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Acuerdo Local 3 de 2004 Junta Administradora Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
03/09/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3175 de septiembre 10 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE

ACUERDO LOCAL 003 DE 2004

(Septiembre 3)

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Publicas Bogota sin Indiferencia para la Localidad de Santa Fe 2005 - 2008.

"SANTA FE HUMANA Y SOSTENIBLE, CORAZÓN DE BOGOTA"

Otra Localidad es Posible

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 339 y 345 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993, y sus Decretos Reglamentarios, la Ley 152 de 1994 y el Acuerdo Distrital No. 12 de 1994,

ACUERDA:

1 PARTE

PARTE GENERAL

TITULO I

FUNDAMENTOS DEL PLAN

ARTÍCULO 1º. El Plan de Desarrollo Local "Santa Fe Humana y Sostenible, Corazón de Bogotá" se basa en la generación de condiciones para una participación efectiva y sustancial de los habitantes orientada a la solución a sus problemáticas más sentidas, especialmente las que tienen que ver con la garantía de sus derechos humanos integrales, tal y como queda establecido dentro del Estado Social de Derecho instituido por nuestra Carta Constitucional y de acuerdo con el Plan distrital "Bogotá Sin Indiferencia".

Las posibilidades para la participación, fortalecimiento y reconstitución de tejido social y comunitario, se facilitan promoviendo la abierta intervención de los habitantes, profundizando su capacidad de organización y considerando el papel de la Localidad como centro de actividades sociales, económicas y políticas de toda la ciudad y la región.

TÍTULO II

OBJETIVO, PRINCIPIOS Y POLÍTICAS

GENERALES DEL PLAN

ARTÍCULO 2º. Misión y Visión de la Localidad

Misión

La Localidad de Santa Fe, inserta en el centro histórico, cultural e institucional de Bogotá, con los cerros tutelares de la ciudad y su entorno rural como recurso, se convierte desde sus habitantes y su administración, en referente para todos los bogotanos y sus visitantes, por lo que sus dinámicas socioculturales y económicas se deciden en función de una mayor convivencia con creatividad, participación y solidaridad. Para ello los habitantes de la Localidad ejercen y consolidan sus derechos con justicia social, equidad y responsabilidad en una situación sostenible y humana para los capitalinos y el país.

Visión

Santa Fe hace que sus problemáticas sean una plataforma para la participación decisiva de sus habitantes quienes, buscando soluciones en conjunto con la alcaldía, desarrollan potencialidades, tanto personales como comunitarias, forman y fortalecen tejidos sociales a partir de las pluralidades y diversidades, garantizando así los derechos humanos, sociales y colectivo-ambientales. De la misma manera, como corazón de Bogotá, agencia una perspectiva de ciudad con opciones y propuestas para hacerla más cultural, creativa, deliberativa, solidaria e incluyente. Su potencial paisajístico, turístico y rural, al mismo tiempo que sus dinámicas y actividades ciudadanas, se convierten en fortaleza para un mayor desarrollo productivo, asociativo y educativo.

ARTÍCULO 3º. Objetivo General Local

Fortalecer, con base el Plan de Desarrollo Distrital"Bogotá Sin Indiferencia", la inclusión social, la generación de garantías a los derechos humanos integrales y la potencialización de los procesos asociativos, productivos, educativos y culturales, en integración a la ciudad y la región, con una gestión pública transparente.

ARTÍCULO 4º. Principios

1. Solidaridad.

Manifestada en la convivencia y el reconocimiento de los otros. La administración la asume para garantizar la inversión teniendo en cuenta las condiciones de las personas más vulnerables y excluidas, pero al mismo tiempo para llamar a la sinergia social y al esfuerzo y acción colectivos.

2. Autonomía.

Reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Diversidad.

Reconocer y reasignar valor a las diferencias étnicas, de géneros, generacionales y culturales.

4. Equidad.

Se expresa en acciones positivas para los sectores con más alto nivel de segregación y vulnerabilidad, demandando una participación en la que se promuevan políticas de redistribución, así como cualificación de las demandas y responsabilidades, tanto individuales como colectivas.

5. Participación.

La intervención ciudadana y comunitaria en todo el proceso de diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de los Proyectos, Programas y políticas públicas será un propósito creciente para el fortalecimiento de los tejidos sociales y de las dinámicas administrativas.

6. Probidad.

Garantía de la participación ciudadana, con rendición permanente de cuentas y procedimientos. Igualmente promueve el control y veeduría ciudadana. Busca la rectitud en el ejercicio de lo público en la administración y en el manejo de los recursos públicos.

ARTÍCULO 5º. Políticas Generales del Plan de Desarrollo Local

Las directrices y políticas del Plan de Desarrollo que enmarcarán la gestión de la Localidad de Santa Fe son las siguientes:

1. Intervención social integral.

La gestión local se orientará hacia la intervención social articulada con el fomento a la participación y organización de las comunidades para atender permanentemente, y de forma sostenible, las carencias de los ciudadanos mitigando condiciones excluyentes.

2. Integración social.

Desde la Administración Local se estimulará el reconocimiento y valoración de las situaciones económicas, políticas, sociales y culturales, con el propósito de mejorar la cualificación de la intervención ciudadana, en la integración de intereses colectivos. Para ello se aunarán los esfuerzos públicos y los privados.

3. Intervención para la equidad.

El Gobierno local intervendrá para lograr un desarrollo más digno, estable y sostenible, brindando posibilidades y estimulando el desarrollo de las capacidades individuales y colectivas en la Localidad. De igual forma se proveerá información permanente y clara por diversos canales, para una participación interactiva y sustancial de los ciudadanos en el desempeño de la gestión local.

