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Proyecto de Acuerdo 125 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/06/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/06/2004
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 125 DE 2004

Ver Acuerdo Distrital 134 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

"Por el cual se amplía el cupo de endeudamiento autorizado mediante los Acuerdos No. 08 de 1998, No. 41 de 2001 y No. 112 de 2003"

Ver el Proyecto de Acuerdo 175 de 2004, Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 243 de 2004

Honorables Concejales:

Nos permitimos presentar a consideración del Honorable Concejo de Bogotá, el proyecto de Acuerdo "por el cual se amplía el cupo de endeudamiento autorizado mediante los Acuerdos No. 08 de 1998, No. 41 de 2001 y No. 112 de 2003"

Este proyecto de Acuerdo forma parte integral de la Estrategia de Financiación del Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", aprobado recientemente por el Honorable Concejo.

El presente proyecto busca la autorización para ampliar el cupo de endeudamiento vigente hasta por un monto de US $ 600 millones, que equivalen, sumados al saldo actual, al monto de recursos que por endeudamiento están contemplados en la estrategia financiera del Plan de Desarrollo. Desde el punto de vista técnico, el saldo de cupo actual está agotado, en tanto este saldo, por algo más de US$ 125 millones, está respaldando tanto los recursos de crédito que financian los compromisos presupuestales adquiridos por "reconocimientos" de vigencias anteriores, como los del presente año.

La presente exposición de motivos señala los aspectos tanto técnicos como jurídicos que sustentan y hacen viable la presente solicitud de ampliación de cupo, enmarcados dentro del Plan de Desarrollo, su estrategia financiera y en especial en la estrategia de endeudamiento para el periodo 2004-2008. El presente documento se encuentra estructurado en los siguientes capítulos:

Capítulo 1. PLAN DE DESARROLLO "BOGOTÁ SIN INDIFERENCIA. UN COMPROMISO SOCIAL CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN"

Capítulo 2. ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN DE DESARROLLO

Capítulo 3. ESTRATEGIA DE ENDEUDAMIENTO

Capítulo 4. JUSTIFICACIÓN JURÍDICA Y TÉCNICA DE LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE CUPO DE ENDEUDAMENTO.

Capítulo 5. ARTICULADO PROPUESTO

1. PLAN DE DESARROLLO "BOGOTÁ SIN INDIFERENCIA. UN COMPROMISO SOCIAL CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN"

El presente capítulo pretende mostrar los aspectos más relevantes del Plan de Desarrollo para la administración 2004-2008, como sigue.

En los años recientes, las administraciones de la ciudad se han ocupado, desde distintas perspectivas y con diferentes énfasis, de la mejora en la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas de la capital. Particular atención han merecido las obras de infraestructura, el sistema de transporte masivo, el espacio público, la convivencia y participación ciudadana y la ampliación de cobertura en salud, educación y servicios básicos. De igual forma, la cultura, la recreación, el medio ambiente y la eficiencia institucional han merecido especial atención.

Aunque estas inversiones han convertido a Bogotá en una ciudad moderna y pujante, los logros alcanzados deben ser complementados con más inversiones que hagan de Bogotá una ciudad con capital productivo en lo económico, incluyente en lo social y participativo en lo político.

Se hace necesario entonces, reorientar los esfuerzos y crear iniciativas en donde se integren la ciudad moderna y la ciudad humana, donde las políticas que han generado la modernización de Bogotá se mantengan. Igualmente, se tendrá un enfoque en la ciudad humana, que concibe el desarrollo como la plena vigencia de los derechos humanos en una perspectiva integral.

Para responder a todas estas exigencias, el Concejo de Bogotá ha aprobado el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2004-2008 "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", el cual gira en torno a tres Ejes estructurales:

  • El Eje Social: Se concreta en el compromiso social contra la pobreza y la exclusión, comprendiendo acciones de orden estructural y de emergencia. Entre los programas a ejecutarse se encuentran Bogotá sin hambre; Educación de calidad para todos y todas; Salud para la vida digna; Reestablecimiento de derechos e inclusión social; Combatir el trabajo, el maltrato y la explotación infantil; Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo; Escuela ciudad y ciudad escuela; Cultura para la inclusión social y Recreación y deporte para todos y todas. El 60% del de los recursos del Plan se destinarán a este eje durante el periodo 2004-2008.

  • El Eje Urbano-Regional: Tendrá como asuntos prioritarios el Plan de Ordenamiento Territorial, la perspectiva de ciudad-región y la promoción de la competitividad. Comprenderá programas como Hábitat desde los barrios, las UPZ y las UPR, Red de centralidades Distritales, movilidad y espacio público, Hábitat urbano-rural, Región integrada para el desarrollo y Bogotá productiva.

  • El Eje de Reconciliación: Fortalecerá y ampliará las estrategias de seguridad ciudadana, desarme, reconciliación, participación, descentralización y desconcentración. Se ejecutará a través de programas tales como Sistema Distrital de justicia, Gestión pacífica de conflictos, Atención integral de violencia, delincuencia y orden público, Derechos humanos para todos y todas, Resistencia civil y no-violencia, Atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización o vulnerabilidad frente a la violencia, empoderamiento ciudadano y participación efectiva y Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos.

