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DECRETO 1021 DE 2004 (Abril 1º) Por el cual se modifica el Decreto 851 de 4 de abril de 2003. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 17 y 18 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 2740 de 2001 el Gobierno Nacional adoptó las políticas de desarrollo administrativo formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y dentro de ellas las relativas a la democratización de la Administración, a los rediseños organizacionales, y a la moralización y transparencia de la misma; Que mediante Decreto 851 de 4 de abril de 2003 se conformó el Comité de Enlace entre el Sector Público y el Sector Privado; Que se hace necesario prorrogarla duración del Comité de Enlace entre el Sector Público y el Sector Privado, toda vez que dentro de los objetivos del Comité se encuentra el de participar activamente en el Programa de Renovación de la Administración Pública, DECRETA: Artículo 1º. El artículo 7° del Decreto 851 de abril 4 de 2003 quedará así: "Artículo 7º. Duración. El Comité será una instancia transitoria que operará hasta el 4 de abril de 2005." Artículo 2º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 7° del Decreto 851 de 4 de abril de 2003 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 1º de abril de 2004. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Director del Departamento Nacional de Planeación, Santiago Montenegro Trujillo. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano. Nota: Publicado en el Diario Oficial 45509 de Abril 2 de 2004. |