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Acuerdo Local 2 de 2004 Junta Administradora Local de la Candelaria

Fecha de Expedición:
30/08/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3170 de septiembre 3 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA

ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA

PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD 17 DE LA CANDELARIA PERÍODO 2005 - 2008

BOGOTÁ SIN INDIFERENCIA, UN COMPROMISO SOCIAL CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN

«DE LA CANDELARIA PARA EL MUNDO».

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde hace un tiempo, empezamos los bogotanos y bogotanas a tratar un tema que para muchos es profano: hablar de la ciudad-región, como si no nos bastara con el tamaño y los problemas de nuestra ciudad. Pero los desafíos del presente y del futuro no dan espera y los bogotanos y en especial nosotros, los habitantes de La Candelaria, debemos estar prestos a responder desde nuestra localidad, a los retos de la regionalización y del nuevo ordenamiento internacional.

Como consecuencia de un desarrollo continuado, la localidad se especializó de manera mucho más rápida y contundente que otras localidades de Bogotá. Las universidades, los comerciantes, los museos, las iglesias coloniales, las instituciones centrales y locales de administración, las bibliotecas y los innumerables grupos y escuelas artísticas que crean la música, el teatro, la danza, la pintura, la literatura, hasta la gastronomía, la artesanía y otros saberes, le imprimieron un carácter de creación de cultura viva y de guarda del patrimonio nacional a este lugar en Bogotá.

Pero el caudal cultural, esconde a la vez una verdad, una buena parte de la localidad permanece separada de ese quehacer artístico, cultural, turístico y productivo; apartada de la solidaridad y la asistencia por parte del estado y excluída de los derechos económicos, sociales, culturales y políticos de la sociedad en su conjunto. Es decir, la enorme presencia de la producción cultural de nuestra localidad, no deja ver con claridad, que hay en la comunidad, una apreciable cantidad de habitantes, en condiciones de vulnerabilidad y exclusión social.

Se quiere desde la administración, avanzar en la construcción colectiva de una ciudad humana y moderna, integrada local y regionalmente, articulada con la nación y el mundo. Por ello, el presente Plan de Desarrollo pretende conciliar la especialización y potencialidades de la localidad con las necesidades básicas de la población. Plan que, aprovechando las ventajas comparativas de la localidad, nos inserte en el mundo y en la región como productores, promotores y exportadores de cultura, turismo y memoria viva, como una localidad que a través de una acción integral de su política social, eleve la calidad de vida de sus habitantes.

Por último, debe tenerse en cuenta en la lectura que se haga del presente Plan de Desarrollo, que la localidad es un caso especial en el entorno Distrital, pues a pesar de tener una población muy vulnerable, los recursos económicos con los que cuenta son escasos, generando dificultades en el cumplimiento de la ley 617, razón por la cual no pueden atenderse todos los programas contemplados en el Plan Distrital, lo que nos lleva a realizar un gran esfuerzo en la asignación de los recursos y a contemplar algunos programas para ser ejecutados a través de metas de gestión, es decir sin asignación de recursos, pero con la posibilidad de que le sean asignados, cuando se elaboren los respectivos planes anuales de inversión en la medida en que las posibilidades y las necesidades locales lo permitan.

CLAUDIA CONSTANZA CAMACHO JÁCOME

Alcaldesa Local de La Candelaria

ACUERDO LOCAL 002 DE 2004

(Agosto 30)

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad 17 de La Candelaria periodo 2005-2008. Bogotá sin Indiferencia, un compromiso social contra la pobreza y la exclusión.

"DE LA CANDELARIA PARA EL MUNDO"

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA.,

En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las que le confiere la Constitución Política de Colombia en los artículos 318 y 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en sus artículos 6 y 69 numerales 1 y 12, la Ley 152 de 1994 en su articulo 3, el Acuerdo 13 de 2000 en el artículo 22 y la Ley 617 de 2000 artículo 88.

ACUERDA

PARTE I

PARTE GENERAL

TITULO I

FUNDAMENTOS DEL PLAN

ARTÍCULO 1. El Plan de Desarrollo para la localidad 17, se fundamenta en la construcción de las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos humanos integrales, establecidos en el pacto constitucional y en los convenios e instrumentos internacionales con énfasis en la búsqueda de la pronta efectividad de los niveles básicos de tales derechos. Para avanzar en la garantía de los derechos humanos y disminuir las desigualdades injustas y evitables, en el marco del Estado Social de Derecho, el gobierno propiciará la creación y la redistribución de la riqueza; reconocerá las diferencias generacionales, étnicas, culturales, de género, de oportunidades y de capacidades; y hará de la calidad de vida el referente principal de la acción del Estado. En esta perspectiva, la gestión pública actuará de manera integrada y participativa, y comprometerá a la sociedad en la superación de la pobreza sobre la base de la corresponsabilidad de los ciudadanos y las ciudadanas.

TITULO II

VISION, MISION, OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y POLITICAS GENERALES DEL PLAN

ARTÍCULO 2. VISION DE LA LOCALIDAD

La Candelaria es una localidad productora de cultura por excelencia en la que concurren valores y pensamientos de mujeres y hombres que a través de la memoria tangible e intangible construyen y recopilan la historia. Es una localidad escenario de la participación democrática, la corresponsabilidad y la reconciliación ciudadana.

La localidad se proyecta a través de la potenciación de sus valores culturales, históricos, productivos, turísticos, arquitectónicos y administrativos generando desarrollo para la comunidad en general y favoreciendo la integración con la ciudad, el país y el mundo.

