Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DECRETO 359 DE 1994 (Junio 17) Por el cual se reestructuran dependencias de la Secretaría Hacienda y se modifica su organización funcional EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por los artículos 38 y 55 del Decreto - Ley 1421 de 1993: CONSIDERANDO Que corresponde al Alcalde Mayor crear, suprimir, fusionar y reestructurar dependencias en las entidades de la Administración Central, con el propósito de asegurar la vigencia de los principios de eficacia, economía y celeridad administrativa, Ver el Decreto Distrital 800 de 1996 , Ver el Decreto Distrital 333 de 2003 DECRETA: ARTICULO 1. Trasladar la Oficina de Apoyo a las JAL Subsecretaría de Hacienda, a la Dirección Distrital de Presupuesto y conformarla como Jefatura. La labor de control y evaluación de las funciones asignadas a esta Jefatura y a la División de Apoyo Presupuestal será ejercida por el Director Distrital de Presupuesto. ARTICULO 2. Además de las funciones previstas en el Artículo 30 del decreto 838 de 1993, corresponde a la Oficina Jurídica Secretaría General de la entidad, de acuerdo con las poIíticas e instrucciones señaladas por el Secretario, las siguientes: Coordinar las investigaciones disciplinarias que se adelanten en la Secretaría de Hacienda y proyectar los actos administrativos relacionados con aplicación de sanciones y los que resuelvan los recursos interpuestos contra los mismos. PARÁGRAFO. De acuerdo con lo previsto en este artículo se suprimen las funciones previstas en los literales h) e i) del artículo 9 del decreto 838 de 1993 de la Oficina de Control Interno del Despacho del Secretario. ARTICULO 3. Además de las funciones previstas en el artículo 21 del decreto 838 de 1993, corresponde al Despacho del Subsecretario de Hacienda de acuerdo con las políticas e instrucciones señaladas por el Secretario, las siguientes: Dirigir, asesorar, coordinar y diseñar los programas relacionados con las campañas de divulgación externa de los planes y proyectos que para mejorar la imagen institucional y la atención al público, se adelanten en la Secretaría y sus dependencias y vigilar su ejecución en los diversos medios de comunicación. Consolidar la información y responder por la conformación de las cuentas que deba rendir la Secretaría de Hacienda a la Contraloría Distrital para el desarrollo de sus funciones de Control. Dirigir, adelantar y coordinar las acciones relacionadas con la administración y custodia de los bienes y archivos de la extinguida y liquidada Empresa Distrital de Buses. ARTICULO 4. Además de las funciones previstas en el artículo 37 del decreto 838 de 1993, corresponde al Despacho del Director Distrital de Impuestos imponer las sanciones que haya lugar a las entidades recaudadoras. PARÁGRAFO. El literal c) del artículo 39 del decreto 838 de 1993, quedará así: "Proponer las sanciones que deban imponerse a las entidades recaudadoras, de conformidad con las normas aplicables". ARTICULO 5. El literal g) del artículo 7 del decreto 838 de 1993, quedará así: Coordinar, a través de la Secretaría Técnica del Comité, la elaboración de los Manuales de Funciones y Procedimientos, de la cual es responsable cada jefe de área, y velar por su actualización. ARTICULO 6. Suprimir los siguientes cargos de la planta de la Secretaría de Hacienda:
ARTICULO 7 . Crear los siguientes cargos dentro de la planta de personal de la Secretaría de Hacienda:
Los cargos de Profesional Universitario 03 creados en el presente Decreto, se asignarán a los despachos de los alcaldes locales, uno por cada Alcaldía Local. ARTÍCULO 8. Los gastos que ocasione la creación de los cargos señalados en el artículo anterior se imputarán con cargo al rubro Servicios Personales del Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de la actual vigencia fiscal. ARTICULO 9. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, modifica parcialmente el Decreto 838 de 1993 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el literal e) del artículo 40 del decreto 838 de 1993. COMUNÍQUESE y CÚMPLASE Dado en Santa fe de Bogotá D. c., a los 17 días de junio de 1994 JAIME CASTRO Alcalde Mayor JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Secretario de Hacienda BERNARDO NAVAS TALERO Director Departamento Administrativo Servicio Civil Distrital NOTA: Publicado en el Registro Distrital 854 Complemento Parte A, del 1 de julio de 1994. |