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Acuerdo Local 3 de 2004 Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
10/09/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3175 de septiembre 10 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

ACUERDO LOCAL 003 DE 2004

(Septiembre 3)

PLAN DE DESARROLLO 2005-2008

EDILES

Cubillos Neira Germán

Garzón Caicedo William

Gaviria Ruiz Camilo

Gómez Ramos Jairo

González Álvarez Christian

Guarín Poveda Moisés

Leguizamon Castelblanco Roberto

Ortiz Barahona Luis Jorge

Quintero García Orlando

Rossiasco Jorge Enrique

Salamanca Bautista Carlos Alberto

Plan de Desarrollo Local

UNA LOCALIDAD VIVA Y PARTICIPATIVA

CONTENIDO

1. Marco legal

2. Fundamentos del Plan, Misión y Visión

3. Objetivos y Políticas Generales del Plan

4. Ejes Estructurales del Plan de Desarrollo

5. Políticas, Estrategias, Programas y Metas

6. Eje Social

7. Eje Urbano - Regional

8. Eje de Reconciliación

9. Objetivo de Gestión Pública

10. Procesos de Coordinación

11. Estrategia Financiera del Plan

12. Anexos (Cuadros)

PROYECTO DE ACUERDO LOCAL No. 003 DE 2004

Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social y de obras públicas 2005-2008 para Rafael Uribe Uribe"una localidad viva y participativa"

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL RAFAEL URIBE URIBE,

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el artículo 324 de la Ley 152 de 1994, Art. 2 y 6 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 22 del Acuerdo Distrital 13 de 2000 y demás normas concordantes,

ACUERDA:

I PARTE

PARTE GENERAL

FUNDAMENTOS DEL PLAN, MISIÓN Y VISIÓN

ARTICULO 1º. El Plan de Desarrollo Local PDL, aportará en la construcción de las condiciones que permitan ejercer de manera efectiva, progresiva y sostenible los derechos humanos establecidos en la Constitución Política de Colombia y en los Convenios e Instrumentos Internacionales para dar a los sujetos sociales garantías y disminuir las desigualdades. A través de éste, la administración local de Rafael Uribe Uribe, proporcionará los instrumentos y recursos que permitan crear y redistribuir la riqueza; reconocer las diferencias generacionales, étnicas, culturales, de género, de oportunidades y de capacidades y; tendrá como referente principal de la acción del Estado, el compromiso de propiciar a los ciudadanos y ciudadanas una vida de calidad. En consecuencia, la gestión pública local, se desarrollará de manera integral, participativa y comprometerá los distintos sectores sociales en la lucha por superar la pobreza sobre la base de la corresponsabilidad.

PARAGRAFO 1º. El Plan de Desarrollo Local (PDL), estará orientado por el fortalecimiento de la dignidad humana en los aspectos del bienestar de las personas y comunidades, su esperanza de vida, el nivel de educación, la atención básica en salud, las oportunidades para la generación de ingresos, la atención de alimentos, la modernidad y entenderá el desarrollo humano como un fin y al crecimiento económico como un medio para alcanzarlo.

ARTICULO 2º. MISIÓN.

La localidad Rafael Uribe Uribe, es un espacio en el que los ciudadanos y ciudadanas, concientes de la participación para la decisión y la gestión, se reconocen y se identifican con procesos legítimos, efectivos, eficientes, eficaces, que le apuntan al fortalecimiento de la gestión pública local, a través de redes y alianzas estratégicas (sector público, privado y tercer sector); que lideran y demandan acciones integrales, interinstitucionales, intersectoriales, e interlocales; generan condiciones de equidad, bienestar y dignidad; y construyen un modelo de desarrollo propio, justo, humano, participativo, autónomo y ambientalmente sostenible, para la localidad, el distrito y el país.

ARTICULO 3º. VISIÓN.

En el 2008 la localidad Rafael Uribe Uribe, es un punto de encuentro de la ciudad en el que la mayoría de la gente es amable, buena, solidaria, con fuertes principios democráticos y de equidad. Encaminados al trabajo colectivo y la construcción social de un mejor mañana. Superando diferencias y adversidades para la construcción del desarrollo social, cultural y económico de la misma.

TÍTULO I

OBJETIVO, PRINCIPIOS Y POLITICAS GENERALES DEL PLAN

ARTICULO 4º. Objetivo General del PDL.

Construir de manera colectiva, prospectiva y permanente una localidad humana, moderna, incluyente y solidaria; comprometida con el desarrollo del estado social de derecho, la justicia social y la primacía del interés general sobre el particular; con mujeres y hombres que ejerzan su ciudadanía y que permita crear condiciones y oportunidades para el desarrollo humano y económico sostenible, la potenciación de las capacidades de todos y todas, la generación de ingresos y la producción de riqueza colectiva; una localidad con un sistema de gestión pública -participativo, efectivo y transparente que genere compromiso y confianza hacia el Estado por la garantía plena del respeto a los derechos de sus habitantes.

ARTICULO 5º. Principios.

A. Participación. Involucra a los ciudadanos, ciudadanas, organizaciones sociales y comunitarias en la toma de las decisiones públicas y en el control a la ejecución de las mismas.

B. Solidaridad. Expresa el compromiso del Estado y la Sociedad por superar la adversidad desde la acción colectiva y conjunta, privilegiando el bienestar general, las personas y sectores sociales que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad.

C. Autonomía. Reconoce la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y la autodeterminación individual y colectiva.

D. Diversidad. Reconoce y reasigna valor a las diferencias étnicas, de géneros, generacionales y culturales.

E. Equidad. Promueve la igualdad de oportunidades mediante políticas progresivas de redistribución, con prioridad en las poblaciones que están en condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

F. Probidad. Actuación con rectitud en el ejercicio de lo público, en la administración y manejo de los recursos fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano para garantizar la cercanía de quienes habitan la localidad a las acciones y resultados de la gestión del Estado.

G. Representatividad. Se ejercerá la democracia representativa en los procesos colectivos de conformidad a la normatividad vigente y el mandato Ciudadano.

H. Ínter institucionalidad. Las instituciones con asiento y/o intervención en la localidad deben acoger el Plan de Desarrollo Local pro-activamente articulando acciones y recursos.

ARTICULO 6º. Políticas Generales del PDL.

A. Intervención Social Integral. Se atenderá en forma simultánea las carencias de los grupos humanos y las necesidades de las comunidades.

B. Integración Social. Estimulará la integración social y el desarrollo de capacidades humanas, la autogestión y la vinculación del sector privado y el comercio en las responsabilidades colectivas.

C. Intervención para la Equidad. Se garantizará la redistribución de los beneficios económicos y enfrentará de forma integral la pobreza, la exclusión y la inequidad.