4. Prevalencia de los derechos de las niñas, los niños

Desde la Administración Local se garantizarán los derechos de los niños y las niñas por sobre toda otra consideración, incentivando su respeto y su valoración como un fundamento cultural en la construcción de una sociedad más humana, solidaria y armónica.

5. Mujer y géneros.

El reconocimiento efectivo de la igualdad de géneros, el respeto a la intimidad y las opciones sexuales serán guía de las acciones gubernamentales, de la misma manera que se estimularán los Programas para el desarrollo personal y el ejercicio efectivo de los derechos de la mujer.

6. Juventud.

Se promoverán iniciativas que privilegien a la juventud como agente de oportunidades y garantías para su desarrollo integral y el fortalecimiento de sus perspectivas y vivencias creativas, críticas y productivas.

7. Cambio Cultural.

Se incentivará el reconocimiento y la valoración de las pertenencias, los entornos y los contextos, así como la exploración y promoción de iniciativas que fortalezcan a las comunidades para la construcción de una ciudadanía participativa y solidaria.

8. Participación para la decisión.

La Administración Local proporcionará la información, los mecanismos, los dispositivos y los escenarios agenciando permanentemente la interlocución para generar una participación sustancial y decisoria de los ciudadanos y ciudadanas.

9. Control social y rendición de cuentas.

Se promoverá la participación ciudadana en el control de la gestión pública. Se comunicarán con claridad y veracidad los procesos, resultados e impactos de las políticas y

Se mantendrá la interrelación con la ciudadanía a través de todos los medios posibles para lograr el control efectivo de la gestión pública y la transparencia administrativa.

10. Seguridad alimentaria.

Se desarrollará una política de seguridad alimentaria entendida como la garantía de acceso y abastecimiento adecuados de alimentos y nutrientes en un horizonte de sostenibilidad y como espacio de encuentro para la formación ciudadana, de manera complementaria a otros servicios sociales del Estado. Se promoverán las redes de productores y consumidores y las potencialidades de la agricultura urbana y ecológica como alternativa socioambiental. A través de esta política se espera contribuir a la generación de empleo e ingresos en el marco de la integración regional, con el consiguiente fomento a la construcción de capital social y a la corresponsabilidad.

11. Integración territorial para la sostenibilidad.

La Localidad se abordará en una perspectiva sostenible con su papel de centralidad de la ciudad, al igual que establecerá una mayor integración urbano-rural en la articulación de Bogotá región y el ecosistema de los cerros orientales.

12 Generación de riqueza colectiva.

La Administración Local incentivará y estimulará las gestiones y acciones, en concordancia con otras entidades e instituciones públicas y privadas, para el apoyo en diversos sentidos como la financiación, la capacitación, la asesoría técnica y la formación, para la creación, asociatividad y fortalecimiento de pequeñas y medianas iniciativas empresariales de carácter productivo, comercial y de servicios.

13. Empleo e ingresos.

Se promoverá que la inversión local contribuya para la generación de empleo y posibilidades de ingresos a la población, de la misma manera que se gestionará y posibilitará la inversión productiva en la Localidad.

TÍTULO III

EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO

Políticas, Estrategias, Programas y Metas

ARTÍCULO 6º. Ejes Estructurales. El Plan de Desarrollo "Santa Fe Humana y Sostenible, Corazón de Bogotá", se estructura sobre tres ejes:

· Eje Social

· Eje Urbano Regional

· Eje de Reconciliación

CAPÍTULO 1°

EJE SOCIAL

ARTÍCULO 7º. Objetivo del Eje Social.

Fortalecer y desarrollar condiciones sostenibles para la garantía de los derechos económicos, sociales y culturales, reduciendo la exclusión y la inequidad, potenciando la participación y asunción de responsabilidades individuales y colectivas, a través de la generación de oportunidades y el aprovechamiento de las potencialidades y de la relación con el entorno del resto de la ciudad, dado el carácter especial de la Localidad.

ARTÍCULO 8º. Políticas del Eje Social.

1. Protección, promoción y restablecimiento de derechos.

La Administración Local dará prioridad a la intervención social para la garantía de los derechos humanos integrales especialmente para los sectores de niños, niñas, ancianos, personas con discapacidad y mujeres, respetando la pluralidad de géneros y etnias, procurando que desde las personas y comunidades se asuman las exigencias y los propósitos de solución en torno a sus problemáticas.

2. La alimentación como un derecho fundamental.

El derecho a una alimentación adecuada y la seguridad alimentaria, atendiendo con prioridad a los sectores con mayores carencias, se desarrollará con el propósito de generar y alentar acciones y gestiones que incentiven prácticas de consumo y producción sostenibles y alternativos en dirección a la asociatividad y productividad comunitaria.

3. Ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas.

Se fomentará la garantía plena del ejercicio de los derechos de las niñas y los niños, enfatizando aquellos asociados a una nutrición adecuada, los derechos recreativo culturales, el buen trato, la salud y las dinámicas formativas, acordes con las tendencias de exigencia de ciudadanos y ciudadanas más críticos, creativos, investigativos, solidarios y participativos.

4. Juventud con oportunidades.

La condición actual de la juventud local, en condiciones de pobreza y con carencias notables, exige priorizar la inversión local para potenciar su imaginación y creatividad, generando horizontes de capacitación, productividad, creación artística-cultural e iniciativas colectivas

5. Equidad en el acceso de servicios sociales.

Dando prioridad a los sectores más vulnerables y excluidos y avanzando en el acceso equitativo a los servicios sociales, públicos, recreativos, culturales y deportivos se fortalecerá la autonomía y el tejido social de la Localidad.

6. Vinculación Productiva.

Se estimularán las propuestas e iniciativas de producción y trabajo y se gestionará la articulación y el desempeño asociado, en la medida de lo posible, de los procesos empresariales, de capacitación para el trabajo y de culturas de consumo y producción en torno a lo alimentario, buscando que la atención a los Programas sociales sea desarrollada, en todos los niveles, por las formas organizadas de las comunidades.