Para articular los anteriores ejes, se encuentra aprobado el objetivo de Gestión Pública Humana, Sostenible y Eficaz, el cual busca fortalecer la gestión institucional a fin de garantizar la materialización y el respeto de los derechos constitucionales y legales de sus gentes, como condición fundamental para el logro de una Bogotá sin indiferencia.

Dentro del citado objetivo de Gestión Pública Humana, Sostenible y Eficaz, se orientarán programas tendientes a obtener una administración moderna y humana, localidades modernas y eficaces, fortaleciendo el servicio a la ciudadanía, a las acciones de control interno, desarrollando un sistema Distrital de información, fomentando canales de información, propiciará el crecimiento real de los ingresos y la disminución de la evasión, buscará fortalecer la gestión financiera del Distrito y se implementaran herramientas que conlleven a crear una cultura de racionalización del gasto y generación de ahorro.

A través de la puesta en marcha del Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión" se busca avanzar en la construcción colectiva de una ciudad moderna y humana, incluyente, solidaria y comprometida con el desarrollo del Estado Social de Derecho, con mujeres y hombres que ejercen su ciudadanía y reconocen su diversidad. Una ciudad con una gestión pública efectiva y honesta que genera compromiso social y confianza para avanzar en la reconciliación entre sus habitantes. Una ciudad integrada local y regionalmente, articulada con la nación y el mundo, para crear mejores condiciones y oportunidades para el desarrollo sostenible de las capacidades humanas, la generación de empleo e ingresos y la producción de riqueza colectiva.

2. ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN DE DESARROLLO

La estrategia financiera del Plan se fundamenta en (i) generación de ingresos y fortalecimiento de la gestión antievasión, (ii) gestión de recursos nacionales, (iii) racionalización del gasto y equidad en la inversión, (iv) una estrategia óptima de endeudamiento, (v) cofinanciación y participación local, (v) utilidades y disminución de capital de entidades descentralizadas, (vi) cooperación internacional, y (vii) un responsable manejo del riesgo y las contingencias.

El Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión" asciende a $21.9 billones para el período 2004 – 2008 (en pesos constantes del año 2004), los cuales contaran para su financiación con $15.4 billones correspondientes a la Administración Central, $3.0 billones de los Establecimientos Públicos y $3.4 billones de recursos propios de las Empresas Industriales y Comerciales (no incluye ETB, EEB). Cabe anotar que de la totalidad de los recursos que se destinarán a la financiación del Plan de Desarrollo la suma de $2.18 billones corresponden a recursos del crédito

Los recursos por la suma de $21.9 billones serán destinados a la ejecución de proyectos de inversión de acuerdo a los ejes definidos en el Plan de Desarrollo, con un gran porcentaje a atender las necesidades definidas en el Eje Social. De esta forma, el citado Eje Social demandará $13 billones para el periodo 2004-2008 (60% de participación dentro del Plan de Desarrollo), el Eje Urbano Regional $7.3 billones (34% de participación), el Eje de Reconciliación $0.75 billones (3% de participación), y el Componente de Gestión Pública Humana, Sostenible y Eficaz $0.7 billones (3% de participación).

La financiación a cargo de la Administración Central, tal y como se aprecia en el siguiente cuadro, se basará principalmente en transferencias de la Nación, ingresos corrientes así como de recursos de capital.

Cuadro 1. Financiación Plan de Desarrollo -Administración Central-

(Millones de pesos constantes 2004)

Concepto

Total 2004-2008

Total Inversión Administración Central (1)

15.382.614

Transferencias de la Nación (2)

6.541.863

Ingresos Corrientes y Recursos de Capital

6.069.260

Recursos del Crédito

2.180.563

Recursos Reducción de Capital de Empresas

590.928

Nota: (1) Contempla transferencias de inversión a establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales.

(2) Incluye transferencias SGP y regalías.

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto.

En el siguiente cuadro se presentan los recursos a ser destinados por cada uno de los sectores definidos.

Cuadro 2. Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión". Recursos por Sector.

(Millones de pesos constantes 2004)

Sector

Recursos 2004-2008

% de participación

Educación

6.912.523

31.6%

Salud

4.262.501

19.5%

Movilidad y espacio público

4.177.695

19.1%

Hábitat

3.193.231

14.6%

Bienestar Social

1.513.542

6.9%

Gobierno

686.062

3.1%

Cultura

509.786

2.3%

Hacienda

307.690

1.4%

Planeación y competitividad

166.612

0.8%

Gestión Pública

130.443

0.6%

Organismos de control

32.639

0.1%

TOTAL

21.892.725

100%

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto.