D. Primacía de los Derechos de las Niñas y los Niños. Se priorizará los derechos de niñas y niños sobre los de los demás y sobre las normas y consideraciones que impidan su garantía o satisfacción. Las instituciones y las comunidades concurrirán para garantizar su incorporación en la formulación de políticas, planes, programas y en la asignación de los recursos del presupuesto público así como su protección y socorro en toda circunstancia y su vinculación a programas de interés general.

E. Mujer y Género. Se posibilitará la igualdad de oportunidades, el ejercicio efectivo de los derechos, el respeto al libre desarrollo de la personalidad y la diversidad sexual.

F. Juventud. Se promoverá las políticas, instancias, estrategias y programas de la juventud brindando mecanismos, escenarios y oportunidades que garanticen el ejercicio de sus derechos, la participación con decisión, el reconocimiento de su diversidad y la elevación de sus capacidades en función de fortalecerla como un sujeto político para la realización de sus propios proyectos de vida y la construcción de una sociedad justa y democrática. Se fortalecerán las políticas públicas en materia de prevención integral del uso indebido de sustancias psicoactivas y de formación en salud sexual y reproductiva; igualmente, adoptará mecanismos efectivos para el diseño y apoyo a la gestión productiva de iniciativas colectivas de los jóvenes profesionales y no profesionales.

G. Cambio Cultural. Se promoverá la reflexión y acción colectivas en torno al comportamiento y actitudes de las personas para afianzar el ejercicio de la ciudadanía, el sentido de lo público, la democracia, la solidaridad y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

H. Participación para la Decisión. Los ciudadanos y las ciudadanas participarán efectivamente en las decisiones públicas. La Administración proveerá la información, los escenarios, los mecanismos necesarios, la organización y el control ciudadano. Se reconocerán los diferentes actores, sus intereses y propuestas, para procurar que las decisiones públicas sean el resultado de la construcción de acuerdos y consensos.

I. Control Social y Rendición de Cuentas. Se promoverá la participación ciudadana en el control de la gestión pública; se comunicarán con claridad y veracidad los procesos, resultados e impactos de las políticas y se mantendrá una interlocución permanente con la ciudadanía.

J. Soberanía Alimentaría. Entendida como el acceso y abastecimiento adecuados de alimentos y nutrientes de manera complementaria a otros servicios sociales del Estado.

K. Integración Territorial para la Sostenibilidad. La localidad se abordará en una perspectiva sostenible a partir del fortalecimiento de la descentralización y la desconcentración del Distrito en lo local y desde su articulación con la gestión Distrital, Nacional e Internacional.

L. Generación de Riqueza Colectiva. El desarrollo económico permitirá avanzar progresivamente hacia una sociedad equitativa, con mejores oportunidades para todos y todas a partir del crecimiento, calificación y reorientación de las actividades productivas. Las políticas de inversión serán producto de la concertación con todos los sectores del orden privado y público, local, Distrital, Nacional, Internacional, inclusive tercer sector.

M. Empleo e ingresos. La política de generación de oportunidades de ingresos es un imperativo de la lucha contra la pobreza y la exclusión. Debe ser desarrollada en una perspectiva de solución sostenible que lleve a transformar las acciones urgentes -como la lucha contra el hambre- en soluciones de largo plazo. Se basa en la utilización del potencial de la inversión pública para generar ingresos y promover la producción local (micro, pequeña y mediana empresa).

TITULO II

EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO

Objetivo, Políticas, Estrategias, Programas y Metas

ARTICULO 7º. Ejes Estructurales. El PDL se estructura sobre tres ejes y un objetivo de gestión pública.

Eje Social.

Eje Urbano Regional.

Eje de Reconciliación.

Objetivo de gestión pública

CAPITULO 1°

EJE SOCIAL

ARTICULO 8º. Objetivo del Eje Social. Crear condiciones sostenibles para el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales a través de la igualdad de oportunidades y el desarrollo de capacidades, la generación de empleo e ingresos, la producción y la apropiación colectiva de la riqueza con el propósito de reducir la pobreza, la inequidad, potenciar autonomía, solidaridad y corresponsabilidad de todos y todas con prioridad para las personas, grupos y comunidades en situación de vulnerabilidad, propiciando su inclusión social.

ARTICULO 9º. Políticas del Eje Social

A. Protección, Promoción, Restablecimiento de Derechos. Se privilegiará los derechos de niños y niñas; la perspectiva de equidad entre géneros; el restablecimiento de derechos e inclusión social de jóvenes, la población adulta mayor y con discapacidad; garantizará el respeto de la diversidad étnica y cultural y; privilegiará acciones de sensibilización y afectación de imaginarios en torno a la garantía de derechos, la inclusión y la equidad.

B. La Alimentación como un Derecho Fundamental. Se propenderá por la garantía del derecho a la alimentación priorizando las personas en situación de pobreza y vulnerabilidad y; generando espacios para la formación e integración ciudadana que faciliten y cualifiquen el acceso a las redes de servicios económicos, sociales y culturales.

C. Ejercicio Pleno de los Derechos de los Niños y las Niñas. Se propiciarán condiciones materiales y afectivas para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas (nutrición adecuada, protección integral e inclusión social con equidad); reconocerá la familia como escenario de formación democrática y desarrollo; adelantará intervenciones integrales, interinstitucionales e intersectoriales para enfrentar problemas fundamentales de pobreza y vulnerabilidad (violencia intrafamiliar, abuso sexual y explotación laboral); ampliará el acceso a la educación inicial, preescolar, básica y media, a la salud, la cultura, la recreación, la educación física y el deporte, atendiendo el contexto familiar y permitiendo la sostenibilidad y permanencia en los servicios sociales. Para la garantía de sus derechos concurrirán solidaria y corresponsablemente la familia, la sociedad y el Estado.

D. Juventud con Oportunidades. Se reconocerá la diversidad juvenil como factor de inclusión social en diferentes programas que propicien oportunidades y alternativas afectivas, creativas, críticas, lúdicas, comunicativas, productivas, comunitarias, ecológicas y de construcción social de sentido; fomentará la formación y desarrollo de capacidades para asumir nuevos roles juveniles (sexualidad, procreación responsable, orientación vocacional y profesional, reconocimiento de sí mismos, de otros y la ciudad) que contribuyan a la formación de sujetos éticos, estéticos, políticos y de derechos; emprenderá proyectos y acciones para la prevención integral de problemas asociados con la violencia intrafamiliar, las infecciones de transmisión sexual, el embarazo no deseado en niñas y adolescentes, la drogadicción y alcoholismo; involucrará las identidades juveniles en el contexto de una cultura de trabajo y productividad, formación artística, educación política y sistemas de participación; creará la instancia para la formulación, implementación y gestión de la política pública de juventud a través de un Sistema Distrital, adoptando las políticas, estrategias, programas, y mecanismos de acción interinstitucional e intersectorial que contribuyan a la realización plena de los derechos de la juventud y a la disminución de todas las formas de desigualdad, inequidad, indiferencia, exclusión, violencia y discriminación contra los y las jóvenes. Se implementarán mecanismos de coordinación interinstitucional e intersectorial que permitan aunar esfuerzos para generar nuevos cupos en educación superior universitaria, técnica y tecnológica.