ARTÍCULO 9º. Estrategias del Eje Social

1. Seguimiento e interacción institucional local para la coordinación de las políticas, programas, acciones gubernamentales y privadas para la garantía al acceso y aprovechamiento de los servicios sociales básicos, estableciendo como prioridad la inclusión de aquellos sectores no cobijados o más vulnerables. Lo anterior se hará convocando, también, a las organizaciones comunitarias para la cualificación de los servicios así como para su veeduría y sostenibilidad. En el caso de la salud se establecerán acciones para fortalecer la prevención dentro de los sectores más excluidos y para que se haga el seguimiento de sus condiciones de vida familiar y del hábitat.

2. De acuerdo con el Programa de Bogotá sin Hambre dentro del Plan de Desarrollo Distrital se garantizará la asistencia alimentaria y el complemento nutricional a los sectores más vulnerables de niños, niñas, madres gestantes y lactantes, personas con discapacidad y población adulta mayor, prioritariamente. De la misma manera, se propende porque este programa se convierta en una fortaleza en cuanto a la generación de seguridad alimentaria, con una intervención y desarrollo de formas asociativas para la creación de cadenas de abastecimiento y distribución, huertas caseras y procesamiento de alimentos en la Localidad. Se establecerán acciones interinstitucionales para los controles de la calidad de los alimentos, los pesos, medidas y los precios.

3. Dentro de los procesos progresivos de universalización educativa, se enfatizará en la creación o dinamización de las comunidades educativas, al tiempo que se fomentará la discusión y el debate sobre las tendencias de la educación, teniendo en cuenta los nuevos procesos socioeconómicos y culturales. Lo anterior implica el reconocimiento de la pertinencia o validez de las prácticas pedagógicas y la consideración de los procesos formativos como inscritos en toda la Localidad y la ciudad en general.

Se implementará un inventario de ofertas educativas para los habitantes de la Localidad y se gestionará para que los establecimientos de formación superior acojan en condiciones viables a los jóvenes de Santa Fe. Se dotarán, igualmente, en dispositivos didácticos e informática aquellos centros educativos que lo requieran con más prioridad.

Como una acción necesaria se entiende la formación permanente de la población dentro de sus profesionalizaciones o capacitaciones para el desempeño de sus actividades productivas o creativas, por lo que se buscará el fomento de Programas en este sentido. De la misma manera se fomentará el desarrollo de talentos y aptitudes a partir de los Programas desescolarizados de la cultura, la formación deportiva y lúdica y otros Programas no formales.

4. Siendo la Localidad un centro de referencia cultural de la ciudad, se mantendrá el estímulo, dentro de las políticas distritales, para el desarrollo artístico cultural y para el fomento de procesos comunicativos comunitarios que contribuyan a una mayor interlocución social y reconstitución del tejido social.

ARTÍCULO 10º. Programas del Eje Social

1. Bogotá sin Hambre.

Agrupará, promoverá y liderará las acciones que le dan coherencia y articulación a la política y estrategia de seguridad alimentaria y nutricional. Se actuará para incrementar la cobertura para que la población más pobre y vulnerable acceda a los alimentos con equidad y sostenibilidad. Atención prioritaria recibirán los niños, las niñas, los adultos y adultas mayores, y la población con discapacidad. Se incluirán acciones encaminadas a la formación de las personas de la comunidad en educación nutricional, reflexión y transformación de culturas alimentarias, el uso alternativo de productos agropecuarios y la conservación, transformación e incremento del valor agregado de los mismos. Ofrecerá alimentos y nutrientes a través de los suplementos, de los comedores infantiles (población escolarizada y no escolarizada) y de los comedores comunitarios. Promoverá y apoyará el abastecimiento local de alimentos atendiendo calidad, cantidad y precios, en consonancia con el Plan Maestro Distrital de Abastecimiento Alimentario. Fomentará procesos asociativos para la creación de redes y articulaciones comerciales y de intercambio o trueque, promoviendo las oportunidades de generación de empleo e ingresos.

2. Más y mejor educación para todos y todas.

Orientará y facilitará, a través de la coordinación institucional local, para que la educación se desarrolle bajo los criterios de disponibilidad, acceso, permanencia y pertinencia.

En este sentido gestionará para que se amplíe la capacidad del sistema para atender más niños, niñas y jóvenes mediante la construcción de nuevos colegios, la ampliación y mejoramiento de los existentes, y la cooperación con el sector privado. Se promoverá para que se dinamicen o se organicen comunidades educativas en la perspectiva de lograr procesos pedagógicos y metodológicos acordes con la formación de niños, niñas y jóvenes más creativos, investigativos, críticos, solidarios y participativos.

Se fortalecerán las bibliotecas culturales y Comunitarias y se promoverá la informática y la interactividad en las instituciones, los estudiantes y los docentes.

Se desarrollarán escuelas para el deporte y las artes, para que los/las niños/as y los/las jóvenes, alternen procesos complementarios a su educación formal. De la misma manera se buscará que estas actividades tengan relación con los Proyectos Educativos Institucionales.

3. Salud para la vida digna.

Promoverá y coordinará para que se garantice el derecho a la salud para todos y todas mediante la universalización progresiva de la atención integral con enfoque familiar y comunitario priorizando las situaciones especiales como la pobreza, la vulnerabilidad, el alto riesgo de enfermar, el desplazamiento y la discapacidad. Realizará intervenciones y acciones intersectoriales que contribuyan a mejorar las condiciones de vida, las capacidades y las opciones de las personas y las familias para lograr comunidades y hábitat saludables.

