RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 85 de 1999 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
12/01/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/01/1999
Medio de Publicación:
Diario Oficial 43477 de enero 15 de 1999
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 085 DE 1999

DECRETO 085 DE 1999

(Enero 12)

Por el cual se adiciona el artículo 8° del Decreto número 1737 del 21 de agosto de 1998.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189, numerales 11 y 20, de la Constitución Política y el artículo 76 del Decreto 111 de 1996,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónase con el siguiente parágrafo el artículo 8° del Decreto número 1737 del 21 de agosto de 1998, así:

Parágrafo. El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá realizar publicaciones de lujo o con policromías, cuando se trate de publicaciones para promocionar la imagen de Colombia en el exterior o de impresos que se requieran para el cumplimiento de las funciones protocolarias del mismo.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el Decreto 1737 de 1998 y las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de enero de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Guillermo Fernández de Soto.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

Nota: Publicado en el Diario Oficial 43477 de Enero 15 de 1999.