ARTÍCULO 3. MISIÓN DE LA LOCALIDAD

Avanzar en la construcción colectiva de una localidad humana y moderna, integrada regionalmente, articulada con la nación. Conciliar la especialización y potencialidades de la localidad con las necesidades básicas de la población más vulnerable, aprovechando las ventajas comparativas de la localidad en el ámbito de lo cultural, artístico, patrimonial, de memoria viva, productivo y turístico, de tal manera que se desarrollen programas con criterios de justicia y equidad. Insertar a la localidad en el mundo y en la región como productora, promotora y exportadora de cultura, turismo y memoria viva y como una localidad que a través de una acción integral de su política social, eleve la calidad de vida de sus habitantes, en especial de la población más vulnerable.

ARTÍCULO 4. Objetivo general del Plan

Fortalecer y potenciar los recursos humanos, administrativos, históricos, culturales, productivos y turísticos para crear mejores condiciones de desarrollo integral sostenible de las capacidades de la comunidad y de la producción de riqueza colectiva. Insertar La Candelaria en el contexto regional e internacional como una localidad productora, promotora y exportadora de cultura. Avanzar en la consolidación de un tejido ciudadano que facilite la solidaridad, la inclusión, la participación, el control social, la responsabilidad, el respeto a la vida y el rechazo a todas las formas de violencia, de tal manera que la localidad se convierta en un laboratorio social, cultural y político de reconciliación ciudadana.

ARTÍCULO 5. Principios

Los principios fundamentales que rigen el pensamiento y la conducta de la administración local son:

1. Solidaridad

Tener sentido de las otras y de los otros. Se expresa en el compromiso del Estado y de la sociedad para superar la adversidad, privilegiando a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad. Es un valor esencial para la convivencia.

2. Autonomía

Reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Diversidad

Reconocer y reasignar valor a las diferencias étnicas, de géneros, generacionales y culturales.

4. Equidad

Promover la igualdad de oportunidades mediante políticas progresivas de redistribución, con prioridad en las poblaciones que están en mayores condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

5. Participación

Involucrar la participación de ciudadanos y ciudadanas en la toma de decisiones públicas, promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la construcción de capital social.

6. Probidad

Actuar con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos públicos, fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano, para garantizar la mayor cercanía de quienes habitan la localidad a las acciones y resultados de la gestión del Estado.

ARTÍCULO 6. Políticas Generales del Plan de Desarrollo. Las orientaciones o directrices que regirán la gestión y la actuación pública son:

1. Intervención social integral

La acción pública se orientará a la intervención social articulada e integral para atender en

forma simultánea las carencias de los grupos humanos y las necesidades de las comunidades con perspectivas de género, ciclo vital, situación socio-económica y habitabilidad del territorio.

2. Integración social

La gestión pública estimulará la integración social de la ciudad y el desarrollo de las capacidades de los ciudadanos y las ciudadanas, la autogestión y la vinculación del sector privado y del tercer sector en las responsabilidades colectivas.

3. Intervención para la equidad

El gobierno intervendrá para garantizar la redistribución de los beneficios económicos y enfrentar en forma integral la pobreza, la exclusión y la inequidad.

4. Prevalencia de los derechos de las niñas y los niños

Los derechos de las niñas y los niños tendrán prioridad sobre los derechos de los demás y sobre todas las normas y consideraciones cuando ellas impidan su garantía o satisfacción. Las instituciones distritales y la sociedad concurrirán para garantizar su incorporación en la

formulación de políticas, planes, programas y en la asignación de los recursos del presupuesto público, así como su protección y socorro en toda circunstancia, y su vinculación a programas de interés general.

5. Mujer y géneros

La perspectiva de mujer y géneros estará orientada a la creación de condiciones para alcanzar la igualdad de oportunidades, el ejercicio efectivo de los derechos, el respeto al libre desarrollo de la personalidad y a la diversidad sexual.

6. Juventud

Se fortalecerán y promoverán las políticas, instancias, estrategias, y programas para la juventud, brindando mecanismos, escenarios y oportunidades que garanticen el ejercicio de sus derechos, la participación con decisión, el reconocimiento de su diversidad y la elevación de sus capacidades en función de fortalecerla como un sujeto político para la realización de sus proyectos de vida y la construcción de una sociedad justa y democrática. Se fortalecerán las políticas públicas en materia de prevención integral del uso indebido de sustancias psicoactivas y de formación en salud sexual y reproductiva; igualmente, se adoptarán mecanismos efectivos para el diseño y apoyo a la gestión productiva de iniciativas colectivas de los jóvenes profesionales y no profesionales.

7. Cambio cultural

Se promoverán la reflexión y las acciones colectivas en torno al comportamiento y actitudes de las personas para afianzar el ejercicio de la ciudadanía, la democracia, la solidaridad y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

8. Participación para la decisión

Los ciudadanos y las ciudadanas participarán efectivamente en las decisiones públicas. La Administración Distrital proveerá la información, los escenarios y los mecanismos necesarios y promoverá la organización y el control ciudadano. Se reconocerán los diferentes actores, sus intereses y propuestas, para procurar que las decisiones públicas sean el resultado de la construcción de acuerdos y consensos.

9. Control social y rendición de cuentas

Se promoverá la participación ciudadana en el control de la gestión pública. Se comunicarán con claridad y veracidad los procesos, resultados e impactos de las políticas y se mantendrá una interlocución permanente con la ciudadanía.

10. Seguridad alimentaría

Se desarrollará una política de seguridad alimentaria entendida,como la garantía de acceso y abastecimiento adecuados de alimentos y nutrientes en un horizonte de sostenibilidad y como espacio de encuentro para la formación ciudadana, de manera complementaria a otros servicios sociales del Estado. Se promoverán las redes de productores y consumidores y las potencialidades de la agricultura urbana y ecológica como alternativa socioambiental. A través de esta política se espera contribuir a la generación de empleo e ingresos en el marco de la integración regional, con el consiguiente fomento a la construcción de capital social y a la corresponsabilidad.