E. Equidad en el Acceso de Servicios Sociales. Se avanzará hacia la garantía del acceso equitativo a los servicios sociales y públicos culturales, deportivos y recreativos; fortalecerá la participación autónoma de las personas y comunidades en el uso de los servicios y la participación comunitaria en la definición, seguimiento y evaluación de la política social con criterios de corresponsabilidad y; dará atención prioritaria a grupos de población en situación de mayor pobreza, vulnerabilidad y especial atención a la población con discapacidad, desplazados y al adulto mayor.

F. Vinculación Productiva. Se promoverá la generación de oportunidades para potenciar el talento humano mediante la educación formal y no formal, la promoción de formas asociativas para el trabajo, en el marco de la política de generación de ingresos y la creación de riqueza colectiva.

ARTICULO 10º. Estrategias del Eje Social.

A. Se gestionarán y realizarán acciones encaminadas a la atención inmediata de población en situación de crisis; generación de ingresos, formación de capital humano, riqueza colectiva y; de protección especial a poblaciones en alto riesgo social.

B. Se garantizará el derecho fundamental al alimento, con prioridad en niños, niñas, jóvenes, mujeres gestantes o lactantes, población adulta mayor, desplazados y con discapacidad a través de la adecuada y oportuna provisión, almacenamiento, comercialización, distribución y acceso a los alimentos con el fomento de cadenas de abastecimiento y la construcción efectiva de alianzas en el contexto de la ciudad-región.

C. Se dará garantía de acceso progresivo, permanencia y calidad en los servicios sociales; las acciones públicas le darán prioridad a la universalización de la salud y la educación en la perspectiva individual, familiar y de comunidad, con un enfoque de equidad de género, intergeneracional e intercultural, que ofrezca oportunidades para todas y todos y en especial para combatir la indigencia, el trabajo infantil, la explotación sexual y la violencia intrafamiliar.

D. Se crearán y estimularán las condiciones que potencien la capacidad y el talento de las personas a través de la formación para el trabajo, la generación de ingresos mediante la inversión pública y las alianzas con el sector privado mediante formas asociativas, comunitarias y solidarias y la micro, pequeña y mediana empresa.

E. Se impulsará la apropiación de la localidad y la ciudad como entorno cultural, artístico, lúdico y como escuela permanente de aprendizaje, reflexión y socialización que apunta a aumentar el conocimiento y el disfrute de ésta por parte de sus habitantes mediante el acceso a las distintas manifestaciones de la vida urbana. Para ello se ampliará, desconcentrará y fortalecerá la oferta pública y se generarán mecanismos que faciliten el acceso a la misma, buscando la armonización con la oferta privada y el comercio.

ARTICULO 11º. Programas del Eje Social.

A. Bogotá sin Hambre. Se inserta en la lógica de agrupar, promover y liderar las acciones que dan coherencia y articulación a la política y a la estrategia de seguridad alimentaría y nutricional; acciones para que la población más pobre y vulnerable acceda a los alimentos con equidad entre géneros, generaciones y etnias. Particular atención tendrán los niños, las niñas; los adultos y adultas mayores, desplazados y la población con discapacidad. El componente de capacitación incluirá acciones encaminadas a la formación ciudadana y a la educación nutricional y alimentaría. Ofrecerá alimentos y nutrientes a través de los suplementos, de los comedores infantiles (población escolarizada y no escolarizada) y de los comedores comunitarios. Promoverá y apoyará el abastecimiento de alimentos atendiendo calidad, cantidad y precios en consonancia con el Plan Maestro de Abastecimiento Alimentario. Fomentará las cadenas alimentarías y redes de abastecimientos locales, promoviendo las formas asociativas y las oportunidades de generación de empleo e ingresos.

B. Más y Mejor Educación para Todos y Todas. Se ofrecerá y orientará la educación bajo los criterios de disponibilidad, acceso, permanencia y pertinencia; fortalecerá la educación pública y la gestión descentralizada, transparente, participativa en la localidad, con mayor incidencia en los sectores mas desprotegidos y en las instituciones educativas; para atender más niños, niñas y jóvenes mediante, la ampliación y mejoramiento de las instalaciones existentes y la cooperación con el sector privado; se transformarán los procesos pedagógicos y metodológicos vinculando a la comunidad educativa en general para lograr más y mejor educación; se fortalecerán las bibliotecas culturales y comunitarias, especialmente en las UPZs, que los niños y las niñas tienen menos oportunidades de acceso a la cultura; se promoverá la informática y la interactividad en las instituciones, los estudiantes y los docentes. Los currículos serán pertinentes y estarán a tono con lo más avanzado de la ciencia, la tecnología y la cultura como imperativo para una sociedad incluyente y productiva. Los proyectos pedagógicos de las instituciones educativas serán innovadores, promoverán el uso de diferentes fuentes documentales y considerarán las necesidades particulares de los diversos grupos poblacionales, reconociendo las etnias afro-colombiana, indígena, raizal y ROM. Todo ello en dirección a mejorar la calidad de la educación.

C. Salud para la Vida Digna. Se promoverá la garantía del derecho a la salud mediante la universalización progresiva de la atención integral con enfoque familiar y comunitario, respetando las diferencias según género, etnia, ciclo vital y credo religioso y priorizando las intervenciones según tipo de trabajo, ubicación geográfica y situaciones especiales como la pobreza, la vulnerabilidad, el alto riesgo de enfermar, el desplazamiento y la discapacidad; se realizarán intervenciones y acciones intersectoriales que contribuyan a mejorar las condiciones de vida, las capacidades y las opciones de las personas y las familias para lograr comunidades y hábitat saludables; se fortalecerá la salud pública en la dimensión local a partir de intervenciones estratégicas que modifiquen los determinantes del proceso salud-enfermedad. Se fortalecerán la red pública, la calidad de los servicios con atención a afiliados y no afiliados al régimen subsidiado en salud, teniendo en cuenta los programas y proyectos de la comunidad organizada de la localidad.

