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Acuerdo 120 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/06/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/06/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3124 de junio 24 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 120 DE 2004

ACUERDO 120 DE 2004

(Junio 24)

"Por el cual se declara el Festival de Rock al Parque de Bogotá, D.C., como un evento de interés cultural"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial, en las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 12, numeral 13,

CONSIDERANDO

  1. Que durante los últimos nueve años se ha realizado con éxito y con una multitudinaria participación de ciudadanos y ciudadanas, en especial de jóvenes, en el mes de Octubre, el festival "Rock al parque".
  2. Que es deber de la Administración Distrital, y en especial del Instituto Distrital de Cultura y Turismo - IDCT, promover la participación de las personas en general y los artistas en particular y estimular los procesos democráticos y de cultura ciudadana en Bogotá.

ACUERDA:

Artículo 1°. Declarar el festival "Rock al Parque" en Bogotá D.C., el cual se realiza en el mes de octubre de cada año, como un EVENTO DE INTERES CULTURAL, con el fin de integrar la población joven de la ciudad en los programas institucionales de cultura, fomentar, dar participación y visibilidad a los mejores creadores distritales de música popular urbana contemporánea, con la observancia de las mejores actitudes de convivencia y el respeto de las normas legales vigentes.

Artículo 2°. La Administración Distrital y en especial el Instituto Distrital de Cultura y Turismo - IDCT, se encargaran de coordinar las diferentes iniciativas culturales y generar las condiciones necesarias para fomentar y realizar el Festival "Rock al Parque" en el Bogotá D.C., dentro del marco de sus competencias y de las disponibilidades presupuestales que le sean asignadas.

Artículo 3°. Con el fin de facilitar el desarrollo de la programación del Festival de "Rock al Parque", el Concejo Distrital de Cultura, las Alcaldías Locales y los Concejos Locales de Cultura y de Juventud, podrán convocar a las organizaciones juveniles de las respectivas localidades con el fin de apoyar las iniciativas de fomento artístico y los procesos de selección de los grupos que harán parte del Festival.

Artículo 4°. La Administración Distrital promoverá la participación de los/las representantes de la industria cultural y los procesos de concertación para la realización del Festival "Rock al Parque".

Artículo 5°. El Instituto Distrital de Cultura y Turismo . IDCT, el Concejo Distrital y los/las organizadores / as del evento, que garantizaran la prelación en la participación de grupos nacionales en el Festival de "Rock al Parque".

Artículo 6°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C. a los cuatro (4) días del mes de Junio de dos mil cuatro (2004).

BRUNO ALBERTO DIAZ OBREGON

Presidente

CARLOS ALBERTO SAAVEDRA WALTERO

Secretario del Despacho

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Junio 24 de 2004.