4. Restablecimiento de derechos e inclusión social.

Brindará especial atención a las poblaciones cuyos derechos han sido vulnerados, en especial a las víctimas de violencia intrafamiliar y sexual, mediante acciones para su protección y atención; prevención y de restablecimiento de sus derechos, así como de sanción a los causantes de su vulneración. Contemplará acciones de formación y reflexión con respecto al tema, complementara los apoyos a adultos mayores, personas con discapacidad y personas cabeza de familia con suplementos alimentarios.

5. Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil.

Promoverá todas las estrategias, incluidas las relacionadas con la familia, tendientes a prevenir el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil y a atender y proteger a los niños y niñas víctimas de tales flagelos.

6. Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo.

Brindará oportunidades efectivas de formación integral y de generación de empleo e ingresos mediante la inversión pública, fortaleciendo las iniciativas personales, familiares, micro y mediano empresariales. Se establecerán centros de conectividad y mecanismos para facilitar la asesoría en términos administrativos, de mercadeo, de procedimientos y de manejo financiero de los procesos existentes procurando su articulación por ramas o cadenas. Se gestionará la profundización de las capacidades profesionales y técnicas de las personas vinculadas a formas de trabajo y producción en la Localidad. Se estimulará el desarrollo pleno de aptitudes y talentos en todos los campos y disciplinas.

Se hará de la seguridad alimentaria una fortaleza para incentivar alternativas de generación de ingresos a través de formas de intercambio, creación de valor agregado de los productos agropecuarios y huertas caseras, entre otros. Se estimulará el desarrollo de ferias y eventos en distintos lugares de la Localidad.

7. Cultura para la inclusión social.

La Localidad se ha distinguido dentro de la ciudad por sus actividades culturales y sus espectáculos artísticos y recreativos, lo que se debe fomentar y ampliar en beneficio de toda la ciudad. Simultáneamente se promoverá para que, dentro de los procesos educativos formales y no formales, se incentive la formación artístico-cultural y se estimule el reconocimiento y la valoración de las distintas prácticas y cotidianidades de la comunidad. Se incrementarán las actividades artísticas y culturales, para el encuentro y disfrute comunitario y ciudadano.

8. Recreación y deporte para todos y todas.

La Localidad promoverá la recreación y el deporte a través del fortalecimiento de la participación, el uso y disfrute del espacio publico, la capacitación deportiva a través de escuelas permanentes, formas asociativas y el buen uso del tiempo libre. Las políticas de recreación y promoverán el diseño e implementación del sistema local de deportes.

ARTÍCULO 11º. Metas del Eje Social

CAPÍTULO 2°.

EJE URBANO REGIONAL

ARTÍCULO 12º. Objetivo del Eje Urbano Regional.

Promover una Santa Fe competitiva, con la garantía integral de los derechos humanos, en la que la ubicación estratégica y su papel en Bogotá (centro histórico de la ciudad, desarrollo comercial y financiero, centro educativo, centro institucional, reserva de cerros orientales y ruralidad) se conviertan en fortaleza para la sostenibilidad de procesos productivos, culturales, académicos y sociales, así como del desarrollo humano equitativo y responsable en pro de ciudadanos y ciudadanas prospectivos y gestores de la Localidad.

ARTÍCULO 13º. Políticas del Eje Urbano Regional

1. Hábitat.

La referencia de los habitantes a sus espacios de vivienda y relación vecinal, así como su integración identitaria en torno a las problemáticas y condiciones comunes en su desarrollo temporal, serán en la Localidad claves para alentar un propósito de hábitat y relación con el entorno más cualificado, exigente y propositivo, con el fin de asegurar y emprender obras de mejoramiento acordes con las expectativas e intereses comunitarios.

2. Ciudad Región.

La Localidad se articulará con el resto de la ciudad y la región a partir de propuestas culturales, dinámicas productivas y de propósitos en torno a la seguridad alimentaria, por medio de la constitución de redes de distribución y comercialización agroalimentaria. De la misma manera, en su papel de imaginario colectivo de la ciudad, la Administración Local estimulará la reactivación de las actividades comerciales, culturales, deliberatorias y turísticas del centro de Bogotá. Se prestará especial atención a los cerros orientales en su sostenibilidad y aprovechamiento ecoturístico y se rescatará la ruralidad, en conjunto con la comunidad campesina, dentro de la preservación del recurso hídrico, biológico y estratégico de páramo.

3. Coopetitividad y competitividad.

Desde la Localidad, teniendo en cuenta los actuales procesos de producción y trabajo y las múltiples iniciativas, especialmente asociativas empresariales, se incentivará la integración para la búsqueda de mercados, técnicas de mercadeo, formación empresarial, reconocimiento y aprovechamiento de las dinámicas más novedosas, así como la conexión con espacios estratégicos comerciales, tecnológicos y organizacionales.

4. Sostenibilidad ambiental.

La Localidad de Santa Fe posee la responsabilidad de proteger y fomentar colectivamente la sostenibilidad de los cerros tutelares de Bogotá, así como conservar el territorio de páramo de su ruralidad con su recurso hídrico y ambiental. La gestión ambiental se propondrá la recuperación de áreas deterioradas, la creación de culturas de preservación y respeto al entorno vivo y el mejoramiento de la calidad ambiental a través de acciones comunitarias de reconocimiento, reflexión y valoración de los recursos locales.

ARTÍCULO 14º. Estrategias del Eje Urbano Regional.

1. Priorización de la inversión social con los recursos destinados para la Localidad, garantizando el equilibrio y la equidad en su distribución. De la misma manera, se desarrollará la gestión institucional permanente para lograr que el territorio sea reconocido, aprovechado y proyectado en sus disponibilidades e intervenciones previstas en el futuro, por parte de sus pobladores y sectores adscritos por su actividad o sentido de pertenencia.