11. Integración territorial para la sostenibilidad

La ciudad se abordará en una perspectiva sostenible a partir de la descentralización y la desconcentración en lo local, la integración urbano-rural y regional, y la articulación con la dinámica nacional e internacional.

12. Generación de riqueza colectiva

El desarrollo económico permitirá avanzar progresivamente hacia una sociedad más equitativa, con más y mejores oportunidades para todos y todas, a partir del crecimiento, calificación y reorientación de las actividades productivas. Las políticas económicas serán producto de la concertación con el sector privado, el tercer sector y la Nación, en un contexto internacional.

13. Empleo e ingresos

La política de generación de empleo y de oportunidades de ingresos es un imperativo de la lucha contra la pobreza y la exclusión, la cual será desarrollada en una perspectiva de solución sostenible que lleve a transformar las acciones urgentes, como la lucha contra el hambre, en soluciones de largo plazo. Se basa en la utilización del potencial de la inversión pública para generar empleo y promover la producción local y regional; en la promoción de la demanda de bienes y servicios de consumo masivo, y en el fortalecimiento de la economía social, de la micro, la pequeña y la mediana empresa. El aumento de la cobertura y la permanencia de la población joven en el sistema educativo son elementos esenciales de esta política. Se aprovecharán las oportunidades de inserción creativa en la economía internacional y se potenciará la estructura productiva local y regional mediante la innovación tecnológica y la mejora de la competitividad y la calidad del aparato productivo.

14. Integración Internacional

El Distrito Capital emprenderá una gestión de relaciones internacionales con perfil propio en materia política, comercial, cultural, institucional y de cooperación técnica, dando prioridad a los vínculos con ciudades, regiones y países andinos, iberoamericanos y del caribe, a fin de promover su inserción competitiva en la comunidad internacional. Se establecerá en la estructura administrativa del Distrito una instancia con la función de orientar y ejecutar la política y los programas de relaciones internacionales.

TITULO III

EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL

Políticas, Estrategias, Programas y Metas

ARTÍCULO 7. Ejes estructurales

El Plan de Desarrollo Local de la localidad 17 se estructura sobre tres ejes:

· Eje Social

· Eje Urbano Regional

· Eje de Reconciliación

CAPITULO I

EJE SOCIAL

ARTÍCULO 8. Objetivo Eje Social

Crear condiciones sostenibles para el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales con el propósito de mejorar la calidad de vida, reducir la pobreza y la inequidad, potenciar el desarrollo autónomo solidario y corresponsable de todos y todas con prioridad para las personas, grupos y comunidades en situación de pobreza y vulnerabilidad, propiciando su inclusión social mediante la igualdad de oportunidades y el desarrollo de sus capacidades, la generación de empleo e ingresos y la producción y apropiación colectiva de la riqueza.

ARTÍCULO 9. Políticas del eje social

1. Protección, promoción y restablecimiento de derechos

Se propenderá por la promoción, protección y restablecimiento de los derechos y prevención de las causas asociadas a su vulneración. Se dará prevalencia a los derechos de los niños y las niñas, la perspectiva de equidad entre géneros y la inclusión social de los afrocolombianos e indígenas. Se privilegiarán acciones de sensibilización y afectación de imaginarios en torno a la garantía de derechos, la inclusión y la equidad.

2. La alimentación como un derecho fundamental

Se avanzará progresivamente en la garantía del derecho a la alimentación con prioridad para las personas en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad. En torno a este derecho se crearán espacios para la formación e integración ciudadana que faciliten y cualifiquen el acceso a las personas y las comunidades en las redes de servicios económicos, sociales y culturales.

3. Ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas

Se propiciarán las condiciones materiales y afectivas necesarias para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas, con especial énfasis en los derechos asociados a una nutrición adecuada, a la protección integral y a la inclusión social con equidad. Se reconoce a la familia como contexto primario de formación de la vivencia democrática y del desarrollo de los niños y las niñas, por lo que se privilegiarán acciones para su fortalecimiento.

Se adelantarán intervenciones integrales, interinstitucionales e intersectoriales para enfrentar problemas fundamentales que padecen los niños y niñas en situación de pobreza y vulnerabilidad, en especial alimentación y nutrición, violencia intrafamiliar, abuso sexual y explotación laboral. Ello implica mejorar la calidad y ampliar el acceso a la educación inicial, preescolar, básica y media, a la salud, a la cultura, a la recreación y el deporte, atendiendo el contexto familiar que permita una sostenibilidad y permanencia de los niños y niñas en los servicios sociales.

Para la garantía de sus derechos concurrirán solidaria y corresponsablemente la familia, la sociedad y el Estado.

4. Juventud con oportunidades

Se aprovechará el potencial que representa la diversidad juvenil y se considerará como factor para la inclusión social en diferentes programas, creando oportunidades y alternativas afectivas, creativas, críticas, lúdicas, comunicativas, productivas, comunitarias, ecológicas y de construcción social de sentido existencial. Se fomentará la formación y desarrollo de capacidades para asumir nuevos roles juveniles, la sexualidad y procreación responsables, la orientación vocacional y profesional, el reconocimiento de sí mismos, de otros y de la ciudad que contribuyan a la formación de sujetos éticos, estéticos, políticos y de derechos.

