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RESOLUCIÓN
1 DE 1999 (febrero 5) por la
cual se adoptan los códigos y las siglas para identificar las diferentes
dependencias que integran la estructura orgánica de la Contraloría de Santa Fe
de Bogotá, D.C. el
Contralor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio
de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 10 y
numeral 22 del artículo 12 del Acuerdo 16 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que mediante el
Acuerdo 16 de 1993 el Concejo de Bogotá determinó en el artículo 11, la
estructura orgánica de la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C., Que es necesario
determinar los códigos y las siglas para identificar las dependencias de la
Entidad en los diferentes trámites técnicos y administrativos. Que al emplear
los códigos y las siglas en los formatos y trámites en general, se simplifica y
se racionaliza el manejo y la administración de los documentos en la
Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C. RESUELVE: Artículo 1º.- Manejo de Códigos. El código que se determina
para cada dependencia se ha conformado con cuatro (4) dígitos que indican su
ubicación de acuerdo con la estructura orgánica de la Contraloría de Santa Fe
de Bogotá, D.C. Los dos (2)
primeros dígitos identifican las siguientes dependencias: Despacho del Contralor,
Despacho del Contralor Auxiliar, Secretaría General y unidades; el tercer (3er)
dígito identifica a las Divisiones y el cuatro (4º) dígito identifica los
grupos, áreas o programas de trabajo que sean constituidos en la estructura
interna, mediante acto administrativo. Parágrafo.- Cuando se organice en la estructura orgánica de la
Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C., grupos,
áreas o programas de trabajo de carácter especial o permanente, con el fin de
desarrollar funciones específicas, la Unidad de Planeación, a solicitud de la
dependencia interesada, le asignará el código de identificación que deberá
utilizar en los diferentes procesos técnicos y administrativos en que
intervenga, en especial los relacionados con e tramite de la correspondencia. Artículo 2º.- Código y Siglas. Adoptar los siguientes
códigos y siglas para identificar las dependencias que integran la estructura
funcional de la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C.
Artículo 3º.- Uso de Códigos y Siglas. El código y la sigla asignados a cada dependencia,
serán empleados para preparar y tramitar la correspondencia, diligenciar
formularios, elaborar trabajos, estudios e investigaciones y archivar
correspondencia y documentos. Parágrafo.- Las siglas serán empleadas en los asuntos de carácter
interno y no se registrarán en la elaboración de la correspondencia externa. Artículo 4º.- Cumplimiento. A partir de la vigencia de esta
Resolución, todos los trámites administrativos que se realicen en la
Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C., se deben
identificar con la nomenclatura prevista en la presente Resolución. Las áreas de
Correspondencia y Archivo de la Secretaría General, devolverán a la dependencia
de origen la correspondencia que no se tramite con los nuevos códigos y
verificarán en coordinación con la Unidad de Control Interno su estricto
cumplimiento. Artículo 5º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de
su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 5 de febrero de 1999. El Contralor, JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO. |