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Circular 10 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/02/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/02/2004
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR No. 10 de 2004

Derogada por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011

Unificada por la Circular de la Secretaría General 34 de 2004 

2-2004-06103 10 de febrero de 2004

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO; GERENTE DE LA UNIDAD EJECUTIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS; DIRECTORES Y GERENTES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS; EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS; DIRECTORES DE ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS, ALCALDES LOCALES Y VEEDURÍA.

DE:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ

ASUNTO:

PRESENTACIÓN DE PRUEBAS DOCUMENTALES EN ACTUACIONES JUDICIALES.

Ver Circulares 8 de 2004, 9 de 2004

Mediante la Circular No. 027 del 20 de junio de 2003 emanada de este Despacho, se impartieron instrucciones relacionadas con la forma como se debían aportar las copias de actos administrativos dentro de las actuaciones judiciales en las cuales sea parte alguna entidad distrital.

En efecto, siguiendo el criterio del Tribunal Superior de Bogotá, así como de otras autoridades judiciales que vienen exigiendo, con fundamento en el artículo 188 del C.P.C., que el texto de las normas jurídicas de alcance no nacional – como los actos administrativos - sean aportadas al proceso en copia auténtica, se reitera una vez más la necesidad de aportar siempre, en copia auténtica, todos los actos administrativos que se pretendan hacer valer dentro de los distintos procesos judiciales en los que participen, con el propósito de disminuir el riesgo jurídico y por ende, atender en forma adecuada los intereses del Distrito Capital.

De igual manera les solicitamos aportar dentro de las oportunidades procesales del caso, las pruebas documentales que reposen en las dependencias distritales, obviando en lo posible solicitarle a los jueces para que oficien a efectos de que se remitan tales documentos.

Cordialmente,

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General