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RESOLUCIÓN 2501 DE 2002 (Febrero 22) Derogada por el art. 18, Resolución del Min. Transporte 4100 de 2004 "Por el cual se modifica parcialmente la Resolución 13791 de diciembre 21 de 1988" EL MINISTRO DE TRANSPORTE En ejercicio de las facultades legales, en especial las consagradas en el Decreto 101 de 2000 y CONSIDERANDO Que mediante Resolución 13791 de diciembre de 1988 se determinaron los limites de pesos y dimensiones en los vehículos de carga, para su operación normal en las carreteras del país.Que como consecuencia de los adelantos tecnológicos en materia de transporte internacional, están ingresando al país contenedores tipo High Q, los cuales al ser transportados implican una altura de los vehículos mayor de 4.10 metros. Que para el transporte de algodón y productos similares, los vehículos cargados con estos productos sobrepasan la altura máxima autorizada por la Resolución 13791 de 1988. Que el proceso de verificación de pesos y control de sobrepesos, se presentan diferencias de medición en las básculas, las cuales dependen fundamentalmente de sus parámetros de construcción y calibración, haciendo necesario establecer una tolerancia como criterio de evaluación del peso bruto vehicular máximo autorizado. En virtud de los expuesto, este despacho RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Modificar el numeral 2 del artículo 3 de la Resolución 13791 de 1988, el cual quedará así: "2. Altura: la altura total máxima vehicular no podrá exceder de 4.40 metros". ARTICULO SEGUNDO. Modificado por el art. 1, Resolución del Min. Transporte 2888 de 2002. Modificar el artículo 4 de la Resolución 13791 de 1988, el cual quedará así: "ARTICULO 4.- El máximo peso bruto vehicular autorizado para los vehículos que circulen por las carreteras del país en operación normal, junto con su tolerancia, será el que corresponda a la configuración, según la siguiente tabla:
ARTICULO TERCERO TRANSITORIO. Mientras se adelanta el estudio técnico sobre la real incidencia del incremento del Peso Bruto Vehicular en la red vial nacional, hasta el 31 de mayo de 2002, se autorizan los siguientes pesos brutos vehiculares máximos, para los vehículos con configuración C2 y C3:C2: 19 toneladas C3 RIGIDOS: 30 toneladas PARAGRAFO. Los vehículos C2 con Peso Bruto Vehicular de diseño menor de 10 toneladas se incluirán en el estudio técnico señalado. ARTICULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 341 de enero de 2002 y demás normas que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá DC., 22 de febrero de 2002 GUSTAVO ADOLFO CANAL MORA Ministro de Transporte. |