2. Seguimiento y coordinación con las empresas prestadoras de los servicios públicos para facilitar el acceso adecuado, equitativo y de calidad para todos los pobladores de la Localidad. Se establecerán veedurías y controles sobre la calidad de los servicios, al tiempo que desde la monitoría de las mismas se indagarán y detectarán las disponibilidades en ingresos y posibilidades de pago que tengan los usuarios locales de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas.

3. Mejoramiento y adecuación de la infraestructura de servicios públicos y sociales, de espacio público y recreativo, así como el equipamiento de la misma. La Administración Local monitoreará las condiciones permanentes del tráfico en los lugares centrales con el fin de informar sobre su situación a las autoridades distritales. El espacio público deberá aumentar su uso y disfrute, así como servir de manera cada vez mayor para el encuentro y la interrelación social, por lo que se debe fomentar todo tipo de actividades socioculturales y de aprovechamiento colectivo del mismo.

4. Se estimulará la creación de asociaciones o formas de organización de empresas de construcción y servicios. Se procurará, de acuerdo con las condiciones del caso, la realización y el mantenimiento de obras físicas con empresas de la Localidad si las hubiere. Se fortalecerá la economía social de fami, pequeñas y medianas empresas, procurando servir de canal y facilitador para la gestión en la capacitación y formación profesional, asesoría administrativa, financiación, estudios de mercado, apoyos en mercadeo, conectividades reales y virtuales, creación y fortalecimiento de redes y economías de escala, etc.

5. Se emprenderán acciones orientadas a debatir y reconocer los efectos de los tratados de libre comercio, buscando crear opciones para la viabilidad y competitividad de las actividades económicas existentes en la Localidad, así como el mejoramiento y suministro de fuentes de trabajo y/o de supervivencia de los habitantes. La Localidad deberá suscitar propuestas frente a las actividades y disponibilidades del centro urbano, teniendo en cuenta las tendencias y prospectivas, aunando esfuerzos con el sector privado.

6. La existencia de la ruralidad y el patrimonio ambiental de cerros y páramo que debe preservar la Localidad, exige establecer estímulos y procesos de intervención de los habitantes para la conservación y fortalecimiento del recurso hídrico y biodiverso, así como de su aprovechamiento del ecoturismo, los procesos orgánicos y sostenibles en la ruralidad y la generación de agua, flora nativa, fauna y oxigeno como potencial futuro de Santa Fe.

En el mismo sentido, la seguridad alimentaria debe servir como fortaleza para la creación de vínculos con la ruralidad tanto local como regional en la distribución directa de productos, en el apoyo a pequeñas formas de distribución comercial que se procuran integrar (tiendas, centros de acopio, plazas de mercado, satélites del banco de alimentos distrital), en la generación de procesos de conservación y transformación de productos agropecuarios. Para ello se requiere desarrollar Programas de capacitación o formación y generación de culturas urbanas al respecto. Actividades de intercambio como el trueque, las ferias culinarias y gastronómicas, serán parte de esta estrategia. Se estimularán las huertas caseras y los procesos agroecológicos familiares y el manejo integral de residuos sólidos orgánicos.

7. Generación o establecimiento de centros de conectividad y creación de espacios de acercamiento y relación de los empresarios y productores o sectores comerciales y de servicios. Se fomentará la formación para el desarrollo turístico de la Localidad y para su mejoramiento en cuanto a atención y presentación de servicios, en coordinación con el sector privado. Se aprovechará el potencial tanto cultural, como académico y científico que representan los establecimientos de educación superior de la Localidad, para establecer y fortalecer dinámicas socioculturales, artísticas, feriales, carnavalescas, de debate y formación ciudadana.

ARTÍCULO 15º. Programas del Eje Urbano Regional.

1. Hábitat desde los barrios y las UPZ.

El entorno barrial, en la mayor parte de la Localidad, es la unidad comunitaria más ligada a los imaginarios de pertenencia y participación de los habitantes, por lo que la favorecerá el desarrollo humano, en el entorno más inmediato de las personas, que le permita a la comunidad la construcción, el uso y el disfrute sostenible de su territorio. Promoverá

Acciones de prevención y control de riesgos y de desarrollo ilegal, de mejoramiento integral de barrios, de renovación urbana con especial atención en el centro histórico y la protección del patrimonio cultural. Se mejorarán las condiciones de servicios públicos, sociales y recreativos, de accesibilidad, y de espacio público.

2. Sostenibilidad urbano-rural

Buscará preservar y consolidar el patrimonio natural representado en los cerros tutelares y la zona de preservación rural, garantizando la calidad ambiental para alcanzar un mayor bienestar presente y la garantía del futuro para nuevas generaciones. Reconocerá la relevancia del ámbito rural y desarrollará su complementariedad con el urbano en términos de sostenibilidad ambiental y social, productividad, gobernabilidad e integración distrital y regional.

3. Bogotá productiva

Se promoverá la asociatividad de los procesos de trabajo y producción que así lo posibiliten, al tiempo que se estimulará la innovación, la capacitación y la actualización profesional y técnica de trabajadores y/o empresarios, especialmente familiares, pequeños y medianos. Se incentivará la gestión para la asesoría e interrelación en los campos de mercadeo, de procedimientos, de renovación tecnológica, financieros así como la articulación de procesos. Se realizarán eventos de promoción y feriales en distintos lugares de la Localidad. Se implementará la creación de centros de conectividad para la capacitación, el conocimiento de mercados, la sistematización de información y el manejo administrativo.

En torno a lo alimentario se estimulará la generación de huertas caseras, la elaboración de productos derivados de lo agropecuario; la capacitación para el manejo, conservación y transformación de productos agropecuarios; la generación de redes de distribución entre tenderos y pequeños comerciantes; el apoyo a los Programas de cadenas agroalimentarias,. Banco de alimentos y los comedores comunitarios y escolares.