D. Restablecimiento de Derechos e Inclusión Social. Se brindará especial atención a las poblaciones cuyos derechos han sido vulnerados, en especial a las víctimas de violencia intrafamiliar y sexual, mediante acciones de protección y atención a las víctimas, de prevención y de restablecimiento de derechos y de su vulneración y se contemplarán acciones de corresponsabilidad entre la sociedad.

E. Cero Tolerancia con el Maltrato, la Mendicidad y la Explotación Laboral Infantil. Se promoverán todas las estrategias, incluidas las relacionadas con la familia, tendientes a prevenir el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil y a atender y proteger a los niños y niñas víctimas de tales flagelos.

F. Bogotá con Igualdad de Oportunidades para las Mujeres. Se crearán condiciones para asumir la equidad de género como un valor mediante políticas públicas para las mujeres y la incorporación de una perspectiva de género en los planes y procesos de desarrollo de la localidad y fomentará la participación social, política, económica y cultural de las mujeres en las instancias de decisión Local.

G. Capacidades y Oportunidades para la Generación de Ingresos y Empleo. Se brindarán oportunidades efectivas de formación integral y generación de ingresos mediante la inversión pública y compromisos con el sector privado que posibiliten el desarrollo pleno de los talentos y capacidades de las personas, así como la generación de condiciones para la inclusión económica, productiva y social de las poblaciones en mayor condición de vulnerabilidad, y para la formalización del trabajo y las actividades económicas; se promoverá el reconocimiento social de personas y oficios que permita la recuperación de la auto estima y la dignidad; la formación básica y la calificación técnica con posibilidades de acreditación de prácticas productivas; así como el desarrollo asociativo-empresarial con acompañamiento pedagógico y social de largo plazo; se fortalecerá la gestión de acciones efectivas para la inserción de las personas en el mundo del trabajo, garantizando acciones positivas contra la discriminación y el racismo en materia de empleabilidad.

H. Escuela Ciudad - Ciudad Escuela; La localidad como Escenario de Formación y Aprendizaje. Se hará de la localidad y la escuela, espacios y/o lugares de formación y construcción de nuevos conocimientos que amplíen los aprendizajes de niños, niñas, jóvenes y personas adultas. Las empresas y organizaciones sociales y culturales serán convocadas para que hagan sus aportes para afianzar dichos aprendizajes. Las instituciones educativas se adentrarán en la localidad y la localidad se reconocerá en ellas para permitir la inclusión, la comprensión, el goce y la apropiación de los diversos espacios urbanos y rurales con los que cuenta la localidad

I. Cultura para la Inclusión Social. El PDL, emprenderá acciones dirigidas a promover el desarrollo cultural y artístico de la población, articulando las políticas culturales étnicas, con énfasis en los sectores de menores ingresos y las poblaciones con mayores niveles de pobreza y vulnerabilidad mediante la formación, y el acceso a bienes y servicios culturales; a fomentar la creación y la circulación del arte, mediante la educación formal, no formal e informal, la investigación, los estímulos a las prácticas artísticas; a consolidar y promover cambios en los valores, actitudes, hábitos y tradiciones de los habitantes de la localidad con énfasis en la solidaridad, la equidad y la participación.

J. Recreación y Deporte para Todos y Todas. Se promoverá la democratización de la recreación y el deporte a través del fortalecimiento de la participación, el uso y disfrute del espacio publico, el deporte asociado y el buen uso del tiempo libre.

CUADRO 1. DESCRIPCIÓN DE PROYECTOS DEL EJE SOCIAL

ARTICULO 12º. Metas del Eje Social

CAPITULO 2°.

EJE URBANO REGIONAL

ARTICULO 13º. Objetivo del Eje Urbano Regional. Avanzar en la conformación de una localidad para las personas, con un entorno humano que promueva el ejercicio de los derechos colectivos, la equidad y la inclusión social; moderna, ambiental, socialmente sostenible, equilibrada en sus infraestructuras, integrada en el territorio, competitiva en su economía y participativa en su desarrollo.

ARTICULO 14º. Políticas del Eje Urbano Regional

a. Hábitat. Será el referente de identidad para las comunidades y un criterio rector de la acción pública, a fin de elevar la calidad de vida mediante el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad, disponibilidad, accesibilidad física y económica a los servicios y de reconocimiento a los valores de los grupos sociales y culturales, dando prioridad a las zonas en condiciones de mayor pobreza, riesgo y vulnerabilidad; se implementarán evaluaciones cualitativas de las UPZ, en términos de su aceptación, pertenencia y expectativas.

b. Ciudad - Región. La localidad se articulará desde las UPZ hacia la región en el marco de la integración con criterios de autonomía, solidaridad, cooperación, diversidad y participación para propiciar el crecimiento económico, la equidad social y ecológica así como el desarrollo sostenible y sustentable. Para avanzar en este proceso se dará impulso a la creación de una Mesa de Competitividad local, así como de otras instancias, instrumentos o mecanismos que la desarrollen, estableciendo grupos de trabajo que contribuyan a ampliar la convocatoria, a asegurar la representación de todos los sectores, a vincular las instancias técnicas con el fin de procurar la coordinación en los planes de desarrollo y la defensa de los intereses de la población local.

c. Coo-petitividad y Competitividad. Se promoverán procesos colectivos que estimulen a personas productivas y empresas de valor agregado; la democratización del acceso a las principales fuentes de ventajas como el conocimiento, la educación bilingüe, las tecnologías de información, la inversión, la flexibilización de trámites y la protección de la propiedad intelectual. Con el propósito de hacer posible la integración económica y social, la generación de ingresos y el logro progresivo de una sociedad más justa y equitativa.

d. Sostenibilidad ambiental. La construcción colectiva del equilibrio entre el sistema ambiental y los procesos de uso y aprovechamiento de los recursos es una condición fundamental para preservar la estructura ecológica principal; asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales; procurar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar y la productividad; proteger las áreas de sustento y promover en las empresas y la ciudadanía una cultura que garantice los derechos colectivos y del ambiente, que permitan salvaguardar los intereses y recursos de las próximas generaciones.