3. ESTRATEGIA DE ENDEUDAMIENTO

3.1 Endeudamiento reciente de la Ciudad

La política de endeudamiento del Distrito Capital ha estado orientada a obtener recursos de crédito mediante instrumentos de deuda que por un lado garanticen el financiamiento de las inversiones y por el otro preserven la capacidad de pago de Bogotá D.C. La administración del portafolio de la deuda del Distrito Capital se realiza en la actualidad bajo lineamientos técnicos de gestión financiera de administración de riesgos, en un contexto de intercambio entre costo y riesgo.

Bogotá presenta un endeudamiento diversificado, ha obtenido recursos provenientes de la banca doméstica, del mercado local de capitales mediante la emisión de bonos de deuda pública interna, de la banca internacional, del mercado internacional de capitales con la emisión de bonos externos, de la Banca Multilateral y de créditos de gobiernos. Esta diversificación de fuentes atenúa el nivel de riesgo de refinanciación y permite mejorar las condiciones de negociación de las operaciones de crédito público.

Durante los primeros años de esta década, el Distrito Capital contrató empréstitos que le permitieron obtener recursos de endeudamiento de diferentes fuentes: un crédito sindicado interno por $135 mil millones, donde tuvieron presencia los principales grupos financieros del país, $5 mil millones de cartera ordinaria, $25,8 miles de millones de créditos de la línea de redescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - FINDETER -, $59 mil millones de recursos de la colocación de bonos de deuda pública interna, US $100 millones de un crédito con la Corporación Andina de Fomento - CAF- y los recursos de la Primera Emisión de Bonos Externos de Bogotá D.C. por US $100 millones.

Con la colocación de bonos en los mercados internacionales se complementó el proceso de diversificación de fuentes que ha sido el resultado de la estrategia de financiamiento de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C. El Distrito Capital se constituyó en la primera entidad territorial colombiana y la segunda ciudad latinoamericana en emitir bonos en el mercado de capitales externo.

Durante el 2002 el Distrito Capital suscribió las siguientes operaciones de crédito público: i) el 5 de abril se suscribió con el BID un empréstito por la suma de US$16 millones, destinado al Programa Modernización y Fortalecimiento Institucional; ii) durante agosto y septiembre se contrataron $25 mil millones y $5 mil millones con Conavi y Granahorrar, respectivamente. Así mismo, en diciembre se contrataron $26 mil millones adicionales con Davivienda.

De otra parte, en mayo de 2003 fue colocado del primer tramo del Programa de Emisión y Colocación de Bogotá D.C. un total de $50 mil millones, en julio se colocó del segundo tramo un monto de $ 37.8 miles de millones, en septiembre se colocaron $30 mil millones y $45 mil millones del primer y segundo tramo respectivamente y el 2 de octubre del 2003 fueron colocados $6.1 miles de millones del segundo tramo del Programa de Colocación. Dentro del proceso de estructuración y colocación de este programa se obtuvieron logros importantes, como son: i) la modificación de la Resolución 400 de 1995 por parte de la Sala General de la Superintendencia de Valores, motivada por la solicitud del Distrito Capital, para permitir la Inscripción Anticipada en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de emisiones con características similares a las de un Programa de Notas a Mediano Término y; ii) el desarrollo por parte de la Bolsa de Valores de Colombia S.A. del módulo de Subasta Holandesa del Mercado Electrónico Colombiano -MEC-, por sugerencia de la Secretaría de Hacienda de Bogotá D.C.

El 4 de Junio de 2003 fue suscrito un crédito con el Banco Mundial hasta por la suma de US $100 millones, destinados a financiar parcialmente el "Proyecto de Servicios Urbanos". Dicho programa se enmarca dentro de los programas de mejoramiento de barrios y de movilidad, que hacen parte de la estrategia de inversión de la ciudad dentro del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y del Plan de Desarrollo.

Durante el presente año, se ha venido desarrollando con éxito las colocaciones del Programa de Emisión y Colocación. En el mes de febrero fueron colocados $20 mil millones del primer tramo del Programa y en el mes de marzo se colocaron $85.5 miles de millones del tercer tramo del Programa, tramo el cual se considera innovador en el mercado de capitales colombiano por sus características y que permite al Distrito Capital continuar con su política de diversificación de plazos y la creación de una curva de referencia de tasa fija.

Es de resaltar que durante el presente las emisiones de bonos del Programa de Emisión y Colocación se cotizan en el sistema continuo de la Bolsa de Valores de Colombia, lo cual redunda en una mayor liquidez de los títulos del Distrito y por ende se podrá acceder a recursos provenientes de esta fuente a unos menores costos.

3.2 Perfil de la deuda

La deuda del Distrito está diversificada entre diferentes fuentes: Banca Interna, Bonos Internos, Banca Externa, Bonos Externos, Banca Multilateral y otros. Esta variedad de fuentes reduce la dependencia de una fuente en particular, contribuye a facilitar la consecución de fondos y mejora los términos de los mismos, al generar competencia entre los prestamistas.

Como muestra el Cuadro 3, el saldo de la deuda del Distrito Capital – Administración Central a 28 de abril de 2004 ascendía a la suma de $1.879.148 millones, su vida media1 era de 3,47 años y la duración modificada2 era de 0,79.

