RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo Local 4 de 2004 Junta Administradora Local de Usme

Fecha de Expedición:
18/08/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3161 de agosto 23 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ALCALDÍA LOCAL DE USME

ACUERDO 004 DE 2004

(Agosto 18)

Por el cual se adopta el plan de desarrollo economico social y de obras públicas para la localidad de Usme 2005-2008 Usme, Sin Indiferencia Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política en el artículo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 numeral 1 y artículo 22 del Acuerdo Distrital 13 de 2000,

ACUERDA:

I PARTE

PARTE GENERAL

TITULO I

OBJETIVO GENERAL Y PRINCIPIOS DEL PLAN

ARTICULO 1. OBJETIVO GENERAL DEL PLAN

Contribuir participativa, solidaria y concertadamente al mejoramiento de los indicadores de cobertura y calidad en nutrición, salud, educación, medio ambiente, productividad, competitividad, equidad y fraternidad de los Usmeños, mediante gestión pública eficiente.

ARTICULO 2. PRINCIPIOS

El plan se regirá por los siguientes principios fundamentales:

1. Solidaridad

Tener sentido de las otras y de los otros. Se expresa en el compromiso del Estado y de la sociedad para superar la adversidad, privilegiando a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad. Es un valor esencial para la convivencia.

2. Autonomía

Reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Diversidad

Reconocer y reasignar valor a las diferencias étnicas, de géneros, en aspectos sociales, económicos, religiosos y culturales.

4. Equidad

Promover la igualdad de oportunidades mediante políticas progresivas de redistribución, con prioridad en los grupos poblaciones que están en mayores condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

5. Participación

Involucrar la participación de ciudadanos y ciudadanas en la toma de decisiones públicas, y promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la construcción de capital social. Se efectuara el seguimiento y control ciudadano.

6. Probidad

Actuar con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos públicos, fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano, para garantizar la mayor cercanía de quienes habitan la Localidad a las acciones y resultados de la gestión del Estado.

ARTICULO 3. VISION

Hacía el futuro los Usmeños tendrán oportunidades de acceder a seguridad alimentaria y nutricional, salud y educación de calidad; será una comunidad fortalecida desde su diversidad, equitativa, con un alto sentido de fraternidad, respeto, solidaridad y responsabilidad hacía las personas y las instituciones, con vocación empresarial consciente de las posibilidades que se derivan de ser un territorio estratégico para el país.

ARTICULO 4. MISION

El PDL es la guía para identificar prioridades y líneas de inversión pública, privada y del tercer sector encaminadas al desarrollo integral de los habitantes de Usme

TITULO II

ESTRUCTURA DEL PLAN DE DESARROLLO

ARTICULO 5. EJES ESTRUCTURALES

El Plan de Desarrollo Local USME SIN INDIFERENCIA "Un Compromiso Social contra la pobreza y la exclusión" es coherente y consistente con los ejes del Plan de Desarrollo Distrital, alrededor de los cuales se prioriza la inversión, estos ejes son:

- Eje Social

- Eje Urbano Regional

- Eje de Reconciliación

- Objetivo de Gestión Pública Humana

ARTICULO 6. ESTRATEGIAS DE EJECUCIÒN LOS EJES SOCIAL, URBANO REGIONAL, DE RECONCILIACION Y DEL OBJETIVO GESTION PÚBLICA HUMANA

* Optimizar la infraestructura física y dotación social existente en la localidad, fortaleciendo las organizaciones sociales, propendiendo por mecanismos de trabajo en red y cooperación institucional.

* Para maximizar los recursos y las oportunidades se trabajará en alianzas estratégicas con el sector privado, tercer sector, localidades y entidades territoriales.

* Los programas y proyectos que se ejecuten en la localidad serán sostenibles, financiera, económica, social y ambientalmente.

* Los programas y proyectos no se ejecutarán aisladamente sino que harán parte de un sistema de acciones coordinadas con las instituciones públicas, lo cual permitirá cumplir el objetivo del plan.

* Potenciar y aprovechar las oportunidades que se derivan de la ubicación estratégica de Usme en la ciudad-región.

CAPITULO 1

EJE SOCIAL

ARTICULO 7. OBJETIVO DEL EJE SOCIAL

Crear condiciones sostenibles para el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales, con el propósito de mejorar la calidad de vida, reducir la pobreza y la inequidad, potenciar el desarrollo autónomo, solidario y corresponsable de todos y todas, con prioridad para las personas, grupos y comunidades en situación de pobreza y vulnerabilidad, propiciando su inclusión social mediante la igualdad de oportunidades y el desarrollo de sus capacidades, la generación de empleo e ingresos y la producción y apropiación colectiva de la riqueza.