Se emprenderán proyectos y acciones para la prevención integral de problemas asociados con la violencia intrafamiliar, las infecciones de transmisión (ITS), el embarazo no deseado en adolescentes y el uso indebido de drogas; y para la promoción de la salud sexual y reproductiva, hábitos de vida saludable, orientación vocacional y ocupacional, identidades juveniles en el contexto de una cultura de trabajo y productividad, formación artística, educación política y sistemas de participación.

5. Equidad en el acceso a servicios sociales

Se avanzará hacia la garantía del acceso equitativo a los servicios sociales y públicos culturales, deportivos y recreativos. Se fortalecerá la participación autónoma de las personas y comunidades en el uso de los servicios, y la participación comunitaria en la definición, seguimiento y evaluación de la política social con criterios de corresponsabilidad. Se dará atención prioritaria a grupos de población en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad.

6. Vinculación productiva

Se promoverá la generación de oportunidades para potenciar el talento humano, mediante la educación formal y no formal, la promoción de formas asociativas en el marco de la política de generación de empleo e ingresos y la creación de riqueza colectiva.

ARTÍCULO 10. Estrategias del Eje Social

1. Construcción paulatina de un sistema integral de protección y seguridad social en la población más vulnerable de la localidad.

2. Fortalecer el acceso a la población vulnerable y al colectivo del derecho fundamental al alimento (producción, provisión, almacenamiento, comercialización, distribución y acceso a los alimentos), mediante el fomento de cadenas de abastecimiento y construcción efectiva de alianzas localidad región.

3. Creación y estímulo, con criterios de inclusión, de las condiciones que potencien la capacidad y el talento de las personas a través de la formación para el trabajo, la generación de empleo mediante la inversión pública y las alianzas con el sector privado, las oportunidades para la generación de ingresos mediante formas asociativas, comunitarias y solidarias, y la micro, la pequeña y la mediana empresa.

4. Apropiación de la localidad como entorno cultural, artístico, turístico, pedagógico y lúdico y como escuela permanente de aprendizaje, reflexión y socialización, que apunta a aumentar el conocimiento y el disfrute de la localidad por parte de sus habitantes, de la ciudad y del mundo como una localidad productora de cultura y memoria viva.

ARTÍCULO 11. Programas del Eje Social

1. Bogotá sin hambre

El programa "Bogotá sin hambre" agrupará, promoverá y liderará las acciones que le dan coherencia y articulación a la política y a la estrategia de seguridad alimentaria y nutricional. Se emprenderán acciones para que la población más pobre y vulnerable acceda a los alimentos con equidad entre géneros, generaciones y etnias. Particular atención tendrán los niños, las niñas, los adultos y adultas mayores, y la población con discapacidad. El componente de capacitación incluirá acciones encaminadas a la formación ciudadana y a la educación nutricional y alimentaría. Ofrecerá alimentos y nutrientes a través de los suplementos, de los comedores infantiles (población escolarizada y no escolarizada) y de los comedores comunitarios. Promoverá y apoyará el abastecimiento regional de alimentos atendiendo calidad, cantidad y precios en consonancia con el Plan Maestro de Abastecimiento Alimentario. Fomentará las cadenas alimentarías y redes de abastecimientos locales, promoviendo las formas asociativas y las oportunidades de generación de empleo e ingresos.

2. Más y mejor educación para todos y todas.

Ofrecerá y orientará la educación bajo los criterios de disponibilidad, acceso, permanencia y pertinencia. Fortalecerá la educación pública y la gestión descentralizada, transparente y participativa en las localidades y en las instituciones educativas.

3. Salud para la vida digna

Promoverá la garantía del derecho a la salud para todos y todas mediante la universalización progresiva de la atención integral en salud con enfoque familiar y comunitario, respetando las diferencias según género, etnia, ciclo vital y credo religioso y priorizando las intervenciones según tipo de trabajo, ubicación geográfica y situaciones especiales como la pobreza, la vulnerabilidad, el alto riego de enfermar, el desplazamiento y la discapacidad. Realizará intervenciones y acciones intersectoriales que contribuyan a mejorar las condiciones de vida, las capacidades y las opciones de las personas y familias para lograr comunidades y hábitat saludables.

4. Reestablecimiento de derechos e inclusión social

Brindará especial atención a las poblaciones cuyos derechos han sido vulnerados, en especial a las víctimas de violencia intrafamiliar y sexual, mediante acciones de protección y atención a las víctimas, de prevención y de restablecimiento de derechos, y de sanción a los causantes de su vulneración. Contemplará acciones de corresponsabilidad entre la sociedad, el Estado y la familia.

5. Bogotá con igualdad de oportunidades para las mujeres

Creará condiciones para asumir la equidad de género como un valor, mediante políticas públicas para las mujeres y la incorporación de una perspectiva de género en los planes y procesos de desarrollo del distrito y la localidad y su articulación con los ejes de reconciliación y urbano regional. Se avanzará en el diseño y puesta en marcha de estrategias y acciones que contribuyan a la realización plena de los derechos de las mujeres y a la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres. Fomentará la participación social, política, económica y cultural de las mujeres en las instancias de decisión Local.

6. Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

Brindará oportunidades efectivas de formación integral y de generación de empleo e ingresos mediante la inversión pública y compromisos con el sector privado que posibiliten el desarrollo pleno de los talentos y capacidades de las personas, así como la generación de condiciones para la inclusión económica, productiva y social de las poblaciones en mayor condición de vulnerabilidad, y para la formalización del trabajo y las actividades económicas, promoverá el reconocimiento social de personas y oficios que permitan la recuperación de la autoestima y la dignidad, la formación básica y la calificación técnica con posibilidades de acreditación de prácticas productivas, así como el desarrollo asociativo- empresarial con acompañamiento pedagógico y social de largo plazo.

