RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 22 de 1970 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/12/1970
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/02/1970
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 22 DE 1970

ACUERDO 22 DE 1970

(Diciembre 10)

"Por el cual se honra la memoria del Sacerdote CAMILO TORRES".

El Concejo del Distrito Especial de Bogotá,

CONSIDERANDO:

Que el día 15 de Febrero próximo se cumple el 5.º aniversario del sacrificio del Padre Camilo Torres Restrepo caído en lejanas tierras de Santander cuando combatía por los ideales que consideraba justos; sin que aun hayan sido entregados a sus familiares y al pueblo sus despojos mortales para darles humanitaria sepultura;

Que todo el pueblo colombiano, y en particular el de su ciudad natal, Bogotá, fueron conmovidos por la prematura desaparición de quien tanto se preocupo por el mejoramiento de las condiciones morales, intelectuales y económicas de las clases necesitadas del país, y

Que es un deber del Concejo honrar la memoria de quienes han enaltecido la inteligencia y la dignidad colombianas y que con sus hechos se incrustaron en la historia nacional,

ACUERDA:

ARTICULO 1.º Frente a la residencia donde nació el sacerdote Camilo Torres se colocará sobre la pared una placa en bronce con el efigie en alto relieve del caudillo sacrificado, con la siguiente inscripción:

"Aquí nació el Sacerdote Camilo Torres Restrepo, Caudillo y Mártir

de la democracia colombiana."

ARTICULO 2.º En la Calle 45 carrera 24, iniciaron zona verde de la calzada central delindando también con la diagonal 22, se ergirá un busto del Sacerdote Camilo Torres en cuya plataforma se escribirá esta leyenda: (Camilo Torres Restrepo 1929 . 1966) "Su vida al servicio de un pueblo, su sacrificio la esperanza de su redención".

ARTICULO 3.º Los contratos que sea necesario hacer en desarrollo del presente Acuerdo requerirán para su validez únicamente de la aprobación de la Junta Asesora y de Contratos.

ARTICULO 4.º Autorízase a la Administración para efectuar los traslados presupuestales que sean necesarios para el cumplimiento de este Acuerdo.

ARTICULO 5.º El presente Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en Bogotá, D.E., a los diez (10) días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta (1970).

La Presidenta del Concejo, MARIA EUGENIA ROJAS DE MORENO.

El Secretario General, Delio M. Enciso C.

Concejo del Distrito Especial de Bogotá, 15 de Febrero de 1971.

Publíquese y ejecútese.

La Presidenta del Concejo, MARIA EUGENIA ROJAS DE MORENO.