ARTICULO 8. PROGRAMAS DEL EJE SOCIAL

1. Bogotá sin Hambre.

El programa "Bogotá sin hambre" se inserta en la lógica de agrupar, promover y liderar las acciones que le dan coherencia y articulación a la política y a la estrategia de seguridad alimentaria y nutricional de la población vulnerable. Se emprenderán acciones para que la población pobre y vulnerable acceda a los alimentos con equidad entre géneros, generaciones y etnias. Particular atención tendrán los niños, las niñas; los adultos y adultas mayores; y la población con discapacidad. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Apoyar y dotar programas de atención y/o asistencia alimentaria, comedores y refrigerios; en restaurantes, comunitarios y escolares, con participación comunitaria.

* Impulsar los programas de agricultura urbana, para mejorar la seguridad alimentaria de la población de Usme.

2. Más y mejor educación para todos y todas

Ofrecer y orientar la educación bajo los criterios de disponibilidad, acceso, permanencia y pertinencia. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Crear condiciones para una mayor integración al sistema educativo de personas con discapacidades cognoscitivas.

* Fortalecimiento a las oportunidades de acceso para educación técnica y superior.

* Desarrollo de programas de alfabetización y educación para adultos y jóvenes en extra edad.

* Dotación de aulas especializadas en Instituciones Educativas Distritales y/o en espacios comunitarios.

* Fortalecimiento a programas de conectividad y/o nuevas tecnologías de información.

* Mejoramiento, ampliación y adecuación de Instituciones Educativas Distritales.

3. Salud para la vida digna.

Promover la garantía y el derecho a la salud para todos y todas. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Apoyar la dotación del Hospital de II nivel.

* Apoyar programas de promoción y prevención en salud con enfoque familiar y comunitario.

* Ayudas técnicas para discapacitados.

* Terminación y construcción de acueductos y saneamiento básico veredal y urbano.

4. Restablecimiento de derechos e inclusión social

Brindar especial atención a las poblaciones cuyos derechos han sido vulnerados. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Apoyar proyectos de atención y prevención de la violencia intrafamiliar y de delitos sexuales.

* Apoyo a proyectos dirigidos al adulto mayor.

* Dotación unidades operativas, casa vecinales, jardines infantiles y hogares infantiles.

* Fortalecer programas y proyectos de inclusión social y de desarrollo de capacidades laborales a población discapacitada.

* Atención a madres gestantes y lactantes en programas de inclusión social.

5. Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

Promover las estrategias, relacionadas con la familia, tendientes a prevenir el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil, atender y proteger a los niños y niñas víctimas de tales flagelos. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Apoyar campañas de promoción, prevención y erradicación de la explotación económica y laboral infantil.

* Difundir, promocionar y capacitar acerca de los derechos de los niños y de las niñas.

6. Bogotá con igualdad de oportunidades para las mujeres

Crear condiciones para asumir la equidad de género como un valor mediante políticas públicas para las mujeres y la incorporación de una perspectiva de género en los planes y procesos de desarrollo. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Fomento a la participación social y política de las mujeres.

7. Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

Brindar oportunidades efectivas de formación integral y de generación de empleo e ingresos mediante la inversión pública y de compromisos con el sector privado que posibiliten el desarrollo pleno de talentos y capacidades de las personas, así como la generación de condiciones para la inclusión económica, productiva de las comunidades con mayor condición de vulnerabilidad, y para la formalización del trabajo y las actividades económicas. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Apoyar procesos productivos: capacitación, asociatividad, microempresas, empresas asociativas, solidarias, casa taller y escuelas comunitarias de formación empresarial.

8. Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje.

Hará de la Localidad de Usme y sus espacios lugares de formación y construcción de nuevos conocimientos que amplíen los aprendizajes de niños, niñas, jóvenes y personas adultas. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Apoyar proyectos para el buen uso del tiempo libre y/o tiempo extraescolar

9. Cultura para la inclusión social.

Apoyar acciones dirigidas a promover el desarrollo cultural y artístico de la población. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Promover y fortalecer las escuelas de formación artística y cultural.

* Promover los diferentes procesos y eventos culturales locales y Distritales.

* Establecer la política cultural para la localidad

10. Recreación y deporte para todos y todas

Promover la democratización de la recreación y el deporte, a través del fortalecimiento de la participación, el uso y disfrute del espacio publico, el deporte asociado y el buen uso del tiempo libre. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Impulsar las escuelas de formación deportiva.