Cuadro 3. Perfil de la Deuda de la Administración Central del Distrito Capital a 28 de abril de 2004

(Millones de pesos)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público, Subdirección de financiamiento

Al 28 de abril de 2004 la deuda externa ascendió a $894,8 miles de millones, siendo los bonos externos el que mayor porcentaje representa, mientras que la deuda interna alcanzó la suma de $984.3 miles de millones, siendo los bonos de deuda pública los más representativos en participación, seguidos por la cartera ordinaria.

Los créditos internos del Distrito se encuentran en su mayoría referenciados con una tasa DTF, adicionada a un spread; el mismo ponderado sobre el saldo de la deuda interna es de 4,25 puntos porcentuales.

Como reflejo de las disponibilidades históricas de crédito para el Distrito, el portafolio presenta una alta exposición a tasas variables. En los dos últimos años la Secretaría de Hacienda ha hecho un esfuerzo manifiesto para incrementar la contratación de créditos a tasas fijas. En los pasivos externos esta meta se ha logrado mediante la emisión externa de bonos a tasa fija, mientras que en cuanto al endeudamiento interno esta política se ha reflejado con las colocaciones del segundo y tercer tramo del Programa de Emisión y Colocación de Bogotá con bonos a tasa fija a dos y tres años respectivamente. Las participaciones al 28 de abril de 2004 eran de 73.8% para la deuda a tasa variable y de 26.2% para la deuda a tasa fija.

Con el propósito de mejorar el perfil de la deuda del Distrito Capital , desde el año 2003 se vienen realizando operaciones de cobertura y de sustitución de deuda. Es así como, entre otras, se llevó a cabo una operación de manejo sobre los compromisos del Crédito CAF-1880, consistente en un Cross Currency Swap, con el cual el Distrito Capital realizó la cobertura de por un monto de US$ 17 millones con Credit Suisse First Boston (CSFB). Así mismo, se suscribió una operación de manejo de deuda con Bear Stearns, consistente en un Cross Currency Swap, para la cobertura de tasa de cambio sobre las amortizaciones por US$ 19.875.256 del Crédito BIRF-4021.

3.3 Estrategia de financiamiento 2004-2008

Tal y como se presentó dentro de la Estrategia Financiera del Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", de los $21.9 billones (pesos constantes de 2004) a que asciende el valor del Plan de Desarrollo, se requiere contar con financiación proveniente de recursos del crédito por la suma de $2.18 billones aproximadamente.

Al analizar el destino de los recursos del crédito dentro de los sectores expuestos con anterioridad en el cuadro 2, se aprecia que una gran porción del endeudamiento será destinado a educación, bienestar social y salud. En el cuadro 4 se detallan las cifras por cada uno de los sectores que conforman el Plan de Desarrollo.

Cuadro 4. Sectores Beneficiados con Recursos del Crédito

(Millones de pesos)

SECTOR

TOTAL

EDUCACIÓN

818,402

BIENESTAR SOCIAL

305,440

SALUD

279,685

MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO

246,502

GOBIERNO

161,539

HABITAT

116,185

HACIENDA

103,889

PLANEACIÓN Y COMPETITIVIDAD

74,512

CULTURA

37,998

GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

33,711

ORGANISMOS DE CONTROL

2,700

TOTAL

2,180,563

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto.

Los recursos del crédito se destinarán a financiar algunos de los programas de cada uno de los citados sectores, de los cuales los principales serán, entre otros, (i) Reforzamiento estructural de colegios, (ii) Mejoramiento y ampliación de colegios, hospitales y jardines, (iii) Construcción de centros educativos, (iv) Bogotá sin hambre, (v) Generación de empleo e ingresos, (vi) Apoyo programas población vulnerable, (vii) Infraestructura vial, espacio público, ciclorutas, (viii) Garantizar el acceso y la atención integral en salud, y, (ix) seguridad ciudadana, no violencia y menos vulnerable.

Consecuente con esta necesidad de recursos y con las condiciones financieras más acordes al perfil financiero del Distrito Capital, una fuente importante de endeudamiento a desarrollar en esta Administración es el Programa de Emisión y Colocación de Bogotá D.C.; complementado con financiación a través del mercado externo, donde a su vez una porción de estos recursos provendrá de organismos de banca multilateral.

Para el efecto, el Distrito Capital cuenta con un Programa de Emisión y Colocación por un monto inicial de hasta 600.000 millones de pesos, el cual requerirá de ampliación de manera gradual a fin de cubrir las necesidades de financiamiento que se estiman conseguir en el mercado interno.

Las condiciones que motivaron la creación de este programa, con características similares, desde el punto de vista técnico, al esquema de endeudamiento de la Nación, fueron la fragmentación y heterogeneidad de la deuda emitida por el Distrito Capital que restringía la liquidez de los títulos colocados; la mejor calificación y madurez como colocador de Bogotá D.C. en comparación con otros gobiernos territoriales; y la restricción del mercado financiero tradicional para los montos requeridos por la capital.