ARTICULO 15º. Estrategias del Eje Urbano Regional

a. Redistribución equitativa de los beneficios del desarrollo entre todos y todas. Gestión de recursos distritales hacia la localidad para la inversión social mediante el ordenamiento de los procesos de uso y ocupación del territorio y la coordinación con el distrito para lograr que el suelo cumpla con su función social y ecológica garantizando el equilibrio en el reparto de cargas y beneficios urbanísticos entre el sector público y el privado.

b. Distribución equilibrada de la oferta y el acceso a bienes y servicios. En el territorio de la localidad, acorde con las necesidades de la población, las comunidades y el crecimiento ordenado mediante la vinculación y coordinación institucionales de los propósitos del Distrito Capital, las empresas de servicios públicos domiciliarios y la región.

c. Mejoramiento de la accesibilidad de las personas a los sitios de trabajo y estudio. Bienes, servicios, equipamientos e información mediante acciones de conectividad física y virtual que permitan mejorar la calidad de los servicios.

d. Aumento y consolidación del Sistema de Espacio Público. Desarrollo de acciones relacionadas con su construcción, sostenibilidad, defensa, pertenencia, disfrute y uso, teniendo en cuenta las prioridades de inversión y aprovechamiento, así como el Plan Maestro de Espacio Público.

e. Aumento componente de trabajo en la inversión. La Inversión pública del FDL en obras de infraestructura (construcción física), debe convertirse en una oportunidad de generación de empleo local, sin sacrificar la calidad de la obra; articulada con el sector privado y el tercer sector para promover el crecimiento de la demanda agregada local, especialmente la de bienes de consumo básico; fortalecer la economía social y las pequeñas unidades de producción y prestación de servicios con instrumentos como asistencia técnica, promoción y gestiones en favor de la asociatividad.

f. Afianzamiento de la unidad de acción. Mejoramiento de la gestión y el control de las actuaciones públicas y privadas en la localidad mediante la coordinación y fortalecimiento de los diferentes agentes políticos e institucionales en el marco del Sistema Local de Planeación en coordinación con los Sistemas de Protección y Seguridad Social, de Participación y de Información.

ARTICULO 16º. Programas del Eje Urbano Regional

a. Hábitat desde los barrios y las UPZ. Se favorecerá el desarrollo humano, permitiendo a la comunidad la construcción, el uso y el disfrute sostenible de su territorio; se promoverán acciones de prevención y control de riesgos y de desarrollo ilegal, de mejoramiento integral de barrios, de renovación urbana con especial atención en la protección del patrimonio histórico cultural; se mejorarán las condiciones de servicios públicos, sociales y recreativos, de accesibilidad, y de espacio público.

b. Red de Centralidades Distritales. Buscará facilitar el acceso de las personas a los servicios y equipamientos de la ciudad, reducir sus necesidades de desplazamiento y evitar la segregación territorial, social y económica. Para este efecto, el Distrito avanzará en el marco del POT hacia centros con oferta integral que permitan integrar la ciudad en su interior y con otros espacios de carácter regional, nacional e internacional. Se pretende favorecer el desarrollo equilibrado de los centros de mayor impacto social mediante el fortalecimiento de los Sistemas de Movilidad y de Espacio Público y el fomento de la ínter modalidad y la construcción de puntos de encuentro

c. Sostenibilidad urbano- rural. Se consolidará el patrimonio natural y garantizará la calidad ambiental para alcanzar un mayor bienestar de las actuales y futuras generaciones; se reconocerá la relevancia del ámbito rural y desarrollará su complementariedad con el urbano, en términos de sostenibilidad ambiental y social, productividad, gobernabilidad e integración local y distrital.

d. Región integrada para el Desarrollo. Se enfocará a desconcentrar el desarrollo a fin de asegurar la viabilidad futura de la ciudad y la región, avanzando en la articulación de redes de ciudades y municipios. Se apoyara al Distrito en la búsqueda para construir una institucionalidad que permita articular y ejecutar iniciativas de impacto regional que sean referentes para el país. Con estos propósitos se promoverán instrumentos encaminados a la realización de convenios entre localidades, municipios y departamentos. En primer lugar, se fortalecerán y ampliarán las relaciones con Cundinamarca en temas como seguridad alimentaría, recursos hídricos, salud, educación, infraestructura y competitividad, turismo y recreación.

e. Bogotá Productiva. Se generarán competencias adecuadas que respondan a un mundo globalizado y propicien un entorno productivo en condiciones de igualdad de oportunidades; se promoverán la formación del talento humano y la innovación; se adelantarán acciones que generen valor agregado en todas las actividades a través de procesos asociativos y solidarios, que atraigan inversión y que amplíen la oferta de exportación; se promoverán medidas para calificar la demanda local, con énfasis en los derechos de los consumidores y las consumidoras; se fortalecerán los escenarios de acción conjunta público-privada y; se reconocerá la productividad de la economía del ciudadano, superando los estereotipos de género, étnicos y generacionales en el mundo productivo.

CUADRO 2 DESCRIPCIÓN DE PROYECTOS EJE URBANO REGIONAL

ARTICULO 17º. Metas del Eje Urbano Regional

CAPITULO 3°

EJE DE RECONCILIACIÓN

ARTICULO 18°. Objetivo del Eje de Reconciliación.

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de reconciliación, solidaridad, inclusión, participación, responsabilidad, corresponsabilidad, respeto a la vida, a los derechos humanos, a la justicia, la seguridad, a la participación y al control social como instrumentos para las acciones civiles contra la violencia promoviendo una cultura de reconciliación que le sirva a la localidad y a la ciudad de fundamento esencial para la construcción de la paz sostenible.

ARTICULO 19°. Políticas del Eje de Reconciliación.

* Derechos humanos y cultura de convivencia. Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no-violencia, de solidaridad y de respeto integral a los Derechos Humanos con el reconocimiento de la diversidad de género, generacional, étnica y cultural, en un marco de equidad.

* Seguridad. Se propiciarán acciones tendientes a la prevención y el control de la violencia, la delincuencia y la conservación del orden público en la localidad, en el marco del respeto a los derechos fundamentales y; se fortalecerá la capacidad de los organismos civiles y de la Fuerza Pública a fin de lograr el ambiente de convivencia social requerido para que los ciudadanos puedan realizar el ejercicio público y privado de todas las libertades previstas en el orden constitucional y para garantizar el normal desarrollo y disfrute de los derechos fundamentales de las personas.

* Participación. Se promoverá la formulación participativa y la ejecución de una política local de participación efectiva que propicie el ejercicio de los derechos, la concertación y el control social a la gestión pública como elementos constitutivos del Estado Social de Derecho.

* Prevención de riesgos y atención de emergencias. Se fortalecerá la capacidad de la localidad y de sus habitantes para reducir los riesgos y brindar respuesta oportuna y efectiva a emergencias generadas por eventos de origen natural y antrópico.

* Descentralización. Se consolidará un proceso gradual de desarrollo autónomo de la localidad en el que la Administración fortalecerá y promoverá la integración y coordinación de las instancias de participación y control ciudadano respecto de los asuntos propios de su territorio.

* Inclusión económica. Se integrarán actividades como las ventas ambulantes, el reciclaje y el transporte no motorizado a los procesos, servicios, canales y mercados de la economía.