ARTÍCULO 16º. Metas del Eje Urbano Regional

CAPÍTULO 3°

EJE DE RECONCILIACIÓN

ARTÍCULO 17°. Objetivo del Eje de Reconciliación.

Fomentar y desarrollar tanto para la institucionalidad pública como para los procesos sociales una cultura de la responsabilidad frente a lo colectivo y público, a las diferencias y pluralidades, fomentando la equidad y la solidaridad, en las que se asuman las perspectivas propias y se interlocute frente a las posiciones, propósitos e intereses distintos, de tal manera que el conflicto y las dificultades sean resueltos en medio propósitos y razones creativas o proyectivas. Esto quiere decir, igualmente, participación sustantiva, transparencia y garantía de derechos y posibilidades.

ARTÍCULO 18°. Políticas del Eje de Reconciliación

1. Derechos humanos y cultura de convivencia.

Se promoverá una cultura de la responsabilidad social, la reflexión y contextualización de las problemáticas y de aceptación de la diferencia y las situaciones diversas y complejas.

2. Seguridad.

Se propiciarán acciones tendientes a la prevención y el control de la violencia y la delincuencia y a la conservación del orden público en la Localidad, en el marco del respeto a los derechos fundamentales. Se fortalecerá la capacidad de la Fuerza Pública a fin de lograr el ambiente de convivencia social requerido para que los ciudadanos puedan realizar el ejercicio público y privado de todas las libertades previstas en el orden constitucional y para garantizar el normal desarrollo y disfrute de los derechos fundamentales de las personas.

3. Participación.

Se promoverá la participación efectiva de los ciudadanos y ciudadanas de la Localidad para que se propicie el ejercicio y garantía de los derechos, la concertación y el control social a la gestión pública como elementos constitutivos del Estado Social de Derecho.

4. Prevención de riesgos y atención de emergencias.

Se coordinará con las instituciones distritales el monitoreo y seguimiento de las situaciones de riesgo, sobre la base del mapa elaborado para la Localidad, así como se buscará atender pronta y eficazmente las situaciones que lo ameriten en su suceso.

5. Inclusión económica.

Se estimulará la organización, el fortalecimiento asociativo, la capacitación o la transformación de aquellas actividades y formas de trabajo que se mantienen aisladas, en condiciones informales o de subempleo, tales como las ventas ambulantes o en el espacio público, procurando un mejoramiento de las condiciones de vida y convivencia de las personas y familias implicadas.

6. Justicia para la paz.

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad, que promueva la utilización de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

ARTÍCULO 19°. Estrategias del Eje de Reconciliación

1. Contribución a la consolidación de relaciones sociales solidarias e interlocutivas, que promuevan la convivencia, en el marco de una política de reconocimiento, valoración, respeto, defensa y garantía de los derechos humanos integrales.

2. Garantía del derecho ciudadano a acceder al servicio público de justicia, con información adecuada y coordinación interinstitucional y de relación con la ciudadanía a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

3. Información adecuada pronta y permanente a la ciudadanía de la Localidad sobre los eventos, políticas y acciones de los cuales pueda ser agente afectado o beneficiario, estableciendo la contextualización de situaciones y su intervención, ya sea individual u organizada, para atender sus requerimientos, exigencias, críticas, propuestas o alternativas, de tal manera que se genere un ambiente de concertación, diálogo e interlocución permanente en todos los campos.

4. Estimulación a los procesos organizativos de la comunidad local, a su intervención sustancial en el seguimiento de las políticas públicas y a su gestión coordinada para el desarrollo de sus objetivos y propósitos o para alentar sus dinámicas como sujetos de interés o propuestas comunitarias.

5. Generación de procesos de debate y comunicación local reflexionada, contextualizada y argumentada, que de cuenta de procesos, situaciones, condiciones y eventos para que se contribuya a mejorar las demandas sociales, la perspectivización de desarrollos y a fortalecer la asunción de las responsabilidades individuales y/o colectivas de los ciudadanos.

6. Promoción de acciones integrales de coordinación y gestión en relación con los Proyectos de inversión local, las cuales habrán de generar procesos pedagógicos de participación y convivencia, tanto en las instituciones como en las organizaciones sociales.

7. Creación y adopción de mecanismos adecuados para impulsar la realización de Proyectos productivos de prestación de servicios y comercialización destinados a empresarios unipersonales, familiares, pequeños y medianos que operan en el marco de la economía informal para apoyar su organización y desarrollo formal en la Localidad.

8. Desarrollo y promoción de los mecanismos y la cultura de prevención de riesgos, fortaleciendo la atención de emergencias.

ARTÍCULO 20º. Programas del Eje de Reconciliación

1. Gestión pacífica de conflictos.

Generará y consolidará en la comunidad una cultura que promueva la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos para acceder a una Localidad y ciudad más amable y solidaria que respete y garantice los derechos fundamentales. Se fortalecerá y dinamizará el acceso a las instancias como las inspecciones de policía, unidades de mediación y conciliación, casas de justicia y comisarías de familia.

2. Sistema de Justicia de la ciudad.

Conocerá, con las instancias locales de justicia, la relación periódica de los distintos eventos para prestar un mejor servicio a las comunidades y el reconocimiento de las principales problemáticas de la convivencia social y familiar. En este sentido se estimulará la coordinación de las entidades e instancias locales y los operadores de los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

3. Atención integral de violencia, delincuencia y orden público.

Adelantará de manera simultánea acciones de prevención, atención y control, a través de procesos de coordinación interinstitucional.

4. Bogotá menos vulnerable ante eventos críticos.

Impulsará la coordinación interinstitucional y una cultura comunitaria de la prevención para fortalecer las capacidades de la Localidad en la atención de emergencias de origen natural o antrópico. De la misma manera se buscará el fortalecimiento del Comité Local de Emergencias.

