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Acuerdo 3 de 1909 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/06/1909
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/06/1909
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 3 DE 1909

(Junio 7)

Sobre nomenclatura de puentes, plazas, avenidas, etc., de la ciudad

EL CONCEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales,

Ver el art. 20, Acuerdo Distrital 1 de 1981

ACUERDA:

ARTICULO 1. Desde la sanción de este Acuerdo, los puentes que existen sobre los ríos y quebradas de la ciudad, las plazas, plazuelas, parques y avenidas, tendrán los nombres que se indican a continuación:

PUENTES SOBRE EL RIO SAN FRANCISCO

"Holguín", en el Paseo Bolívar;

"El Libertador", en la carrera 1ª;

"Boyacá", en la calle 19;

"Colón", en la calle 18;

"Santander", en la carrera 4ª;

"Gutiérrez", en la carrera 6ª;

"San Francisco", en la carrera 7ª;

"Cundinamarca", en la carrera 8ª;

"Baraya", en la carrera 9ª;

"García Rovira", en la carrera 10ª;

"Sucre", en la calle 13;

"San Victorino", en la calle 12;

"Acebedo Gómez", en la calle 11;

"Los Mártires", en la calle 10;

"Núñez", en la calle 9;

"Arrubla", en la calle 8;

"Caldas", en la calle 7; y

"Uribe", en la carrera 13ª.

PUENTES SOBRE EL RIO SAN AGUSTIN

"Bolívar", en la carrera 4ª;

"El Carmen", en la carrera 5ª;

"De Lesmes", en la carrera 6ª;

"San Agustín", en la carrera 7ª;

"Caicedo", en la carrera 8ª; y

"Cualla", en la carrera 9ª; y

"Córdoba", en la carrera 10ª;

PUENTE SOBRE LA QUEBRADA DE GUADALUPE

"Madero", en la carrera 3ª;

PUENTE SOBRE LA QUEBRADA DE EGIPTO

"De Maza", en la calle 11ª;

PUENTES SOBRE LA QUEBRADA DE SAN JUANITO

"San Juanito", en la carrera 6ª;

"Nariño", en la carrera 7ª;

"Ricaurte", en la carrera 8ª;

PARQUES

"El Centenario", en San Diego;

"Santander", en la plaza del mismo nombre;

"Bolívar", en la plaza del mismo nombre;

"Los Mártires", en la plaza del mismo nombre;

"De Reyes", al Oriente del de "El Centenario".

PLAZAS

"Bolívar";

"Santander";

"Los Mártires";

"San Agustín";

"Jiménez de Quesada", antigua de "Las Nieves";

"De Armas", antigua de "Las Cruces";

"Policarpa", antigua de "Las Aguas";

"España", antigua de "Maderas";

"Camilo Torres", antigua de "La Capuchina";

"Nariño", antigua de "San Victorino";

PLAZUELAS

"San Carlos", frente al tempo de San Ignacio;

"Egipto", frente a la iglesia de su nombre.

AVENIDAS

"De la República", antiguo "Camellón de Las Nieves";

"De Colón", antiguo "Camellón de San Victorino";

"De Boyacá", antigua "Alameda", y

"Paseo Bolívar", antigua "Aguanueva".

PARAGRAFO. La inscripción en mármol que se puso en el puente de la carrera 11, sobre el río San Agustín, se trasladará al puente "Cualla", en la carrera 9ª.

ARTICULO 2. Estando vigentes los Acuerdos números 16 de 1886 y 20 de 1987 sobre nomenclatura de vías públicas y numeración de puertas en la ciudad, queda el Sr. Gobernador, en su carácter de Alcalde Municipal, encargado de hacer cumplir estrictamente esos acuerdos para los efectos del cambio que se va a hacer, de las tablillas de numeración y nomenclatura existentes, por las placas metálicas contratadas en el Exterior; teniendo en cuenta las denominaciones que se fijan por el artículo anterior, cuando se vayan a colocar las placas, en puentes, avenidas, plazas, etc.

PARAGRAFO. Para las dudas que se puedan presentar, tendrán en cuenta el Sr. Alcalde, el Acuerdo número 2 de 1905, que trata de la misma materia.

ARTICULO 3. En todos los locales destinados para escuelas públicas, hará colocar el Sr. Alcalde placas metálicas, de la misma clase de las contratadas para la nomenclatura y del tamaño de 60 centímetros por 30 centímetros, con esta inscripción.

Escuela pública primaria del Municipio

ARTICULO 4. Para la nomenclatura y numeración del barrio de Chapinero, se tendrá en cuenta, por la Gobernación, el Acuerdo citado número 2 de 1905.

Dado en Bogotá, a siete de Junio de mil novecientos nueve.

El Presidente, JOSE MANUEL RESTREPO S.

El Secretario, Antonio M. Londoño

Gobernación del Distrito Capital – Bogotá, Junio 14 de 1909

Publíquese y ejecútese.

JORGE VELEZ

El Secretario General,

JULIO D. PORTOCARRERO