RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 1264 de 2004 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
26/04/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/04/2004
Medio de Publicación:
Diario Oficial 45532 de abril 27 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1264 DE 2004.

(Abril 26)

Derogado por el art. 20, Decreto Nacional 4313 de 2004

"Por el cual se adiciona el artículo 5º del Decreto 1528 de 2002".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 27 y 23 de la Ley 715 de 2001,

DECRETA:

Artículo 1°. Adicionase el siguiente parágrafo al artículo 5º del Decreto 1528 de 2002:

"Parágrafo. Las Universidades que cuenten con facultades de educación o con instituciones educativas, se entiende que cuentan con reconocida trayectoria para los efectos del presente decreto."

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de abril de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Educación Nacional,

Cecilia María Vélez White

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 45.532 de Abril 27 de 2004.