* Justicia para la paz. El PDL, promoverá y consolidará una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad, que promueva la utilización de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos y fortalecerá las instituciones para una pronta y cumplida justicia.

ARTICULO 20°. Estrategias del Eje de Reconciliación

a. Contribución a la consolidación de relaciones sociales solidarias y pacíficas. Promoción de la convivencia en el marco de una política de reconocimiento, respeto y defensa de los derechos humanos.

b. Garantía del derecho ciudadano a acceder al servicio público de justicia. Articulación al Sistema de Justicia de la ciudad para integrar las instancias institucionales y de la ciudadanía, a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos para una pronta y eficiente justicia.

c. Fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado y las organizaciones de la sociedad civil. Atención a los asuntos del desarrollo de las acciones de resistencia civiles en los actos que atenten contra el orden público, la seguridad ciudadana y las manifestaciones conflictivas y de violencia que afectan a la localidad.

d. Diseño, operación y seguimiento del Sistema Local de Participación. Fortalecimiento del Capital Social y las relaciones entre la Administración Local y la ciudadanía.

e. Fortalecimiento de los espacios locales de deliberación. Reconocer la diversidad étnica, de género, cultural y generacional y promover el acceso ciudadano a una información pertinente promoviendo la organización y el control social.

f. Promoción de acciones integrales de coordinación y gestión en relación con los proyectos de inversión local. Generación de procesos pedagógicos de participación y convivencia tanto en las instituciones como en las organizaciones sociales.

g. Modelo de descentralización. Ejecución, en consonancia con las condiciones de la localidad, basado en la corresponsabilidad de la Administración central y fundamentado en la consolidación de la capacidad local.

h. Creación y adopción de mecanismos adecuados para la realización de proyectos productivos. Impulso a la prestación de servicios y comercialización destinados a empresarios unipersonales, familiares, pequeños y medianos que operan en el marco de la economía informal para apoyar su organización y desarrollo formal.

i. Cultura de prevención de riesgos. Desarrollo y promoción de los mecanismos y el fortalecimiento en la atención de emergencias.

j. Participación Comunitaria para la realización de obras: La administración local apoyará las iniciativas comunitarias para la realización de obras en los barrios, de acuerdo a programas dirigidos por las instituciones para el mejoramiento barrial.

ARTICULO 21º. Programas del Eje de Reconciliación

a. Gestión pacífica de conflictos. Se generará y consolidará, en la comunidad, una cultura que promueva la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos para acceder a una vida más amable y solidaria que respete y garantice los derechos fundamentales; se fortalecerá el acceso y las instancias de justicia, tales como las inspecciones de policía, unidades de mediación y conciliación, comisarías de familia y jueces de paz.

b. Derechos Humanos para todas y todos. Se implementarán acciones integrales que garanticen el respeto, la protección y la vigencia de los derechos humanos en la perspectiva de la exigibilidad de los mismos, dando especial tratamiento a la defensa de los derechos de los niños y de las niñas, los grupos étnicos y las poblaciones que se encuentran en condición de vulnerabilidad frente a las violencias -especial importancia se le dará a la formación en los temas de Derechos Humanos, deberes y garantías-; Se propenderá, dentro de la órbita de competencia de las autoridades locales, por dar aplicación a los convenios y tratados de derechos humanos de los cuales es parte el Estado colombiano, así como a las recomendaciones de los organismos internacionales encargados de promover y verificar su cumplimiento.

c. Gestión para la atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización o vulnerabilidad frente a la violencia, con perspectiva de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario Promoción de la atención integral, complementaria a la que brindan las instituciones del orden nacional y Distrital, con un enfoque de derechos humanos y de garantía del cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario.

d. Gestión para la atención Integral de violencia, delincuencia y orden público. Se adelantarán, de manera simultánea, acciones de prevención, atención y control a través de procesos de coordinación interinstitucional del fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado.

e. Sistema de justicia de la ciudad, Apoyara la gestión para obtener, coordinará y capacitar a las entidades e instancias distritales y locales que prestan servicios de justicia en la ciudad y a los operadores de los mecanismos alternativos de solución de conflictos. Se realizarán acciones para hacer efectivo el cumplimiento del Código de Policía.

f. Bogotá menos vulnerable ante eventos críticos. Se desarrollará la organización, los procesos, los instrumentos y una cultura de la prevención para fortalecer las capacidades de la localidad, en la atención de emergencias de origen natural o antrópico.

g. Red Distrital de Reconciliación, Resistencia civil y no violencia. Se promoverá la constitución y el desarrollo de una red ciudadana para prevenir y reaccionar contra la violencia y postular una opción ciudadana por la acción política no violenta, dentro del marco de la constitución y la ley.

h. Comunicación para la participación. Se promoverán y divulgarán acciones comunicativas que propicien dinámicas de participación ciudadana e incluyan la diversidad étnica, de género, cultural y generacional y; se propiciará el fortalecimiento de los medios alternativos de comunicación local, entre ellos los medios impresos locales, los radiofónicos y la televisión comunitaria, como alternativa al derecho de informar y ser informado.

i. Control social a la gestión pública Se brindará información y diseñarán las herramientas necesarias para que la ciudadanía ejerza un control social efectivo a las políticas, planes, programas y proyectos distritales y locales.

j. Obras con participación ciudadana Fortalecerá la organización social a través del desarrollo de obras de interés comunitario y de inversión local ejecutadas por la vía de la participación, la cofinanciación, la complementariedad y el diseño de soluciones compartidas que involucren a las organizaciones comunitarias y a las entidades distritales.

k. Gobernabilidad y administración territorial de la ciudad A partir de un diagnóstico para identificar las características y necesidades locales y sus limitaciones para desarrollar su capacidad institucional, se adelantará un proceso de fortalecimiento de la administración local basada en la corresponsabilidad entre la Administración central y las localidades.

l. Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial. Este programa se encaminará a la generación de empleo sostenible en el tiempo a través del fortalecimiento de las cadenas productivas basadas en los cluster locales, incorporando el componente de asociatividad al crecimiento de las economías locales. Prestará asesoría para la consecución de recursos de financiación para capital de trabajo y apoyo para la capacitación y desarrollo técnico de las PYMES participantes para que sean unidades productivas en red integradas a las cadenas productivas.