* Realizar eventos recreativos y deportivos

* Impulsar sistema local de deporte y recreación.

ARTICULO 9. METAS DEL EJE SOCIAL.

CAPITULO 2

EJE URBANO REGIONAL

ARTICULO 10. OBJETIVO DEL EJE URBANO REGIONAL

Desarrollar un entorno ambiental y socialmente sostenible, equilibrado en la distribución de la infraestructura, los equipamientos y las actividades, competitivo en la producción e integrado en su territorio que contribuya al crecimiento económico la equidad y la inclusión social.

ARTICULO 11. PROGRAMAS DEL EJE URBANO REGIONAL

1. Hábitat desde los barrios las UPZ y la UPR

Favorecer el desarrollo humano, en el entorno más inmediato de las personas, que le permita a la comunidad la construcción, el uso y el disfrute sostenible de su territorio. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

Vías

* Mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de la malla vial local.

* Terminación de vías inconclusas.

* Cofinanciar la construcción y rehabilitación de los corredores de movilidad local.

Espacio público

* Cofinanciar la construcción de la plataforma logística del Plan Maestro de Abastecimiento y/o centro de acopio o CIPA.

* Apoyar la reubicación de vendedores ambulantes.

Cultura, recreación y deporte

* Adquirir lotes de terreno para el mejoramiento de infraestructura de espacios recreativos y deportivos.

* Terminar la infraestructura de espacios comunitarios, culturales y organizaciones comunitarias.

Ambiente

* Apoyar la reubicación de familias en alto riesgo no mitigable.

* Fortalecimiento del Pacto de Bordes del Parque Entre Nubes, Cerros Orientales y Zona de Expansión.

Vivienda

* Apoyar el mejoramiento de vivienda urbana y rural.

2. Red de Centralidades Distritales

Buscará facilitar el acceso de las personas a los servicios y equipamientos de la ciudad, reducir sus necesidades de desplazamiento y evitar la segregación territorial, social y económica. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Apoyar el reasentamiento productivo de pequeños propietarios en la zona de expansión urbana.

* Cofinanciar la construcción de la plataforma logística del Plan Maestro de Abastecimiento y/o centro de acopio o CIPA

3. Sostenibilidad urbano-rural

Buscar consolidar el patrimonio natural y garantizar la calidad ambiental que permita alcanzar un mayor bienestar de las actuales y las futuras generaciones. Reconocer la relevancia del ámbito rural y desarrollar su complementariedad con el urbano, en términos de sostenibilidad ambiental y social, productividad, gobernabilidad e integración distrital y regional. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Asistencia técnica y agropecuaria local.

* Recuperar las cuencas hidrográficas, zonas de cauces y zonas de manejo y preservación ambiental.

4. Región integrada para el desarrollo

Enfocar y desconcentrar el desarrollo a fin de asegurar la viabilidad futura de la ciudad y la región. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Optimizar los procesos de abastecimiento y producción agrícola.

5. Bogotá productiva.

Generar competencias adecuadas que respondan a un mundo globalizado y propiciar un entorno productivo en condiciones de igualdad de oportunidades, se promoverá la formación del talento humano y la innovación. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Fortalecer procesos productivos para la generación de ingresos en los habitantes de la localidad.

ARTICULO 12. METAS DEL EJE URBANO REGIONAL.

CAPITULO 3

EJE DE RECONCILIACIÓN

ARTICULO 13. OBJETIVO DEL EJE DE RECONCILIACION

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de la solidaridad, la inclusión, la participación, el control social, la responsabilidad y corresponsabilidad, el respeto a la vida y la resistencia civil contra las violencias, de tal manera que la acción ciudadana y la gestión pública sean impulso y escuela para la reconciliación de los colombianos y las colombianas.

ARTICULO 14. PROGRAMAS DEL EJE DE RECONCILIACION

2. Derechos humanos para todos y todas

Implementar acciones integrales que garanticen el respeto, la protección y la vigencia de los derechos humanos en la perspectiva de la exigibilidad de los mismos, dando especial tratamiento a la defensa de los derechos de los niños y de las niñas, los grupos étnicos y las poblaciones que se encuentran en condición de vulnerabilidad frente a las violencias. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Incrementar la presencia institucional en la zona rural y urbana, fortaleciendo vínculos que contrarresten las problemáticas de maltrato infantil y violencia intrafamiliar.

* Apoyar y/o adelantar procesos de capacitación, a los habitantes de Usme para la promoción, divulgación y cumplimiento de la carta de derechos de primera, segunda y tercera generación.

3. Atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, o vulnerabilidad frente a la violencia, con perspectiva de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario

Promover la atención integral, complementaria que brindan las instituciones del orden nacional, con un enfoque de derechos humanos y de garantía del cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario.

* Apoyar la apertura de una oficina para la atención de la población desplazada y vulnerable frente a la violencia.

4. Sistemas de Justicia de la Ciudad

Fortalecer, coordinar y capacitar las entidades e instancias locales que prestan servicios de justicia en Usme y a los operadores de los mecanismos alternativos de solución de conflictos. Se realizarán acciones para hacer efectivo el cumplimiento del Código de Policía.

* Fortalecer las instancias y organizaciones de apoyo a la resolución pacífica de conflictos y la protección de derechos. (jueces de paz, de reconsideración, conciliadores con equidad, mediadores comunitarios y promotores de convivencia y consejeros tutelares).

6. Atención Integral de violencia, delincuencia y orden público

Adelantar de manera simultánea acciones de prevención, atención y control, a través de procesos de coordinación interinstitucional del fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado.

* Apoyar y fortalecer los frentes de seguridad ciudadana

8. Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos

Desarrollar la organización, los procesos, los instrumentos y una cultura de la prevención para fortalecer las capacidades de la ciudad y de las localidades, en la atención de emergencias de origen natural o antrópico. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Promover campañas de promoción y prevención para la atención de emergencias y riesgos locales.

* Dotar de equipos al comité local de emergencias.

9. Participación para la decisión

Realizar acciones de fortalecimiento a la organización y al suministro de información para que ciudadanos y ciudadanas participen en la toma de decisiones públicas que les afectan en el ámbito del desarrollo local, Distrital y regional, apoyando los organismos de control en sus programas de participación. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Fortalecer los espacios locales de participación.

10. Comunicación para la participación

Promover y divulgar acciones comunicativas que propicien dinámicas de participación ciudadana e incluyan la diversidad étnica, de género, cultural y generacional.

Propiciar el fortalecimiento de medios alternativos y comunitarios de comunicación local (prensa, radio y televisión). En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Fortalecer e impulsar los medios alternativos de comunicación local.

11. Control Social a la Gestión Pública

Asesorar, brindar, informar y diseñar las herramientas necesarias para que la ciudadanía ejerza un control social efectivo a las políticas, planes, programas y proyectos distritales y locales.

* Asesoramiento para que la ciudadanía ejerza un control efectivo a la gestión

12. Obras con participación ciudadana

Fortalecer la organización social a través del desarrollo de obras de interés comunitario y de inversión local ejecutadas por la vía de la participación, la cofinanciación, la complementariedad y el diseño de soluciones compartidas que involucren a las organizaciones comunitarias y a las entidades Distritales. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Cofinanciar obras con participación ciudadana en coordinación con las entidades Distritales correspondientes.

ARTICULO 15. METAS DEL EJE DE RECONCILIACION.

TITULO III

OBJETIVO DE GESTION PUBLICA HUMANA

CAPITULO 1°

GESTION PÚBLICA HUMANA

ARTICULO 16. OBJETIVO DE LA GESTION PUBLICA HUMANA

Fortalecer la gestión institucional haciéndola humana, sostenible y eficaz para garantizar la materialización y el respeto de los derechos constitucionales y legales de sus gentes, como condición fundamental para el logro de una Bogotá y Usme Sin Indiferencia. La administración Distrital se ha fijado un objetivo institucional y financiero que tendrá como prioridad fortalecer y desarrollar la organización Distrital, considerando que la institucionalidad existente debe adecuarse y prepararse para avanzar decididamente hacia la inclusión social y la satisfacción progresiva de los derechos, así como de la integración urbano-regional, la reconciliación, la convivencia ciudadana, la participación, la desconcentración, la descentralización y la seguridad de la ciudad.

ARTICULO 17. PROGRAMAS DE GESTION PUBLICA HUMANA

1. Administración Moderna y Humana

Garantizar la relación misional, adecuación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad para atender, en el marco del modelo propio de descentralización de funciones, los derechos humanos, las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano regional, la reconciliación y la participación. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Adquisición, reposición, operación y mantenimiento del parque automotor.

* Fortalecimiento a la capacidad operativa de la administración local

* Adecuación, remodelación y dotación áreas de las sedes locales.

2. Localidades Modernas y Eficaces

Adelantar el proceso de descentralización de funciones de manera progresiva y gradual, y las acciones de modernización técnica, jurídica, administrativa e informática de las localidades para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad estable de la ciudad. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Procesos de automatización que minimicen tiempo de respuesta a los ciudadanos y ciudadanas.

