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RESOLUCION 3744 DE 2003 (Noviembre 11) "Por la cual se modifica el Artículo Vigésimo Primero de la Resolución 2487 del 2 de septiembre de 2003" LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL, en uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas por las leyes 115 de 1994 y 715 de 2001, Decreto Distrital 816 de 2002 y los artículos 1 y 3 del Decreto No. 538 del 11 de junio de 1998, y, CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 2487 del 2 de septiembre de 2003, por la cual se establecen directrices, criterios, procedimientos y el cronograma para atender la demanda, en los niveles de preescolar, básica y media del sistema de educación oficial del Distrito Capital, para el año 2004, y se dictan otras disposiciones. Que la educación es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Política de Colombia y un servicio público que cumple una función social, a cargo del Estado, la sociedad y la familia, la cual es obligatoria entre los cinco (5) y quince (15) años de edad y comprende, como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. Que así mismo, corresponde el estado velar por la calidad en la presentación del servicio y asegurar las condiciones necesarias para el ingreso y permanencia de los (as) niños (as) y jóvenes dentro del sistema escolar. Que el artículo 95 de la ley 115 de 1994 establece que la matrícula formaliza la vinculación del educando al establecimiento educativo y se realiza por una sola vez y se renueva para cada período académico. Que la resolución 1515 de 2003 emitida por el Ministerio de Educación Nacional establece las directrices, criterios, procedimientos y cronograma para la organización del proceso de asignación de cupos y matrícula para los niveles de Preescolar, Básica y Media de las instituciones de educación formal de carácter oficial en las entidades territoriales. Que la resolución 3197 del 30 de Octubre de 2003 por medio de la cual se establece el Calendario Académico General del año 2004, para los establecimientos educativos oficiales de educación formal de Bogotá D.C. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el artículo vigésimo primero de la resolución 2487 del 2 de septiembre de 2003: " LAS FASES Y CRONOGRAMA DEL PROCESO DE MATRÍCULA 2004", el cual para todos los efectos queda así: "ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. LAS FASES Y CRONOGRAMA DEL PROCESO DE MATRICULA 2004. Para el desarrollo del proceso de matrícula 2004, los establecimientos educativos, los CADEL y las Direcciones de Planeación, Cobertura y Servicios Informáticos, se regirán por el siguiente cronograma, de acuerdo con los procedimientos establecidos para cada fase y teniendo en cuenta el calendario académico para el 2004:
ARTÍCULO 2. La presente resolución rige a partir de su publicaciónPublíquese Dada en Bogotá, D.C. a los 11 días del mes de Noviembre de 2003 LEONARDO VILLA ARCILA Secretario de Educación ( E )
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