CUADRO 3 DESCRIPCIÓN DE PROYECTOS EJE RECONCILIACIÓN

ARTICULO 22. METAS EJE RECONCILIACIÓN

TITULO IV

OBJETIVO DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

CAPITULO 1º

GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

ARTICULO 23º. Objetivo de la Gestión Pública Humana. Se fortalecerá la gestión institucional haciéndola humana, sostenible, moderna y eficaz para garantizar la materialización y el respeto de los derechos humanos y demás derechos constitucionales y legales como condición fundamental para el logro de "Una Localidad viva y Participativa". Se trata de adecuar y desarrollar la organización Distrital y de preparar la institucionalidad para avanzar decididamente hacia la inclusión social y la satisfacción progresiva de los derechos, así como de la integración urbano-regional, la reconciliación, la convivencia ciudadana, la participación y la seguridad ciudadana, dentro del marco de la descentralización y desconcentración.

ARTICULO 24°. Políticas para una gestión pública humana.

a. La institucionalidad pública. Se transformará y desarrollará en concordancia con las demandas de la localidad para lograr la coordinación con el gobierno central y la autonomía progresiva de las localidades.

b. Servicio Oportuno y Adecuado. Se brindará a los ciudadanos y las ciudadanas buscando un mayor acercamiento y una interacción abierta, transparente e incluyente de la Administración con toda la comunidad.

c. Cultura Organizacional Ética y de Servicio. Se propiciará el compromiso de los servidores y las servidoras públicas con el desarrollo y el fortalecimiento de sus competencias y habilidades.

d. Modelo de Gestión Efectivo, Transparente y Participativo. Los programas y acciones de la Administración Local se realizarán dentro del modelo que convoque y logre la solidaridad de los demás agentes y sectores de la sociedad.

e. Manejo Responsable. La gestión de los recursos públicos para proveer el funcionamiento y la financiación del Plan de Desarrollo Local tendrá un manejo responsable en el cual prevalezcan la probidad y la sostenibilidad de los programas y proyectos, en el marco del Sistema de Presupuesto Orientado a Resultados, el cual facilita el control social.

f. La comunicación. Es fundamento para la participación y el fortalecimiento de la institucionalidad y la legitimidad de la Administración.

g. La información disponible, suficiente y veraz. Es soporte fundamental para la toma de decisiones, la rendición de cuentas y el control social.

h. La representatividad. La Corporación JAL, en su calidad de autoridad político administrativa es la representación ideal y democrática, de enfoque a las necesidades de la comunidad y desde su contexto promueve y gestiona solución a sus inquietudes y sugerencias para encausar el mejoramiento de calidad de vida de los habitantes y del desarrollo barrial.

ARTICULO 25°. Estrategias para una gestión pública humana.

a. Impulso al desarrollo institucional.

Se impulsará el desarrollo integral y la articulación e interacción interinstitucional que propenda por construir una relación misional con derechos humanos.

b. Motivación progresiva y gradual de la autonomía local.

Se fortalecerá y apoyaran los procesos de organización, participación y control social de la localidad; fortalecimiento de la capacidad técnica, jurídica, administrativa, financiera e informática de la localidad. Que garantice que en los procesos de ejecución de los proyectos del FDL, se emplee por lo menos el 50 % del recurso humano competente con residencia en la localidad.

c. Sistema de Servicio a la Ciudadanía.

Se mejorarán los servicios de atención a los ciudadanos y las ciudadanas, con énfasis en los grupos más vulnerables, mediante la consolidación del desarrollo del Sistema Local de Información Integral, con el fin de humanizar las relaciones entre ciudadanos y ciudadanas y funcionarios locales que respondan a los principios de respeto, justicia, exigencia y calidez. propendiendo hacer extensivo a todas las entidades con asiento o intervención en la localidad.

d. Promoción de la comunicación.

Garantizar la recepción de información y comunicación de doble vía, que permita la interacción de los ciudadanos y las ciudadanas con la administración local e instituciones que tienen presencia en la localidad.

e. Desarrollo y aplicación de metodologías y herramientas.

Se fortalecerá la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento y evaluación para garantizar una gestión pública eficaz, efectiva y transparente.

ARTICULO 26°. Programas de gestión pública humana

a. Administración Moderna y Humana. Se garantizará la relación misional, adecuación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad para atender, en el marco del modelo propio de descentralización de funciones, los derechos humanos, las necesidades y los retos de la política social, la reconciliación y la participación; se desarrollarán las acciones necesarias para implementar el Sistema de Gestión de Calidad conforme a la Ley, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados.

b. Localidades modernas y eficaces Adelantará el proceso de descentralización de funciones de manera progresiva y gradual, y las acciones de modernización técnica, jurídica, administrativa e informática de las localidades para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad estable de la ciudad.

c. Comunicación para la solidaridad. Se fomentarán canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudadanía y el ejercicio del derecho fundamental a la libre expresión y la cultura organizacional, el sentido de pertenencia y el compromiso de los servidores públicos.

d. Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía Fortalecerá la infraestructura y la definición de políticas, estándares, indicadores y mecanismos de seguimiento y control compartidos para garantizar la calidad y la oportunidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía.

e. Bogotá Transparente y Efectiva. Se desarrollarán un conjunto de proyectos y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad institucional para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo mediante el diseño y aplicación de un amplio proceso de autorregulación institucional y de evaluaciones integrales a sectores estratégicos de la localidad para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción.

CUADRO 4 DESCRIPCIÓN DE PROYECTOS OBJETIVO GESTIÓN PÚBLICA

ARTICULO 27°. METAS DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA.

CAPITULO 2°

PROCESOS DE COORDINACIÓN

ARTICULO 28°. Coordinación Interinstitucional. La coordinación interinstitucional será mecanismo fundamental para la ejecución de este Plan y permitirá incorporar en las acciones locales un alto componente de participación ciudadana. Ésta se logrará, en lo fundamental, a través del Objetivo de Gestión Pública Humana, el cual es transversal a todas y cada una de las acciones que se desarrollarán para garantizar, entre otras, la adecuada realización, seguimiento y evaluación del Plan. La consolidación y el fortalecimiento del Sistema Local, Planeación, Participación e Información y el fortalecimiento institucional y la creación de la Red Local de Comunicaciones, son propósitos que garantizarán el desarrollo suficiente de este Plan y darán sostenibilidad a las acciones que se propone. De igual manera, se definirán las instancias y se dará apoyo institucional suficiente para el desarrollo de los temas de mujer y género, juventud, empleo e ingresos, relaciones internacionales y se garantizará su transversalidad, la debida coordinación y articulación para el logro de las metas.