* Optimizar los recursos existentes en la localidad para implementar el sistema de información georeferenciada.

* Creación de la página Web de la localidad.

* Procesos de fortalecimiento de la descentralización.

* Pagos de seguros y honorarios a Ediles.

3. Bogotá Transparente y Efectiva

Desarrollar un conjunto de proyectos y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad institucional local para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo mediante el diseño y aplicación de un amplio proceso de autorregulación institucional y de evaluaciones integrales a sectores estratégicos de la ciudad para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Fomentar y fortalecer acciones participativas de la ciudadanía para la participación y el control social.

4. Comunicación para la Solidaridad.

Fomentar canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudadanía y el ejercicio del derecho fundamental a la libre expresión; fortalecer la cultura organizacional, el sentido de pertenencia y el compromiso de los servidores públicos. En este Programa se podrán realizar las siguientes inversiones:

* Financiación del periódico y/o boletín institucional

* Difusión acciones y gestión local a través de medios de comunicación

ARTICULO 18. METAS DEL OBJETIVO GESTION PUBLICA HUMANA.

CAPITULO 2º

PROCESOS DE COORDINACION

ARTICULO 19. COFINANCIACION Y PARTICIPACION LOCAL

La inversión en las localidades se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el gobierno Distrital y los gobiernos locales en los cuales se potencializarán los recursos del Fondo de Desarrollo Local, como contrapartidas en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la planeación local y Distrital.

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado y la realización de proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica, y que contribuyan al desarrollo y la generación de empleo.

Se utilizaran la complementariedad la subsidiariedad y la concurrencia de las localidades y las entidades sectoriales de la administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a poblaciones en condiciones especiales o de vulnerabilidad.

Para ejecutar proyectos de impacto en área de influencia común a dos o más localidades o localidades con necesidades afines se promoverá la celebración de convenios que permitan obtener ahorros a escala.

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TITULO I

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

ARTICULO 20. FINANCIACION DEL PLAN.

El Plan Usme Sin Indiferencia 2005-2008, se financiará con recursos propios por valor de cincuenta y siete millones quinientos veintidós mil seiscientos treinta y dos pesos ($57.522.632) y con recursos de participación de ingresos corrientes del distrito por valor de cuarenta y cinco mil cuarenta millones ciento sesenta y ocho mil cuarenta y cuatro pesos ($45.040.168.044), para un total de cuarenta y cinco mil noventa y siete millones seiscientos noventa mil seiscientos setenta y seis pesos ($45.097.690.676).

ARTICULO 21. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR EJES DEL PLAN. El presupuesto plurianual por ejes del Plan de Desarrollo Local es el siguiente:

ARTICULO 22. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROGRAMAS.

La inversión en los programas de cada uno de los ejes es el siguiente:

Presupuesto Plurianual Eje Social

Presupuesto Plurianual Eje de Reconciliación

ARTICULO 23. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROYECTOS DE GRAN IMPACTO.

La inversión en los Proyectos de Gran Impacto del Plan de Desarrollo Local es la siguiente:

ARTICULO 24. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROPUESTAS ESTRATEGICAS LOCALES Y ZONALES

La inversión en las Propuestas Estratégicas Locales y Zonales por Ejes es la siguiente:

ARTICULO 25. CUMPLIMIENTO LEY 617. Para dar cumplimiento al artículo 88 de la Ley 617 de 2000, el 80% de las apropiaciones son superiores a 2.000 SMMLV y el 20% restante son superiores a 200 SMMLV de acuerdo al siguiente cuadro:

ARTICULO 26. EJECUCION

Los recursos disponibles para la ejecución del plan de inversiones dependerán de las estrategias de financiamiento. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen a los niveles señalados, la localidad ajustará el plan a los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales.

ARTICULO 27. EVALUACION

El Alcalde Local efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del plan de desarrollo local.

ARTICULO 28. VIGENCIA.

El presente Acuerdo Local rige a partir del 1 de enero de 2005 previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de agosto del año dos mil cuatro (2004).

FERNANDO VASQUEZ BUSTOS

Presidente

Junta Administradora Local de Usme

LUZ STELLA CANO SUÁREZ

Secretaria

Junta Administradora Local de Usme

Sanción, 18 de agosto de 2004.

JORGE ALBERTO LONDOÑO LUGO

Alcalde Local de Usme

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3161 de agosto 23 de 2004.