Este esquema de financiamiento interno permitiría a Bogotá D.C. obtener recursos de un grupo amplio de inversionistas del mercado local, al tiempo que acceder a condiciones financieras más competitivas en comparación con otras fuentes tradicionales. Las consideraciones de mercado sugieren que el endeudamiento a través del Programa debe ser consecuente con su grado de madurez. De esta forma el nivel de colocaciones aumentaría de manera gradual por medio de la constitución de nuevos tramos a tasa fija que ayuden a crear una curva de referencia para el Distrito Capital. De acuerdo con las previsiones de los agentes colocadores de mercado que acompañan el proceso, la capacidad de absorción del mercado público de valores de los títulos del Distrito, es en promedio de $350 mil millones anuales.

De otra parte, con respecto a la Banca Multilateral, esta se constituye en el segundo pilar de la estrategia de financiamiento, cuyas condiciones en cuanto a monto, plazo y tasas de interés complementan el financiamiento interno sugerido. Los productos financieros ofrecidos por la Banca Multilateral proporcionan mayor flexibilidad en cuanto a las condiciones financieras de los préstamos obtenidos en el mercado interno, permitiendo así la construcción de un perfil de deuda más eficiente. Igualmente, los costos son mucho menores a la financiación por medio de otras fuentes externas3.

Tradicionalmente la destinación de los recursos obtenidos de la Banca Multilateral está sujeta a proyectos específicos. En el caso del Banco Mundial (BIRF), las políticas han estado enfocadas a la financiación de proyectos de inversión que logren disminuir la desigualdad y la pobreza mediante intervenciones en lo físico, lo social y lo institucional.

El financiamiento a través de la Banca Multilateral se estima en cerca de US $280 millones a lo largo del período 2005-2008. Lo anterior no consolida los créditos ya contratados cuya etapa de desembolso se prolonga hasta el año 2006.

Para complementar la estrategia de financiamiento del Distrito Capital, se deben adicionar a las cifras expuestas $10.788 millones provenientes de otras fuentes y $360 mil millones de créditos contratados que se encuentran en proceso de desembolso. De esta forma, el nuevo endeudamiento para el período 2004-2008 se mantendrá dentro de los límites de capacidad de pago establecidos en la Ley 358 de 1997, garantizando su sostenibilidad.

No se descarta la posibilidad, dependiendo de las condiciones de mercado, seguir vigente en el mercado de capitales externo dado el posicionamiento alcanzado por los bonos externos emitidos por el Distrito Capital.

Por lo tanto, el endeudamiento neto de la Administración Central del Distrito Capital durante la vigencia del Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión" tendrá en incremento estimado de $305.293 millones de pesos constantes de 2004. En el siguiente cuadro se aprecia la forma en que se obtiene el citado incremento del endeudamiento neto a partir de los desembolsos de recursos del crédito y las amortizaciones a realizarse durante el periodo 2004-2008.

Cuadro 5. Endeudamiento Neto Administración Central

(Millones de pesos constantes de 2004)

CONCEPTO

2004

2005

2006

2007

2008

TOTAL

Recursos del Crédito

440,406

404,993

591,448

348,176

395,539

2,180,563

Amortizaciones

341,046

256,966

464,323

373,111

439,823

1,875,270

Endeudamiento neto

99,360

148,027

127,125

-24,935

-44,284

305,293

Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público

De otra parte, para optimizar la planeación financiera y el manejo de los riesgos implícitos en las operaciones de crédito, se incluyó dentro de la estrategia de financiamiento 2004-2008 la ejecución de operaciones de sustitución de deuda, reduciendo así la exposición de la deuda ante riesgos financieros.

Esta clase de operaciones buscan cubrir al Distrito Capital frente a las volatilidades del mercado financiero, en especial a disminuir el riesgo de refinanciación y reducir la presión del servicio de la deuda en el año 2006, producto de la concentración de vencimientos durante ese año.

3.4 Evolución de los indicadores de endeudamiento de la ley 358 de 1997 y de la relación Deuda/PIB

La Ley 358 de 1997 establece como capacidad de pago "... el flujo mínimo de ahorro operacional que permite efectuar cumplidamente el servicio de la deuda en todos los años, dejando un remanente para financiar inversiones". El límite fijado por la mencionada ley se define a través de los siguientes indicadores:

  • Existe capacidad de pago cuando la relación intereses/ahorro operacional es igual o inferior a 40%; se define ahorro operacional como: Ingresos Corrientes – Gastos de Funcionamiento – Transferencias Pagadas.

  • Cuando esta relación se encuentra entre el 40% y el 60% se podrá contratar créditos nuevos siempre que el saldo de la deuda no se incremente más del IPC proyectado oficialmente. Si esto ocurre, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizará el nuevo endeudamiento sujeto a un plan de desempeño financiero.

