidades presupuestales y atendiendo el plan de provisión de los cargos de la nueva estructura de la Secretaría Distrital de Hacienda. ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013). GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor RICARDO BONILLA GONZÁLEZ Secretario Distrital de Hacienda CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5210 de septiembre 30 de 2013. |