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Decreto 141 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/05/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/05/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3091 de mayo 4 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM01412004

DECRETO 141 DE 2004

(Mayo 4)

"Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el grado de Gran Oficial a los empresarios y trabajadores de Vidrio Murán S.A."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C,

Como Jefe de Gobierno de la Administración Distrital, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el Decreto 693 de 1971 y el Decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 35, y

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por Decretos números 0693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá".

Que el artículo 20 del Decreto 693 del 7 de junio de 1971 señala que la placa de gran oficial podrá concederse a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios a la república o a la ciudad.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", se reunió el día 4 de mayo de 2004 y aprobó de conformidad con el artículo 7 del Decreto No. 693 del 7 de junio de 1971, otorgar la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el grado de Gran Oficial, a los empresarios y trabajadores de Vidrio Murán S.A..

Que por la tragedia ocurrida en la Avenida Suba con Calle 138 el día 28 de Abril, los empresarios y trabajadores de Vidrio Murán S.A. suspendieron sus labores y se sumaron a los organismos de socorro en el rescate y auxilio de las víctimas del Colegio Agustiniano Norte, adecuaron sus instalaciones para atender los heridos, acogieron a los familiares de las víctimas y dispusieron un centro operativo para la comunidad y la administración distrital.

Que esta administración, como lo señala su bandera de gobierno "Bogotá Sin Indiferencia", hace un reconocimiento a estos ciudadanos de bien y los declara ejemplo de civismo, hospitalidad y solidaridad para la capital.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá dar justo reconocimiento a quienes se han convertido en ciudadanos ejemplares por su compromiso e indeclinable voluntad de asistir solidariamente a la comunidad, de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Otórgase la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial a los empresarios y trabajadores de Vidrio Murán S.A.

ARTÍCULO SEGUNDO.- En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración y copia del decreto en nota de estilo a los ciudadanos en mención.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, Comuníquese y Cúmplase

Dado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de Mayo del año dos mil cuatro (2004)

Luis Eduardo Garzón

Alcalde Mayor . Gran Maestre

Juan Manuel Ospina Restrepo

Secretario de Gobierno - Gran Canciller

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 3091 de Mayo 4 de 2004.