Fortalecerá la gestión para la vinculación laboral de las personas y garantizará las acciones positivas contra la discriminación y el racismo en materia de empleo.

7. Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje

Hará de la localidad y sus espacios lugares de formación y construcción de nuevos conocimientos que amplíen los aprendizajes de niños, niñas, jóvenes y personas adultas. Las empresas y las organizaciones sociales y culturales serán convocadas para que hagan sus aportes, y afianzar dichos aprendizajes.

Se desarrollarán proyectos para la recuperación y el fortalecimiento del lugar y del saber pedagógico en las instituciones educativas, a través del reconocimiento de las potencialidades culturales, artísticas, turísticas, patrimoniales, saberes populares, entre otros de la localidad, con el fin de incidir en los proyectos educativos institucionales y el desarrollo de las innovaciones pedagógicas, diseño y materialización de currículos.

Este proceso permitirá la inclusión, la comprensión, el goce y la apropiación de la localidad como un referente permanente de aprendizaje.

8. Cultura para la inclusión social

Comprenderá acciones dirigidas a promover el desarrollo cultural y artístico de la población, articulando las políticas culturales, étnicas con énfasis en los sectores de menores ingresos de la localidad, mediante la formación, la cualificación de públicos y el acceso a bienes y servicios culturales; a fomentar la creación y la circulación del arte mediante la educación no formal e informal, la investigación, los estímulos a las prácticas artísticas y la circulación de los productos; a estimular el desarrollo profesional y laboral de los diferentes agentes culturales y artísticos y a consolidar y promover cambios en los valores, actitudes, hábitos y tradiciones de los habitantes de la localidad con énfasis en la solidaridad, la equidad y la participación.

9. Recreación y deporte para todos y todas

Promoverá la democratización de la recreación y el deporte a través del fortalecimiento de la participación, el uso y disfrute del espacio público, el deporte asociado y el buen uso del tiempo libre.

ARTÍCULO 12. Metas del Eje Social

CAPITULO II

EJE URBANO REGIONAL

Articulo 13. Objetivo del eje Urbano Regional

Avanzar en la conformación de una localidad de las personas y para las personas, con un entorno humano que promueva el ejercicio de los derechos colectivos, la equidad y la inclusión social. Fortalecer el patrimonio local para el desarrollo de un entorno urbano que genere espacios de hábitat y esparcimiento para la población residente en conectividad con la población visitante en la localidad. Generar procesos productivos autogestionables que mejoren las condiciones sociales de la comunidad en el marco del derecho a una vida digna.

Articulo 14. Políticas del eje Urbano Regional

1. Hábitat

El hábitat, asociado a los espacios donde transcurre la vida, será el referente de identidad para las comunidades y un criterio rector de la acción pública, a fin de elevar la calidad de vida mediante el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad, disponibilidad, accesibilidad física y económica a los servicios, y de reconocimiento a los valores de los grupos sociales y culturales, dando prioridad a las zonas en condiciones de mayor pobreza, riesgo y vulnerabilidad.

2. Ciudad - Región

La localidad se articulará desde lo local, hacia la región en el marco de la integración nacional, latinoamericana y la proyección internacional, con criterios de autonomía, solidaridad, cooperación, diversidad y participación para propiciar el crecimiento económico, la equidad social y ecológica así como el desarrollo sostenible.

3. Coo- petitividad y Competitividad

Se promoverán procesos colectivos que estimulen a personas productivas, a empresas de valor agregado e instituciones generadoras de confianza, mediante el fortalecimiento del papel de coordinación del gobierno y el desarrollo de los mercados, con el propósito de fortalecer las posibilidades y alternativas de negocios de las comunidades buscando la sostenibilidad de las redes productivas locales.

4. Sostenibilidad ambiental

La construcción colectiva del equilibrio entre el sistema ambiental y los procesos de uso y aprovechamiento de los recursos es una condición fundamental para preservar la estructura ecológica principal; asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales procurar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar y la productividad; proteger las áreas de sustento y promover en las empresas y la ciudadanía una cultura que garantice los derechos colectivos y del ambiente.

ARTÍCULO 15. Estrategias del eje Urbano Regional

1. Distribución equilibrada de la oferta de bienes y servicios de la localidad.

2. Aumentar y consolidar el sistema local de espacio público con el fin de mejorar y mantener las condiciones de habitabilidad y convivencia.

Articulo 16. Programas del eje Urbano Regional

1. Hábitat desde los barrios y las UPZ

Favorecerá el desarrollo humano, en el entorno mas inmediato de las personas, que le permita a la comunidad la construcción, uso y disfrute sostenible de su territorio. Promoverá acciones de prevención y control de riesgos y de desarrollo ilegal, de mejoramiento integral de barrios, de renovación urbana con especial atención en el centro histórico y la protección del patrimonio cultural.

2. Región integrada para el desarrollo.

Se enfocará a desconcentrar el desarrollo a fin de asegurar la viabilidad futura de la ciudad y la región, avanzando en la articulación de redes de ciudades y municipios.

3. Bogotá productiva.

Para generar las competencias adecuadas que respondan a un mundo globalizado y propiciar un entorno productivo en condiciones de igualdad de oportunidades, se promoverán la formación del talento humano y la innovación. Se adelantarán acciones que generen valor agregado en todas las actividades a través de procesos asociativos y solidarios, especialmente con MiPyMes en cadenas y clusters que atraigan inversión y turismo, y que amplíen la oferta de exportación. Se promoverán medidas para calificar la demanda local con énfasis en los derechos de los consumidores y las consumidoras. Se fortalecerán los escenarios de acción conjunta público-privada como el Consejo Regional de Competitividad y se crearán las Unidades Locales de Desarrollo Empresarial. Se reconocerá la productividad de la economía del cuidado, superando los estereotipos de género, étnicos y generacionales en el mundo productivo.