  • Cuando la relación es mayor al 60%, o el saldo de la deuda sobre ingresos corrientes es mayor al 80%, ninguna entidad territorial podrá contratar nuevas operaciones de crédito sin autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Adicionalmente, la Ley 358 de 1997 define el indicador de Sostenibilidad de la Deuda como la relación entre el saldo de la deuda y los ingresos corrientes. La Ley establece que existe capacidad de endeudamiento cuando dicha relación es menor o igual al 80%.

El Distrito Capital ha mantenido sus indicadores por debajo de los límites permitidos. Así mismo, con los recursos del crédito a contratar en las vigencias 2004-2008, los indicadores establecidos por la Ley 358 de 1997 mantendrán niveles sostenibles, como se observa en los Gráficos 1 y 2. El Gráfico 1 muestra la relación intereses de la deuda sobre ahorro operacional hasta ubicarse en el 2008 en un 17.67%.

Gráfico 1. Proyección Intereses/Ahorro Operacional 2002-2008

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

El Grafico 2 muestra por su parte que el indicador de saldo de la deuda sobre ingresos corrientes se mantendrá en un nivel inferior al 80%, como lo exige la Ley, pasando de 75,8% en el 2002 a 69.83% en el año 2008.

Gráfico 2. Proyección Saldo de la Deuda / Ingresos Corrientes 2002-2008

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

Finalmente, otro indicador importante para analizar el endeudamiento del Distrito Capital es el de saldo deuda / PIB, el cual disminuye a través de los años, situándose alrededor del 4 % durante los próximos años.

Gráfico 3. Proyección Saldo deuda / PIB 2002-2005

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Estudios Económicos y Dirección Distrital de Crédito Público

3.5 Calificadoras de riesgo

Uno de los objetivos de la administración es mantener la calificación de riesgo AAA asignada al Distrito Capital. Para esto, se ha diseñado una estrategia financiera que define un endeudamiento sostenible durante las próximas vigencias.

Cabe recordar que el Distrito Capital recibió por primera vez la calificación de AAA por parte de la firma Duff & Phelps de Colombia S.A., para todas las emisiones de deuda pública interna del Distrito Capital, así como para el Programa de Emisión y Colocación de Bogotá D.C. Igualmente, es importante informar que la agencia calificadora BRC Investor Services S.A. asignó calificación de AAA al Programa de Emisión y Colocación de Bogotá D.C., lo cual ratifica la buena percepción de riesgo por parte de los agentes, con respecto a las emisiones del Distrito Capital.

Con respecto a las calificaciones otorgadas al Distrito por las agencias internacionales, se debe anotar que para el Distrito Capital es de obligada referencia la calificación otorgada por las agencias internacionales a la República de Colombia, ya que dichas agencias imponen como "techo" la otorgada a la Nación para asignar calificaciones a gobiernos municipales y regionales.

4. JUSTIFICACIÓN JURÍDICA Y TÉCNICA DE LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE CUPO DE ENDEUDAMENTO.

El cupo autorizado por el Acuerdo No. 08 de 1998, modificado por el Acuerdo No. 41 de 2001, por la suma de SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES (US$ 778.000.000) DE DÓLARES o su equivalente en pesos u otras monedas y ampliado por el Acuerdo No. 112 de 2003 en CIEN MILLONES DE DÓLARES (US$ 100.000.000) o su equivalente en pesos u otras monedas, presenta un saldo disponible a la fecha de CIENTO VEINTICINCO MILLONES SESENTA MIL OCHENTA Y CUATRO DÓLARES CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS (US$ 125.060.084,52), tal como se aprecia en el Cuadro 6.

Cuadro 6. Utilización Cupo de Endeudamiento del Distrito Capital a Mayo 31 de 2004

Acuerdos No. 08 de 1998, No. 41 de 2001 y No. 112 de 2003

Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público

Dentro de los créditos suscritos con cargo al cupo de endeudamiento autorizado por el Acuerdo No. 08 de 1998 modificado por el Acuerdo No. 41 de 2001, ampliado por el Acuerdo No. 112 de 2003, se consideran por separado los créditos para el sector de educación - financiación del déficit del situado fiscal-, los cuales según el Decreto No. 2278 del 17 de Noviembre de 1999 "no se tendrán en cuenta para determinar la capacidad de pago de las entidades territoriales". Es de anotar que dichos créditos fueron condonados en un 100%.

El objetivo del presente proyecto de Acuerdo es el de ampliar el cupo de endeudamiento vigente hasta por un monto de US$ 600 millones, que equivalen sumados al saldo actual, al monto de recursos que por endeudamiento están contemplados en la estrategia financiera del plan de desarrollo ($2.180.563 millones).

A continuación se presentarán algunas consideraciones de tipo jurídico y técnico las cuales hacen viable la ampliación del cupo de endeudamiento.

4.1 Aspectos Legales del Proyecto de Acuerdo

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde al H. Concejo de Bogotá, entre otras funciones, reformar los Acuerdos que expida y autorizar el cupo de endeudamiento del Distrito y de sus entidades descentralizadas, a iniciativa del Alcalde Mayor de Bogotá D.C. así:

"Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

(…)

17. Autorizar el cupo de endeudamiento del Distrito y de sus entidades descentralizadas." (negrilla fuera de texto)

"Artículo 13. Iniciativa. Sólo podrán ser dictados o reformados a iniciativa del Alcalde (...) a que se refieren los ordinales 2, 3, 4, 5, 8, 14, 17, y 21 del artículo anterior" (negrilla fuera de texto).

