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Decreto 197 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/06/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/06/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3127 de junio 29 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 197 DE 2004

(Junio 29)

«Por el cual se efectúa un levantamiento de suspensión, modificando el Decreto 035 de febrero 5 de 2004»

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 55 del Acuerdo 24 de 1995 y el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDOS:

Que mediante el Acuerdo No.102 del 26 de diciembre de 2003 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2004, el cual fue liquidado según Decreto 524 del 31 de diciembre de 2003.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64, inciso 2° del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 035 de febrero 5 de 2004, mediante el cual se suspendieron unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2004;

Que el mencionado Decreto incluyó la suspensión de apropiaciones en el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá por la suma de Treinta y un mil millones de pesos ($31.000.000.000), provenientes del cobro del Impuesto al Servicio Telefónico Urbano Fijo, recursos que se destinarán para el fortalecimiento de la infraestructura de información y comunicaciones para la atención y despacho de llamadas de emergencia en Bogotá.

Que mediante Acuerdo N°. 119 de junio 3 de 2004, el Concejo de Bogotá expidió el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas 2004-2008 "Bogotá sin Indiferencia Un Compromiso Social contra la pobreza y la Exclusión"

Que con el fin de iniciar la ejecución del nuevo Plan de Desarrollo, la Secretaría de Hacienda y el Departamento Administrativo de Planeación Distrital expidieron en mayo 26 de 2004 la Circular de Armonización Presupuestal; la cual contiene el procedimiento que deberán observar las entidades distritales para adecuar la estructura presupuestal de los proyectos de inversión del anterior Plan de Desarrollo, a la estructura presupuestal determinada en el nuevo Plan;

Que para dar cumplimiento a este proceso de armonización presupuestal se requiere levantar la suspensión en el Presupuesto del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá de las apropiaciones mencionadas.

Que una vez se leve a cabo dicho proceso de armonización presupuestal se procederá nuevamente a establecer la suspensión de las apropiaciones, hasta tanto se tenga garantizado el ingreso de los recursos provenientes del Impuesto al servicio Telefónico Urbano Fijo.

En virtud de lo anterior,

Ver el Decreto Distrital 277 de 2004

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Levantar la suspensión en la siguiente apropiación del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia de 2004 así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARIA DE HACIENDA

31.000.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPEUSTO

31.000.000.000

3

GASTOS

31.000.000.000

3 3

INVERSIÓN

31.000.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIA PARA LA INVERSIÓN

31.000.000.000

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

31.000.000.000

3 3 2 01 17

Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C.

31.000.000.000

TOTAL LEVANTAMIENTO SUSPENSION ADMINISTRACION CENTRAL

31.000.000.000

PARÁGRAFO: El levantamiento de la suspensión de las Transferencias para Inversión en la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto a que se refiere este artículo se reflejará en el Presupuesto de Gastos de Inversión de las siguientes entidades distritales, así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y FONDOS ROTATORIOS

217

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTA D.C.

31.000.000.000

3

GASTOS

31.000.000.000

3 3

INVERSION

31.000.000.000

3 3 1

DIRECTA

31.000.000.000

3 3 1 11

Bogotá, para VIVIR todos del mismo lado

31.000.000.000

3 3 1 11 01

CULTURA CIUDADANA

31.000.000.000

3 3 1 11 01 02

Vida sagrada

31.000.000.000

3 3 1 11 01 02 6049

Adquisición y sostenibilidad de medios de transporte destinados a la prevención

7.000.000.000

3 3 1 11 01 02 6133

Creación y operación de infraestructura para mantener la presencia policial

580.000.000

3 3 1 11 01 02 6134

Mejoramiento de programas de vigilancia y comunicación para la Policía Metropolitana

23.420.000.000

TOTAL LEVANTAMIENTO SUSPENSION ADMINISTRACION CENTRAL

31.000.000.000

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de Junio de dos mil cuatro (2004).

El Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.,

LUIS EDUARDO GARZÓN

El Secretario de Hacienda,

PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO

Nota: Publicado en el Registro Distrital 3127 de Junio 29 de 2004.