ARTÍCULO 17. Metas del Eje Urbano Regional

CAPITULO III

EJE DE RECONCILIACION

ARTÍCULO 18. Objetivo del Eje de Reconciliación

Desarrollar una institucionalidad pública local y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de reconciliación, de solidaridad, de inclusión, de participación, de responsabilidad y corresponsabilidad, de respeto a la vida, a los derechos humanos, a la justicia, la seguridad, a la participación y al control social como instrumentos para las acciones civiles contra la violencia, de tal manera que la acción ciudadana y la gestión pública sean impulso y escuela para la reconciliación de los Candelarios y Candelarias.

ARTÍCULO 19. Políticas del Eje de Reconciliación

1. Derechos Humanos y Cultura de convivencia

Se promoverá una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad y de respeto integral a los Derechos Humanos con el reconocimiento de la diversidad y las diferencias locales.

2. Seguridad

Se propiciarán la prevención y el control a la violencia, la delincuencia y la conservación del orden público en la localidad dentro del marco de respeto a los derechos fundamentales.

3. Participación

Se promoverá y consolidará un Sistema local de Participación efectiva que propicie su ejercicio y el control social a la gestión pública.

4. Prevención de riesgos y atención de emergencias

Se fortalecerá la capacidad de la localidad para prevenir y coordinar la oportuna y efectiva respuesta emergencias originadas por eventos de origen natural y antrópico, con las entidades del orden local, Distrital y nacional competentes.

5. Descentralización

Se consolidará un proceso gradual de desarrollo autónomo de las localidades en el cual la Administración central fortalecerá los gobiernos locales y éstos a su vez promoverán la integración y coordinación de las instancias de participación y control ciudadano respecto de los asuntos propios de su territorio.

6. Justicia para la paz

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad, que divulgue la utilización de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos que fortalezcan las instituciones para una pronta y cumplida justicia.

ARTÍCULO 20. Estrategias del Eje de Reconciliación

1. Contribución a la consolidación de relaciones sociales solidarias, pacíficas y de respeto a la convivencia en las comunidades mediante acciones de prevención y atención temprana de situaciones conflictivas. Así mismo, a través del fortalecimiento de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, el sistema de justicia comunitaria y la capacidad de respuesta ciudadana a las diversas manifestaciones conflictivas y de violencia que afectan la localidad.

2. Fortalecimiento de los espacios locales y de deliberación que reconozcan la diversidad étnica, de género, cultural y generacional y promuevan el acceso ciudadano a una información pertinente.

3. Coordinación y gestión interinstitucional para atender los asuntos de emergencias, policiales y de orden público.

ARTÍCULO 21. Programas del Eje de Reconciliación

1. Gestión pacífica de conflictos

Generará y consolidará en la comunidad una cultura que promueva la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos para acceder a una ciudad más amable y solidaria que respete y garantice los derechos fundamentales.

2. Derechos Humanos para todas y todos

Implementará acciones integrales que garanticen el respeto, la protección y la vigencia de los derechos humanos, en la perspectiva de la exigibilidad de los mismos dando especial tratamiento a la defensa de los derechos de los niños y de las niñas, los grupos étnicos, (Afrocolombianos e indígenas), jóvenes y las poblaciones que se encuentran en condición de vulnerabilidad frente a las violencias.

3. Comunicación para la reconciliación

Promoverá y divulgará acciones comunicativas que propicien dinámicas de reconciliación.

4. Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

Adelantará de manera simultánea acciones de coordinación interinstitucional y de fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado. Desarrollar acciones junto con las universidades, las agrupaciones culturales y la comunidad tendientes a dar atención integral a los problemas de violencia, delincuencia y orden público.

5. Red Distrital de reconciliación, Resistencia civil y no - violencia

Promoverá la constitución y el desarrollo de una red ciudadana para prevenir y reaccionar contra las violencias y postular una opción ciudadana por la acción política no violenta.

6. Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos

Desarrollará la organización, los procesos, los instrumentos y una cultura de la prevención para fortalecer las capacidades de la localidad en la atención de emergencias de origen natural o antrópico.

7. Participación para la decisión

Realizará acciones de fortalecimiento a la organización y al suministro de información para que ciudadanos y ciudadanas participen en la toma de decisiones públicas que les afecten en el ámbito del desarrollo local, apoyando los organismos de control en sus programas de participación. Para este efecto, se diseñará e implementará el Sistema local de Participación.

8. Control social a la gestión pública

Asesorará, brindará información y diseñará las herramientas necesarias para que la ciudadanía ejerza un control social efectivo a las políticas, planes, programas y proyectos locales.

ARTÍCULO 22. Metas del Eje de Reconciliación.

TITULO IV

OBJETIVO GESTION PUBLICA HUMANA.

CAPITULO I

GESTION PUBLICA HUMANA

ARTÍCULO 23. Objetivo de Gestión Pública Humana .

Fortalecer la gestión institucional haciéndola humana, sostenible y eficaz para garantizar la materialización y el respeto de los derechos humanos y demás derechos constitucionales y legales como condición fundamental para el logro de una Localidad sin indiferencia.

ARTÍCULO 24. Políticas para una Gestión Pública Humana

1. Servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y las ciudadanas, buscando un mayor acercamiento y una interacción de la administración con la comunidad.

2. Se construirá una cultura organizacional ética y de servicio que propicie el compromiso de los servidores y las servidoras públicas con el desarrollo y el fortalecimiento de sus competencias y habilidades.