De otra parte, el Artículo 63 del Acuerdo 24 de 1995 regula lo referente a nuevos cupos de endeudamiento, así:

"Artículo 63. Del Cupo de Endeudamiento. El Concejo, de acuerdo con las Disposiciones Legales y Constitucionales Vigentes, autorizará el cupo de endeudamiento del Distrito y de sus Entidades Descentralizadas, mediante la fijación para aquél y cada una de éstas de un monto global que constituye su capacidad máxima de endeudamiento. Dentro de dicho cupo, el Distrito y sus entidades descentralizadas podrán celebrar los respectivos Contratos de empréstito o emitir los bonos de deuda pública a que hubiere lugar. Cuando se agote el cupo autorizado por el Alcalde Mayor, mediante la presentación del respectivo Proyecto de Acuerdo, solicitará la fijación de uno nuevo para el Distrito o las diferentes entidades descentralizadas, según el caso (...)".

Según lo dispuesto en las normas transcritas, el H. Concejo Distrital conoce y decide sobre los proyectos de Acuerdo que se refieran a la autorización de un cupo de endeudamiento para el Distrito y sus entidades descentralizadas y tiene la facultad de reformar los expedidos sobre esta materia, si a iniciativa del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., estos son sometidos a consideración de la Corporación.

Con fundamento en lo anterior, el presente Proyecto modifica los Acuerdos Nos. 08 de 1998, 41 de 2001 y 112 de 2003, mediante la ampliación del cupo de endeudamiento vigente, autorizado para el Distrito Capital en la suma de SEISCIENTOS MILLONES DE DOLARES de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas (US$ 600.000.000), dada la facultad que tiene el H. Concejo Distrital de reformar los que expida, consagrada en el artículo 12, numeral 17, y el artículo 13 del Decreto 1421 de 1993, sin que de modo alguno contravenga lo establecido en el artículo 63 del Acuerdo 24 de 1995, toda vez que al no estar agotado el cupo de endeudamiento, sigue vigente el autorizado en los Acuerdos Nos. 08 de 1998, 41 de 2001 y 112 de 2003, con las modificaciones propuestas por el Alcalde Mayor expedidas por el H. Concejo Distrital mediante Acuerdo, dentro de las competencias otorgadas.

La ampliación del cupo resulta, igualmente, viable al encontrarse contemplada dentro de las facultades del H. Concejo Distrital antes citadas (artículo 12, numeral 17, y artículo 13 del Decreto Ley 1421 de 1993 - Norma Superior-), mediante la modificación de los que otorgan el cupo de endeudamiento ampliando el cupo aprobado, el cual siempre será el límite que tendrá la Administración Distrital para celebrar operaciones de crédito público.

El H. Concejo Distrital es el Organismo competente para ampliar el cupo de endeudamiento, o para otorgar uno nuevo, manteniendo siempre la potestad de aprobar, modificar y controlar las normas sobre endeudamiento del Distrito Capital, a iniciativa del Alcalde Mayor.

Vale recordar que no es la primera vez que el Concejo Distrital, en materia de endeudamiento bajo las facultades legales conferidas para reformar los Acuerdos previamente expedidos, ha procedido en tal sentido, como se colige del texto del Acuerdo 04 de 1996 "Por el Cual se amplía el cupo de endeudamiento para la Administración Central (…)", el Acuerdo 41 de 2001, mediante el cual se modificó el Acuerdo 08 de 1998, y el Acuerdo 112 de 2003, por el cual se modificaron los dos antes citados.

En consideración a los argumentos antes expuestos, resulta claro señalar que el presente Proyecto de Acuerdo cuenta con la viabilidad jurídica necesaria y suficiente que le permite al H. Concejo Distrital autorizar la ampliación del Cupo de Endeudamiento del Distrito Capital en la suma de SEISCIENTOS MILLONES DE DÓLARES (US$ 600.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas.

4.2 Aspectos Técnicos del Proyecto de Acuerdo

Desde el punto de vista técnico, el saldo de cupo actual está agotado, en tanto este saldo, por algo más de US$ 125 millones, está respaldando tanto los recursos de crédito que financian los compromisos presupuestales adquiridos por "reconocimientos" de vigencias anteriores, como los del presente año. La ampliación del cupo de endeudamiento propuesto por US$ 600 millones, corresponde claramente a la necesidad de recursos que por crédito están previstos en el Plan de Desarrollo recientemente aprobado.

La ampliación del cupo le permite al Distrito disponer de una autorización global para el financiamiento en el periodo 2004 – 2008, y contar con un horizonte de planeación razonable para acceder en mejores condiciones a los recursos del crédito, a través de las distintas fuentes internas y externas, así como para mitigar los riesgos financieros implícitos en el portafolio de deuda del Distrito Capital.

