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Resolución Reglamentaria 024 de 2004 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
25/08/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/08/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3166 de agosto 30 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 024 DE 2004

(Agosto 25)

Derogada por el art. 13, Resolución Contraloría Distrital 052 de 2015.

"Por la cual se conforma el Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Contraloría de Bogotá, D.C.".

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 2013 del 6 de junio de 1986, expedida por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, reglamentó la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo (actualmente Comité Paritario de Salud Ocupacional).

Que de conformidad con la mencionada Resolución, corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., nombrar sus representantes al Comité de Medicina Higiene y Seguridad Industrial (actualmente Comité Paritario de Salud Ocupacional), así como a los trabajadores elegir sus representantes mediante votación libre.

Que la misma Resolución, en su artículo 9°, establece que el empleador designará anualmente al presidente del Comité y éste en pleno, elegirá al secretario entre la totalidad de sus miembros.

Que el Decreto 1295 del 22 de junio de 1994, por el cual determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, establece en su artículo 63 que el Comité Paritario de Salud Ocupacional, seguirá rigiéndose por la Resolución 2013 de 1986, expedida por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, hoy Ministerio de la Protección Social, y aumenta a dos años el período de sus miembros.

Que según el Acuerdo No. 25 de 2001, la planta de personal de la Contraloría de Bogotá D.C., quedó conformada por ochocientos nueve (809) cargos, por lo cual el Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Entidad deberá conformarse con tres representantes de cada una de las partes, con sus respectivos suplentes.

Que mediante Resolución No. 1124 del 23 de agosto de 2002 se conformó el Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Entidad para la vigencia 2002 – 2004.

Que esta Administración considera pertinente modificar los cargos asignados como representantes del empleador ante el citado Comité.

Ver la Resolución de la Contraloría Distrital 9 de 2004

RESUELVE:

ARTÌCULO PRIMERO.- El Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Contraloría de Bogotá, D.C., estará conformado por tres representantes del Empleador y tres representantes de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Designar como representantes principales y suplentes del Empleador al Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Contraloría de Bogotá, D.C., a los siguientes funcionarios:

PRINCIPALES

SUPLENTE

DIRECTOR TECNICO TALENTO HUMANO

SUBDIRECTOR TECNICO BIENESTAR SOCIAL

DIRECTOR TECNICO APOYO AL DESPACHO

DIRECTOR TECNICO DE PLANEACIÓN

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO TERCERO.- Los representantes de los empleados serán los funcionarios que resulten elegidos mediante votación libre, en elecciones programadas previamente por la Entidad.

ARTÍCULO CUARTO.- Designar como presidente del Comité Paritario de Salud Ocupacional de la Contraloría de Bogotá, D.C. al Director Técnico de Talento Humano.

ARTÍCULO QUINTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días del mes de agosto de 2004).

ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA

Contralor de Bogotá, D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3166 de agosto 30 de 2004