3. Los programas y acciones de la Administración local se realizarán dentro de un modelo de gestión efectivo, transparente y participativo que convoque y logre la solidaridad de los demás agentes y sectores de la sociedad.

4. Los recursos públicos para el Plan de Desarrollo local tendrán un manejo responsable en el cual prevalezcan la probidad y la sostenibilidad de los programas y proyectos, en el marco del Sistema de Presupuesto Orientado a Resultados, los cuales faciliten el control social.

5. La comunicación será el fundamento para la participación y el fortalecimiento de la institucionalidad y la legitimidad de la Administración.

6. La información disponible, oportuna y veraz será un soporte fundamental para la rendición de cuentas y el control social.

ARTÍCULO 25. Estrategias para una Gestión Pública Humana

1. Impulso al desarrollo institucional integral de la localidad y su reorganización administrativa, dentro de una relación misional con los derechos humanos.

2. Mejoramiento de los servicios de atención a los ciudadanos y las ciudadanas, con énfasis en los grupos más vulnerables, mediante la consolidación del Sistema de Servicio a la Ciudadanía.

3. Desarrollo del Sistema Distrital de Información Integral, en lo local.

4. Promoción de la comunicación como base de la participación ciudadana y el fortalecimiento institucional.

5. Desarrollo y aplicación de metodologías y herramientas que fortalezcan la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento y evaluación para garantizar una gestión pública proba, efectiva y transparente.

ARTÍCULO 26. Programas de Gestión Pública Humana

1. Administración Moderna y Humana

Garantizará la relación misional, adecuación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad para atender, en el marco del modelo propio de descentralización de funciones, los derechos humanos, las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano regional, la reconciliación y la participación.

2. Localidades modernas y eficaces

Adelantará acciones de modernización técnica, jurídica, administrativa e informática de la localidad para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad estable de la ciudad.

3. Bogotá transparente y efectiva

Desarrollará un conjunto de proyectos y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad institucional local para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo mediante el diseño y aplicación de un amplio proceso de autorregulación institucional y de evaluaciones integrales a sectores estratégicos de la localidad para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción.

4. Sistema Distrital de Información

Desarrollará de manera integral los sistemas informáticos y la gestión documental para garantizar a la Administración y a la ciudadanía información oportuna y confiable.

5. Comunicación para la Solidaridad

Fomentará canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudadanía y el ejercicio del derecho fundamental a la libre expresión; fortalecerá la cultura organizacional, el sentido de pertenencia y el compromiso en los servidores públicos.

ARTÍCULO 27. Metas de Gestión Pública Humana

CAPÍTULO II

PROCESOS DE COORDINACIÓN

ARTÍCULO 28. Coordinación Interinstitucional y Local. La coordinación interinstitucional local será mecanismo fundamental para la ejecución de este Plan y permitirá incorporar en las acciones locales un alto componente de participación ciudadana. Ésta se logrará, en lo fundamental, a través del Objetivo de Gestión Pública Humana, el cual es transversal a todas y cada una de las acciones que se desarrollarán para garantizar, entre otras, la adecuada realización, seguimiento y evaluación del Plan.

La consolidación y el fortalecimiento de los Sistemas local de participación e Información, y el fortalecimiento institucional y la creación de la Red reconciliación, el observatorio local de derechos humanos, el observatorio social y cultural y la casa del control social son propósitos que garantizarán el desarrollo suficiente de este Plan y darán sostenibilidad a las acciones que se propone.

De igual manera, se definirán las instancias y se dará apoyo institucional suficiente para el desarrollo de los temas de mujer y género, juventud, empleo e ingresos, y relaciones internacionales y se garantizará su transversalidad y la debida coordinación y articulación para el logro de las metas.

ARTÍCULO 29. Mecanismos de Coordinación con otros niveles de gobierno

El logro de resultados del Plan depende de la acción coordinada y concertada con las entidades del Distrito y de éstas entre sí y con otros actores sociales presentes en el territorio y de otros territorios del mundo, y con las entidades multilaterales en el marco de los acuerdos de aplicación universal.

Así, la Administración local, asumiendo una actitud proactiva, fortalecerá los mecanismos de concertación existentes y promoverá la creación de aquellos que en ejercicio de su deber considere necesarios, con el fin de garantizar la armonía y articulación entre las acciones estratégicas que tanto el Gobierno Nacional, el Departamento de Cundinamarca, los Departamentos de la Región Central y sus municipios, las Corporaciones Autónomas Regionales, como el Distrito Capital realizan en la región. De igual manera lo hará con otros actores frente a la necesidad de desarrollar esquemas de solidaridad y corresponsabilidad en lo que se refiere al desarrollo integral de la región y del país.

TÍTULO V

PROYECTOS PRIORITARIOS

ARTÍCULO 30. Proyectos Prioritarios.

El Plan de Desarrollo local contempla los siguientes proyectos prioritarios:

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TÍTULO I

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

ARTÍCULO 31. Estrategia Financiera. Hacer de la Candelaria una localidad moderna y humana con un desarrollo equilibrado y sostenible entre lo social y lo económico requiere de una estructura óptima en el nivel de inversiones y de una ejecución adecuada para que con los recursos disponibles y un manejo responsable de las finanzas se puedan atender las prioridades de la población, específicamente aquellas que están relacionadas con los crecientes problemas sociales como la pobreza y la exclusión.

La estrategia financiera comprende el fortalecimiento de programas como, un mayor control en la ejecución del gasto, la priorización y reorientación de las inversiones.