5. Participación para la decisión.

Estimulará el fortalecimiento de las formas organizativas comunitarias y de la participación ciudadana, facilitando la contextualización de las problemáticas, políticas, tendencias y situaciones, para una intervención sustancial en el diseño, decisión, ejecución y evaluación de las acciones, gestiones y propósitos administrativos. Implementará sistemas de información y una comunicación oportuna, ágil y de fácil acceso para todos y todas. Desarrollará encuentros y reuniones permanentes con la comunidad en todos sus sectores.

6. Comunicación para la participación.

Promoverá y divulgará acciones comunicativas que propicien dinámicas de participación ciudadana así como el desarrollo de nuevas y mejores interlocuciones locales incluyendo la diversidad étnica, de género, cultural y generacional. Se propiciará el fortalecimiento de los medios alternativos de comunicación local, como posibilidad real de informar y ser informado

7. Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial.

Este programa se encaminará a la generación de empleo sostenible en el tiempo a través del fortalecimiento de las cadenas productivas basadas en los cluster locales, incorporando el componente de asociatividad al crecimiento de las economías locales. Prestará asesoría para la consecución de recursos de financiación para capital de trabajo y apoyo para la capacitación y desarrollo técnico de los empresarios individuales, las famiempresas y las PYMES participantes para que sean unidades productivas en red integradas a las cadenas productivas.

ARTÍCULO 21º. Metas del Eje de Reconciliación

TÍTULO IV

OBJETIVO DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

CAPÍTULO 1º

GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

ARTÍCULO 22º. Fortalecer la gestión institucional, para garantizar la materialización y el respeto de los derechos humanos integrales como condición fundamental para el logro de una "Santa Fe Humana y Sostenible, Corazón de Bogotá", avanzando eficazmente hacia el logro de la inclusión social, la solidaridad, la reconciliación, la convivencia, la participación y la integración urbano-regional.

ARTÍCULO 23°. Políticas para una Gestión Pública Humana.

1. Se brindará un servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y las ciudadanas, de la misma manera que se establecerá un mayor acercamiento y una interacción más abierta y transparente de la Administración.

2. Se establecerán marcos de una cultura organizacional ética y de servicio que propicie el compromiso de los servidores y las servidoras públicas con las comunidades y los ciudadanos en general. Se estimulará el desarrollo y el fortalecimiento de las competencias y habilidades de los funcionarios y funcionarias para un mejor servicio y relación con la comunidad.

3. La gestión de los recursos públicos para proveer el funcionamiento y la financiación del Plan de Desarrollo de la Localidad tendrá un manejo responsable, en el cual prevalezcan la probidad y la sostenibilidad de los Proyectos, en el marco del Sistema de Presupuesto Orientado a Resultados, el cual facilita el control social. Se establecerá, igualmente, la veeduría permanente de los comisionados elegidos en mesas de trabajo del Plan de desarrollo para el seguimiento de la ejecución y transparencia de la inversión pública.

4. La comunicación será el fundamento para la participación y el fortalecimiento de la institucionalidad y la legitimidad de la Administración.

5. La información disponible, suficiente y veraz será un soporte fundamental para la toma de decisiones, la rendición de cuentas y el control social.

ARTÍCULO 24°. Estrategias para una gestión pública humana

1. Impulso al compromiso institucional local para la garantía eficaz de los derechos humanos integrales, el respeto a la comunidad y la valoración de la participación y el control dentro de una relación misional de los funcionarios con un servicio y un proyecto colectivo.

2. Mejoramiento progresivo de los servicios a la comunidad en los aspectos técnicos, administrativos, legales y sociales, dirigiendo especialmente la atención a los sectores más vulnerables

3. Mejoramiento del seguimiento y control de las inversiones locales y de la ejecución de los Proyectos, estableciendo una mayor veeduría ciudadana.

4. Desarrollo de sistemas de información de permanente consulta, con observatorios que den pertinencia a los análisis, críticas y percepciones ciudadanas. De la misma manera, creación de procesos de comunicación institucional cercanos a las comunidades

5. Desarrollo y aplicación de metodologías y herramientas que fortalezcan la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento y evaluación para garantizar una gestión pública proba, efectiva y transparente.

ARTÍCULO 25°. Programas de Gestión Pública Humana

1. Administración Moderna y Humana.

Garantizará la relación misional, adecuación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad para atender el respeto y garantía de los derechos humanos, las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano regional, la reconciliación y la participación.

Se desarrollarán las acciones necesarias para implementar la participación y veeduría ciudadana que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados.

2. Localidades modernas y eficaces.

Adelantará un proceso administrativo cada vez más cercano a los ciudadanos y ciudadanas procurando, además, los mecanismos y dispositivos más flexibles, eficaces y modernos que permitan hacerlo, simplificando al máximo procesos y trámites. Se implementarán líneas de acción y enlaces con las comunidades que permitan desarrollar y potenciar la inversión y la acción estatal local de la manera más controlada, eficiente y productiva posible.

3. Bogotá transparente y efectiva.

Desarrollará un conjunto de Proyectos y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad institucional local para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo mediante el diseño y aplicación de un amplio proceso de autorregulación institucional y de evaluaciones integrales a sectores estratégicos para garantizar la transparencia, enfrentar la corrupción y estimular la participación y sinergia social.

4. Sistema Distrital de Información.

Fortalecerá la infraestructura y la definición de políticas, estándares, indicadores y mecanismos de seguimiento y control compartidos para garantizar la calidad y la oportunidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía.

ARTÍCULO 26°. Metas de Gestión Pública Humana.

