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Decreto 43 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/02/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/02/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3045 del 13 de febrero de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 043 DE 2004

(Febrero 18)

Derogado por el art. 5, Decreto Distrital 626 de 2007

"Por el cual se efectúan unas asignaciones en relación con la operación, mantenimiento y administración de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales el Salitre –PTAR El Salitre"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En uso de las facultades que le confieren los artículos 38, 39 Y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO

Que por medio del artículo 11 del Decreto 854 de 2001 se delegó en el Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente –DAMA- la representación legal, judicial y extrajudicial del Distrito Capital de Bogotá, para todos los efectos relacionados con el contrato de concesión 015 de 1994, el cual tiene por objeto el tratamiento de las aguas residuales de Bogotá Distrito Capital por el sistema de concesión a través de las plantas El Salitre, Fucha y Tunjuelito.

Que mediante Resolución 2036 del 31 de diciembre de 2003, el Director del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente –DAMA, resolvió declarar la terminación unilateral del Contrato de Concesión 015 de 1994, con fundamento en el artículo 17 numeral 1° de la Ley 80 de 1993 y ordenó la entrega de los bienes que hacen parte de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales El Salitre –PTAR El Salitre, al Distrito Capital.

Que la anterior providencia fue notificada personalmente al representante legal del concesionario del contrato de Concesión 015 de 1994, esto es, la Sociedad Bogotana de Aguas y Saneamiento Suez Lyonnaise Des Eaux Degremont ESP S.A., y al representante legal de la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A., CONFIANZA S.A., garante del cumplimiento de las obligaciones del citado contrato, los días 13 y 15 de enero de 2004, respectivamente.

Que en contra de la Resolución 2036 del 31 de diciembre de 2003 no se presentó recurso alguno, quedando debidamente ejecutoriada el 23 de enero de 2004, conforme lo señala la constancia de notificación expedida por la Subdirección Jurídica del DAMA.

Que como resultado de lo anterior y a partir de la ejecutoria del acto administrativo, el Distrito Capital recibió el uso y la tenencia de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales El Salitre –PTAR El Salitre.

Que la estructura de captación de la PTAR El Salitre, es parte fundamental para garantizar el drenaje del sistema de alcantarillado del Distrito Capital, lo que hace que dicha PTAR sea necesaria para el correcto funcionamiento del sistema de alcantarillado de la ciudad.

Que por tanto, se hace necesario establecer las nuevas condiciones de operación, mantenimiento y administración de la PTAR El Salitre, teniendo en cuenta las recomendaciones y los lineamientos trazados por el Gobierno Distrital en el propósito de saneamiento del Río Bogotá, el cual vincula de manera especial al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente –DAMA- y a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Asignar al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente –DAMA, la función de establecer las condiciones de uso y tenencia de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales El Salitre –PTAR El Salitre.

ARTICULO SEGUNDO.- Asignar a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, por un término renovable de seis (6) meses, con base en las necesidades del servicio de alcantarillado de Bogotá D.C., la función de operar, mantener y administrar la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales El Salitre –PTAR El Salitre, de acuerdo con las condiciones que sean necesarias y oportunas en criterio del DAMA y de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, para su correcto funcionamiento y el del alcantarillado de la ciudad.

PARÁGRAFO.- Facultar al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente –-DAMA- y a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, para que realicen los convenios y suscriban los actos administrativos que sean necesarios para concretar la entrega de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales El Salitre –PTAR El Salitre, para el cumplimiento de los fines señalados en el presente decreto.

ARTICULO TERCERO.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C. a los dieciocho (18) días del mes de Febrero de 2004.

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General

Nota: Publicado en el Registro Distrital 3045 del 13 de febrero de 2004.