El Plan de Desarrollo local PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD 17 DE LA CANDELARIA PERIODO 2005-2008 BOGOTÁ SIN INDIFERENCIA UN COMPROMISO SOCIAL CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN asciende a $ 7.080.122.860 para el período 2005 . 2008 (en pesos constantes de 2004), los cuales se financian con $6.992.122.860 que corresponden a transferencias de la Administración Central- Secretaría de Hacienda y $94.000.000, por conceptos de ingresos corrientes, es decir, multas, arrendamientos e ingresos no tributarios.

ARTÍCULO 32. Gestión de recursos nacionales. Se gestionarán recursos a través de convenios interadministrativos

ARTÍCULO 33. Racionalización del gasto y equidad en la inversión

1.Cultura de racionalización del gasto

Con el fin de mejorar, especializar y hacer más eficiente la ejecución del gasto público y en desarrollo de la función y el objetivo misional de localidad, se continuará el control a la ejecución del presupuesto, teniendo como principio básico la "responsabilidad en la asignación de gastos para mantener y sostener la localidad moderna y humana", de tal forma que se permita no sólo entregar bienes, servicios y beneficios a la comunidad, sino además, garantizar que la asignación se efectúe de manera eficaz, manteniendo la sostenibilidad de las finanzas de la ciudad.

Para ello, se implementará la Cultura de racionalización del gasto mediante la cual se fortalecerá la conciencia colectiva del uso eficiente de los recursos, la cual implica el sentido de responsabilidad y pertenencia hacia la entidad y lo que ésta representa en los destinos de la ciudad, se fomenta el principio de las cosas bien hechas y se promueve el mejoramiento continuo. Lograr el compromiso individual y colectivo incluyendo el talento humano como factor clave en el proceso de racionalizar los gastos y priorizar las inversiones y lograr que la eficiencia y la eficacia se conviertan en prioridades institucionales. Esta cultura de racionalización del gasto generará ahorros en el gasto público local, permitiendo financiar mayor número de programas y proyectos de inversión social.

b. Equidad en la inversión

Para lograr mayores recursos para cubrir las necesidades de la población en condiciones de pobreza y exclusión, se fortalecerá el manejo responsable en el gasto de inversión que garantice una mayor sostenibilidad de las inversiones. Con relación a los gastos recurrentes, se realizarán inversiones que tengan en cuenta su operación y mantenimiento.

ARTÍCULO 34. Cofinanciación y participación local. La inversión de las localidades se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el gobierno distrital y los gobiernos locales en los cuales se potencializarán los recursos de los Fondos de Desarrollo Local como contrapartidas en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la planeación local y distrital.

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado en la realización de proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica, y que contribuyen al desarrollo y la generación de empleo.

Se utilizarán la complementariedad, la subsidiariedad y la concurrencia de las localidades y las entidades sectoriales de la administración distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a poblaciones en condiciones especiales o de vulnerabilidad.

Para ejecutar proyectos de impacto en áreas de influencia común a dos o más localidades o de localidades con necesidades afines, se promoverá la celebración de convenios que permitan obtener ahorros a escala.

Se ajustará el modelo de asignación de recursos a las localidades a partir de criterios de eficiencia y equidad.

ARTÍCULO 35. Cooperación internacional y otras fuentes de ingreso. Otras fuentes posibles de ingreso son la cofinanciación y la cooperación técnica internacional, las cuales se lograrán mediante la coordinación y el fortalecimiento de los esfuerzos entre el gobierno Distrital y la localidad, la gestión de convenios de cooperación y la participación del sector privado.

Se vinculará más activamente a la ciudadanía, los particulares, los organismos internacionales, el sector privado y en general a todas aquellas personas naturales y jurídicas para realizar donaciones mediante el esquema de aportes voluntarios, las cuales permitirán financiar proyectos específicos y que son prioritarios para el beneficio de los ciudadanos y las ciudadanas. En este sentido, se realizarán convenios con entidades financieras para recibir los aportes que financiarán proyectos prioritarios en sectores sociales y de infraestructura.

ARTÍCULO 36. Ejecución. Los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Inversiones dependerán de la implementación de las estrategias de financiamiento. En el evento de que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados, la localidad ajustará el Plan de los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales.

ARTICULO 37. Evaluación. El alcalde local efectuará la evaluación de gestión y de resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local.

ARTÍCULO 38. Inversión por componentes del Plan. La inversión del Plan de Desarrollo se estructura en cuatro componentes: Eje Social, Eje Urbano Regional, Eje de Reconciliación y Objetivo Gestión Pública Humana.

La inversión por componentes se distribuye así: cuadro número 1.

ARTÍCULO 39. Hacen parte integral del presente Acuerdo los anexos 1, 2 y 3, así:

Anexo 1. Ingresos anuales periodo 2005-2008.

Anexo 2. Plan plurianual de Inversiones.

ARTÍCULO 40. Divulgación. La Administración local organizará campañas pedagógicas de difusión masiva del presente acuerdo.

ARTÍCULO 41. Vigencia. El presente Acuerdo, el cual rige a partir del 1 de enero de 2005, previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C, el día Treinta (30) del mes de agosto de dos mil cuatro (2004)

LEONARDO F. SOTO BRACAMONTE

Presidente J.A.L. de La Candelaria

MARTHA C. GÓMEZ HERNÁNDEZ

Secretaria J.A.L. La Candelaria

Al ( ) día del mes de de dos mil cuatro (2004), la suscrita Alcaldesa Local de La Candelaria, sanciona el presente ACUERDO LOCAL.

CLAUDIA CONSTANZA CAMACHO JACOME

Alcaldesa Local de La Candelaria

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3170 de septiembre 3 de 2004.