CAPÍTULO 2°

PROCESOS DE COORDINACIÓN

ARTÍCULO 27°. Coordinación Interinstitucional Local. La coordinación interinstitucional será mecanismo fundamental para la ejecución de este Plan y permitirá incorporar la participación ciudadana. Ésta se logrará, en lo fundamental, a través del Objetivo de Gestión Pública Humana, el cual es transversal a todas y cada una de las acciones que se desarrollarán para garantizar, entre otras, la adecuada realización, seguimiento y evaluación del Plan.

ARTÍCULO 28°. Mecanismos de Coordinación con otros niveles de gobierno.

El logro de resultados del Plan "Santa Fe Sostenible y Humana, Corazón de Bogotá", depende de la acción coordinada y concertada con las distintas instancias y entidades locales con las del Distrito y de éstas con las autoridades de los diferentes niveles de gobierno, con las comunidades y otros actores sociales presentes en la Localidad y con las otras Localidades. La Administración Local, asumiendo una actitud proactiva, fortalecerá los mecanismos de concertación existentes y promoverá la creación de aquéllos que en ejercicio de su deber considere necesarios.

TÍTULO V

PROYECTOS PRIORITARIOS

ARTÍCULO 29°. Proyectos Prioritarios.

El Plan de Desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia, Un Compromiso Social Contra la Pobreza y la Exclusión", contempla los siguientes Proyectos prioritarios:

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TITULO I

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

ARTÍCULO 30º. Proyección de recursos financieros.

La Secretaría de Hacienda proporcionará la información del cálculo de las proyecciones a la Localidad de Santa Fe correspondiente a los recursos que la Administración Central le Transfiere a la Localidad. De otra parte, el Fondo de Desarrollo Local de Santa fe, realiza el cálculo histórico de sus recursos propios, los cuales conforman el presupuesto local.

Por directriz impartida por la Secretaría de Hacienda Distrital se tomó como techo presupuestal la transferencia asignada para la vigencia de 2004, en ese orden de ideas las proyecciones de recursos para el Plan que se precisen en este artículo, ascienden a un valor total de $ 33.416.898.872.00, lo que equivale a $ 8.354.224.718.00, para cada anualidad de la vigencia del Plan.

ARTÍCULO 31o. Plan Plurianual de Inversiones del plan de desarrollo local .presupuestos Plurianuales.

El Plan Plurianual de Inversiones estará conformado por:

1. Presupuesto Plurianual de los Programas

2. Presupuesto Plurianual de los PGI (Programas de Gran Impacto)

3. Presupuesto Plurianual de los PEL (Programas Estratégicos Locales) y PEZ (Programas Estratégicos Zonales).

ARTÍCULO 32o. Presupuesto Plurianual por Programas. Corresponde al costo de los Programas por objetivo, excluyendo el costo de los PGI, PEL y PEZ en cada programa.

ARTÍCULO 33o. Presupuesto Plurianual por proyecto de gran impacto. Corresponde al costeo de los Programas que componen los PGI.

ARTÍCULO 34o. Presupuesto Plurianual por propuesta estratégica local y zonal. Corresponde al costeo de los Programas que componen las PEL y las PEZ.

ARTÍCULO 35o. Financiación del Plan. Las fuentes de financiación de nuestro Plan de Desarrollo Local de Santa Fe, son las transferencias que la administración Central- Secretaría de Hacienda Distrital, asigna a la Localidad y el costo total de los recursos propios que la Localidad genera, a través de los Ingresos Corrientes No Tributarios, tales como: Las Multas, Rentas Contractuales (arrendamientos), Otros Ingresos No Tributarios y Recursos de Capital, como Venta de Activos.

ARTÍCULO 36º. Cofinanciación y participación local.. La inversión en la Localidad se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el Gobierno Distrital y el Gobierno Local en las cuales se potencializarán los recursos del Fondo de Desarrollo Local como contrapartida en Proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la planeación local y la distrital.

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado en la realización de Proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tienen presencia o participación económica y que contribuyan al desarrollo y la generación de empleo.

Se utilizarán la complementariedad, la subsidiariedad y la concurrencia de la Localidad y las entidades sectoriales de la Administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a la población, en condiciones especiales o de vulnerabilidad.

Para ejecutar Proyectos de impacto en áreas de influencia común a dos o más Localidades o de Localidades con necesidades afines, se promoverá la celebración de convenios que permitan obtener ahorros a escala se ajustará el modelo de asignación de recursos a la Localidad a partir de criterios de eficiencia y equidad.

ARTÍCULO 37o. Ejecución. Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependerá de las estrategias de financiamiento. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados, la Localidad ajustará el Plan a los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales.

ARTÍCULO 38o. Evaluación. El Alcalde Local efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local.

ARTÍCULO 39o. Vigencia. El presente Acuerdo Local rige a partir de enero primero (01) de Dos Mil Cinco (2005), previa publicación en la Gaceta Distrital, y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

El presente Acuerdo Local surtió sus dos (2) debates de Ley (Septiembre 02 de 2004, en Comisión de Plan de Desarrollo, y Septiembre 03 de 2004, en Plenaria), en ambas oportunidades siendo aprobado por los H. Ediles Mariano Briceño Cortés, Juan Ramón Martínez Vargas, Gustavo Tavera Bohórquez, Míriam Fanny Cortés Trujillo, Romualda Chaparro Daza, José Orlando Hernández Ramírez y Fernando Salazar Riveros.

SANCIÓNESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los tres (03) días de septiembre de dos mil Cuatro (2004).

MARIANO BRICEÑO CORTÉS

Presidente JAL Santa Fe

NICOLÁS EMILIO GARCÍA PALACIOS

Secretario General JAL Santa Fe

Sancionado por:

JACKELIN NIÑO CHACON

Alcaldesa Local de Santa Fe

Fecha de Sanción: Septiembre Ocho (8) de dos mil Cuatro (2004).

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3175 de septiembre 10 de 2004.