La complejidad en el diseño, estructuración, proceso de autorización y negociación de las operaciones de crédito público que viene realizando el Distrito Capital, comparables, guardadas proporciones, con las realizadas por la Nación, obligan a adelantar un proceso serio y riguroso de planeamiento del programa de financiamiento, el cual no es posible emprender si no se dispone del cupo de endeudamiento global desde el comienzo. Es la única manera de evitar que tanto la inversión pública como la ejecución del plan de endeudamiento se vean expuestas a sufrir graves retrasos.

Para mencionar un caso, los empréstitos con la banca multilateral, que ofrecen condiciones de plazo y de tasa de interés acordes con el perfil de la deuda del Distrito Capital, requieren para iniciar su proceso de negociación el contar, tal y como lo dispone el Documento CONPES 3119 de junio de 2001, el cual establece la estrategia general de endeudamiento de la Nación y las entidades públicas con la banca multilateral y bilateral, con la disponibilidad previa de un cupo de endeudamiento suficiente que soporte dichas operaciones ante las distintas entidades multilaterales. Además debe recordarse que los cupos asignados para acceder a los recursos de crédito de la Banca Multilateral son otorgados por estas instituciones dentro del marco de programación plurianual, los cuales para los próximos años se establecerán durante el 2004.

Por esta razón y de acuerdo con los lineamientos del Documento CONPES 3119, la Nación viene solicitando autorizaciones para la ampliación de su cupo de endeudamiento al Congreso de la República, las cuales se producen, generalmente, cada cuatro años coincidiendo con la aprobación del Plan de Desarrollo.

En el caso del endeudamiento interno, el Distrito ha diseñado y viene ejecutando el Programa de Emisión y Colocación de Bonos de Bogotá D.C., el cual está considerado como una fuente de financiación en la estrategia de endeudamiento, Programa que requiere, según las metas de financiación, de una ampliación del monto inicialmente autorizado. Es claro que tanto para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como para la Superintendencia de Valores es requisito indispensable para la expedición de la autorización de la ampliación del Programa, contar con la disponibilidad de un cupo de endeudamiento suficiente que le permita llevar a cabo la colocación de bonos.

Tal y como lo describe con mayor amplitud la estrategia de endeudamiento del Distrito Capital, los recursos del crédito estimados se esperan obtener a través de empréstitos con la banca multilateral, la colocación de títulos del Programa de Emisión y Colocación de Bogotá D.C., de empréstitos con la banca comercial nacional e internacional y provenientes de convenios de Gobierno a Gobierno.

En consideración a los argumentos expuestos en la presente exposición de motivos, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. somete a consideración del Honorable Concejo de Bogotá D.C. el presente Proyecto de Acuerdo "Por el cual se amplía el cupo de endeudamiento autorizado mediante los Acuerdos No. 08 de 1998, No. 41 de 2001 y No. 112 de 2003", con el propósito de ampliar el cupo de endeudamiento del Distrito Capital en SEISCIENTOS MILLONES DE DÓLARES (US$ 600.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas.

Estaremos atentos a suministrar al H. Concejo de Bogotá D.C. la información adicional que solicite, con el objeto que cuente con todos los elementos de juicio necesarios para el análisis del Proyecto de Acuerdo sometido a consideración y de los demás aspectos de la política fiscal del Distrito.

De los Honorables Concejales,

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO

Secretario de Hacienda de Bogotá D.C.

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1 Plazo o vencimiento promedio de una operación de crédito ponderado por el peso relativo de cada uno de los flujos de caja que se desprenden de ésta. Siempre está expresada en unidades de tiempo (años).

2 Índice que mide el cambio en el precio de la deuda frente a variaciones en las tasas de interés.

3 Cabe resaltar que en la actualidad esta representa aproximadamente una quinta parte del endeudamiento total de Bogotá D.C. y su tendencia ha sido creciente dadas las ventajas de esta fuente para el perfil del endeudamiento

PROYECTO DE ACUERDO ___DE 2004

"Por el cual se amplía el cupo de endeudamiento autorizado mediante los Acuerdos No. 08 de 1998, No. 41 de 2001 y No. 112 de 2003,"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, las conferidas en el numeral 17 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 63 del Acuerdo 24 de 1995

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Amplíese en SEISCIENTOS MILLONES DE DÓLARES (US$ 600.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, el cupo de endeudamiento autorizado al Distrito Capital mediante los Acuerdos Nos. 08 de 1998 y 41 de 2001, modificados por el Acuerdo 112 de 2003. Este cupo puede ser utilizado para celebrar operaciones de crédito público interno, externo u operaciones asimiladas, de conformidad con la evaluación económica y de conveniencia que realice la administración Distrital, y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo modifica y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su promulgación.

EL PRESIDENTE DEL H. CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

EL SECRETARIO DEL H. CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

LUIS EDUARDO GARZÓN

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los días del mes de dos mil cuatro (2004).