ARTICULO 29°. Mecanismos de Coordinación con otros niveles de gobierno. El logro de resultados del Plan depende de la acción coordinada y concertada de las entidades locales entre sí y de éstas con las autoridades de los diferentes niveles de gobierno y con otros actores sociales presentes en el territorio y de otros territorios del mundo, y con las entidades multilaterales en el marco de los acuerdos de aplicación universal. Así la Localidad, asumiendo una actitud pro-activa fortalecerá los mecanismos de concertación existentes y promoverá la creación de aquellos que en ejercicio de su deber considere necesarios. De igual manera, lo hará con otros actores frente a la necesidad de desarrollar esquemas de solidaridad y corresponsabilidad en lo que se refiere al desarrollo integral de la localidad.

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TITULO I

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

ARTICULO 30º. Estrategia Financiera. Hacer de la Localidad un espacio moderno y humano, con desarrollo equilibrado y sostenible entre lo social y lo económico que requiere de una estructura óptima en el nivel de inversiones y de una ejecución adecuada que con los recursos disponibles y un manejo responsable de las finanzas se puedan atender las prioridades de la población, específicamente aquellas que están relacionadas con los crecientes problemas sociales como la pobreza y la exclusión.

El Plan de Desarrollo Rafael Uribe Uribe "Una Localidad Viva y Participativa" asciende a $63.421.321.008 para el período 2005-2008.

ARTICULO 31ª. Otras Gestiones.

El desarrollo de una gestión eficiente y transparente, con control social, que motive a la administración distrital a profundizar la descentralización y elevar el monto de los recursos destinados a la gestión en la Localidad. Se gestionarán ante las entidades distritales y nacionales para desarrollar proyectos estratégicos de la localidad y recursos a través de convenios interadministrativos mediante la concertación de criterios públicos y privados.

ARTICULO 32º. Racionalización del gasto y equidad en la inversión.

a. Cultura de Racionalización del gasto. Se implementará la cultura de racionalización del gasto fortaleciendo la conciencia colectiva del uso eficiente de los recursos. Esto implica el sentido de responsabilidad y pertenencia hacia la entidad y los destinos de la ciudad; se fomenta el principio de las cosas bien hechas y el mejoramiento continuo; se pretende lograr el compromiso individual y colectivo incluyendo el talento humano como factor clave en el proceso de racionalizar los gastos y priorizar las inversiones y lograr que la eficiencia y la eficacia se conviertan en prioridades institucionales. Esta cultura de racionalización del gasto generará ahorros en el gasto público, permitiendo financiar mayor número de programas y proyectos de inversión social.

b. Equidad en la inversión. Para lograr mayores recursos para cubrir las necesidades de la población en condiciones de pobreza y exclusión, la Administración realizará un análisis de los recursos de inversión que maneja la Localidad para identificar recursos disponibles que puedan reorientarse hacia nuevos proyectos, con prioridad en proyectos de impacto social y manteniendo el manejo responsable de las finanzas; se fortalecerá el manejo responsable en el gasto de inversión que garantice una mayor sostenibilidad de las inversiones. Con relación a los gastos recurrentes, se realizarán inversiones que tengan en cuenta su operación y mantenimiento.

ARTICULO 33º. Cofinanciación y Participación Local. La inversión en la localidad se optimizará mediante esquemas de cofinanciación entre el gobierno distrital y los gobiernos locales en los cuales se potenciaran recursos de los Fondos de Desarrollo Local como contrapartidas en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la planeación local y distrital.

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado en la realización de proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica y que contribuyan al desarrollo y la generación de empleo.

Se utilizarán la complementariedad, la subsidiariedad y la concurrencia de las localidades y las entidades sectoriales de la administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a población en condiciones especiales o de vulnerabilidad.

Para ejecutar proyectos de impacto en áreas de influencia común a dos o más localidades o de localidades con necesidades afines, se promoverá la celebración de convenios que permitan la realización de convenios a escala.

Se ajustará el modelo de asignación de recursos a las localidad a partir de criterios de equidad y eficiencia.

ARTICULO 34º. Cooperación internacional y otras fuentes de ingreso. Otras fuentes posibles de ingreso son la cofinanciación y la cooperación técnica internacional, las que se lograrán mediante la coordinación y el fortalecimiento de los esfuerzos del gobierno local y; se vinculará activamente a la ciudadanía, los particulares, los organismos internacionales, el sector privado y en general a todas aquellas personas naturales y jurídicas para realizar donaciones mediante el esquema de aportes voluntarios que permitirán financiar proyectos específicos y que son prioritarios para el beneficio de las comunidades.

ARTICULO 35º. Manejo del Riesgo y Política de Control y Reserva de las Contingencias. La estrategia está orientada hacia el desarrollo e implementación de actividades y proyectos de control del riesgo financiero para los portafolios de activos y pasivos de la localidad.

ARTICULO 36º. Ejecución. Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependerán de las estrategias de financiamiento. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados la localidad ajustará el plan a los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales.

ARTICULO 37º. Inversión por Componentes del Plan. La inversión del Plan de Desarrollo se estructura en cuatro componentes: Eje Social, Eje Urbano Regional, Eje de Reconciliación y Objetivo Gestión Pública Humana.

La inversión por componentes se distribuye así:

A

EJE SOCIAL

46.86 %

B

EJE URBANO REGIONAL

35.66%

C

EJE DE RECONCILIACIÓN

6.49 %

D

GESTIÓN PUBLICA HUMANA

10.99%

La inversión social, compromiso fundamental de la presente Administración, representa el 46.86% del total de la inversión del Plan.

ARTÍCULO 38. Hacen parte integral del presente Acuerdo los anexos

Anexo 1.

Cuadro 2.

Plan Plurianual de Inversiones

Anexo 2.

Cuadro 3.

Presupuesto Plurianual de Programas.

Anexo 3.

Cuadro 4.

Proyectos de Gran Impacto.

Anexo 4.

Cuadro 5.

Presupuesto plurianual de PEL - PEZ. Propuestas Estratégicas Locales - Propuestas Estratégicas Zonales

Anexo 5.

Cuadro 6

Clasificación de Proyectos de Gran Impacto

Anexo 6.

Cuadro 7.

Financiación del Plan de Desarrollo Local

ARTICULO 39. Divulgación. La Administración Local desarrollará campañas pedagógicas y comunicativas (foros, seminarios, conferencias, boletines, folletos, periódicos, revistas..) de difusión masiva del presente acuerdo.

ARTICULO 40°. Vigencia. El presente Acuerdo local, rige a partir del 1 de enero de 2005 previa publicación y deroga modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., el día 10 del mes de septiembre de dos mil cuatro (2004)

CARLOS A. SALAMANCA BAUTISTA

PRESIDENTE JAL

CAMILO GAVIRIA RUIZ

VICEPRESIDENTE JAL

MARIA ELENA ROJAS CUTIVA

ALCALDESA

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3175 de septiembre 10 de 2004